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Legislación: ayuda y contenido

1.- Contenido

La base de datos "Legislación" ofrece disposiciones de carácter general de ámbito estatal (desde 1960, así como una selección de normativa anterior), de ámbito europeo (desde 1952) y normativa autonómica con rango de ley.

Asimismo, para la normativa estatal y autonómica más relevante, se encuentra disponible el texto consolidado (actualizado). La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Los textos consolidados tienen carácter meramente informativo. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial. Más información sobre qué es un texto consolidado.

En nuestra base de datos de "Legislación" puede encontrar:

  • La normativa estatal, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" desde el año 1960. Incluye además normas anteriores al año 1960 de especial relevancia bien porque todavía se encuentran vigentes, bien porque lo hayan estado hasta fechas recientes. Para otra normativa anterior a 1960 puede consultar la colección histórica Gazeta.
  • Las normas con rango de ley de las Comunidades Autónomas, desde 1980.
  • Las Sentencias del Tribunal Constitucional dictadas desde su constitución, en 1981, en los procedimientos de inconstitucionalidad y conflictos de competencia que afecten a normativa estatal.
  • La normativa europea desde 1952: Reglamentos, directivas y decisiones, así como recomendaciones y otras normas que afectan a España, publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). También se incorporan las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal General que afectan a la normativa comunitaria.

En concreto, del contenido del "Boletín Oficial del Estado", se incorporan a la base de datos de "Legislación", disposiciones publicadas en las siguientes secciones:

  • Sección I (Disposiciones generales): Además de la Constitución y sus reformas, leyes orgánicas, leyes, reales decretos legislativos y reales decretos-leyes; Tratados y convenios Internacionales; normas con rango de ley de las Comunidades Autónomas (leyes, decretos legislativos y decretos leyes); Reglamentos y demás disposiciones estatales de carácter general (reales decretos, órdenes, resoluciones...); Autos y providencias del Tribunal Constitucional en procedimientos relativos a disposiciones de carácter general Decisiones del Tribunal Supremo que anulan o afectan a disposiciones estatales de carácter general.
  • Sección III (Otras disposiciones). Se realiza una selección de disposiciones de carácter general: entre otras, convenios colectivos de ámbito estatal; planes de estudio; delegaciones de competencias; bases reguladoras de ayudas y subvenciones; normas UNE; regulación general sobre seguros agrarios combinados.
  • Sentencias y declaraciones del Tribunal Constitucional resolviendo procedimientos de declaración de inconstitucionalidad y conflictos constitucionales. Se publican en la sección específica del Tribunal Constitucional

Si no encuentra la información que busca puede que se deba a que no se trata de una norma. En este caso, puede consultar nuestras otras bases de datos.

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2.- Cómo hacer una consulta

Puede acceder a los contenidos de la base de datos de "Legislación" a través de los siguientes formularios:

  1. Búsqueda sencilla
  2. Búsqueda avanzada

Para que los resultados sean más precisos, en ambos formularios puede delimitar su consulta marcando las siguientes opciones:

  • Ámbito: Estatal, Autonómico, Europeo.
  • Sólo vigente: excluye las normas que han sido explícitamente derogadas o anuladas y aquellas cuya vigencia se considera que ha quedado agotada.
  • Sólo consolidada: selecciona únicamente las normas que además del texto original publicado en el BOE, cuentan con versión consolidada (actualizada).

2.1. Formulario de búsqueda sencilla

Para efectuar la búsqueda introduzca la palabra o grupo de palabras que desee consultar en el campo de búsqueda.

Por defecto la búsqueda se realiza sobre el título de los documentos, si desea buscar en todo el texto debe desmarcar esta opción.

2.2. Búsqueda avanzada

Esta opción dispone de campos específicos que facilitan la búsqueda. Estos campos se pueden combinar entre sí con los operadores (.Y, .O, .NO) que aparecen en el lateral de cada uno de ellos.

Para realizar una búsqueda no es necesario cumplimentar todos los campos, basta con utilizar sólo aquellos cuya información conoce con precisión. Le aconsejamos utilizar los campos de Título o Número Oficial, ya que suelen devolver información muy pertinente.

Campos de búsqueda
  • Título: Denominación de la disposición, que precede a su texto.

  • Rango *: Categoría normativa de la disposición: ley, orden, sentencia, directiva, etc. Debe utilizar el índice de rangos que se le ofrece en el desplegable, que incluye todas las categorías posibles.

  • Departamento: Organismo que emite la disposición. Debe utilizar el índice de departamentos que se ofrece en el desplegable.

  • Materias: Contenido temático de la norma, por ejemplo "vehículos de motor", "telecomunicaciones", "productos lácteos", etc. El listado de posibles materias está disponible en un desplegable. No obstante, puede empezar a escribir en este campo y su navegador le ofrecerá las materias disponibles de entre las existentes en el desplegable.

  • Texto: Texto completo de la norma (para disposiciones publicadas a partir de 1977). En caso de que la norma cuente con texto consolidado, la búsqueda se realizará además sobre todas las versiones cronológicas que presente.

  • Número de boletín: Corresponde al número del diario en el que se publicó la norma. Es un número correlativo que comienza cada año, por lo que es necesario identificar cada número con su año, la estructura es n/aaaa. Ejemplo: 9/2024.

  • Núm. oficial: Es el número de la disposición, habitualmente tiene estructura de número/año, por ejemplo, 169/2008. No obstante, en ocasiones, por delante se incorpora un código alfabético indicativo del departamento emisor, por ejemplo DEF/228/2024. Tenga en cuenta que no todas las disposiciones se numeran, sino únicamente las de mayor rango.

  • Campo opcional: Se trata de un desplegable que contiene algunos de los campos anteriores y además la referencia, que es un número de control que la base de datos asigna a cada documento. Tiene estructura de año/número. Ejemplo: 1999/23750. Esta referencia NO se debe confundir con el número oficial.

    El objetivo de este campo opcional es facilitar la combinación de los campos de búsqueda. Asimismo, permite la consulta por texto libre, lo que posibilita buscar por palabras clave en el caso de los campos precedentes que presentan un desplegable: por ejemplo, seleccionando "Departamento" puede usar las palabras "exteriores" o "hacienda" y recuperar las normas dictadas por todos los Ministerios competentes, con independencia de sus denominaciones concretas a lo largo de los años. Igualmente puede seleccionar "rango" y buscar por "ley" lo que le permitirá encontrar tanto las leyes ordinarias estatales y autonómicas, como las leyes orgánicas.

  • Fecha de publicación: Es la fecha del BOE, DOUE o en su caso, diario autonómico, en la que se ha publicado la norma. Se ofrece la posibilidad de buscar en un intervalo de fecha, pero si conoce la fecha concreta, basta con recogerla en la primera casilla para que se efectúe la búsqueda.

  • Fecha de disposición: Es la fecha en la que se dicta la norma. Se ofrece la posibilidad de buscar en un intervalo de fecha, pero si conoce la fecha concreta, basta con recogerla en la primera casilla para que se efectúe la búsqueda.

(*) Aclaraciones sobre la búsqueda por Rango

Tenga en cuenta las siguientes indicaciones cuando seleccione alguno de estos rangos:

  • Constitución: Recupera ésta y sus reformas.
  • Ley: Recupera también las leyes forales.
  • Decreto-ley: Recupera además Real Decreto-ley y Decreto-ley Foral.
  • Decreto Legislativo: Recupera también Real Decreto Legislativo y Decreto Foral Legislativo.
  • Decreto: Recupera además Real Decreto y Decreto Foral.
  • Orden: Recupera también las Órdenes Forales.
  • El rango Otros incluye los siguientes tipos de normas comunitarias: Acción Común, Estrategia Común y Posición Común.

2.3. Criterios generales de búsqueda

  • El uso de mayúsculas o minúsculas, letras acentuadas con tilde o sin ella es indiferente.
  • Si precisa buscar frases exactas, escriba las palabras entrecomilladas.
    "Consejo Superior de Investigaciones Científicas"

    el resultado ofrecerá documentos que contengan las palabras Consejo Superior de Investigaciones Científicas escritas exactamente en ese orden.

  • El símbolo de truncamiento o comodín al final de una palabra es el asterisco *. Toma la raíz de la palabra y localiza todo lo que aparece con ella y sus derivados.
    educa*

    el resultado ofrecerá documentos que contengan la raíz seleccionada: "educación", "educadores", "educativos", etc.

  • Operadores para combinar palabras: Si lo desea, puede combinar las palabras con .Y (por defecto: no es preciso escribirlo), .O y .NO. Observe que debe escribir un punto antes de cada operador.
    • educacion movilidad alumnos

      el resultado ofrecerá documentos que contengan todas esas palabras: "educación", "movilidad" y "alumnos" pero no necesariamente en ese orden.

    • educacion .O financiacion

      el resultado devolverá un listado con documentos que contienen alguna de esas dos palabras.

    • educacion .NO planes

      el resultado ofrecerá documentos que contienen la palabra "educación" pero no contienen "planes".

    Estos mismos operadores se pueden utilizar para combinar los campos de búsqueda: por defecto el formulario ofrece el operador .Y, pero puede modificarlo mediante el desplegable que se ofrece al final de la línea de cada campo.

    En el caso del campo opcional, la combinación con los campos precedentes también se realiza por defecto con el operador .Y. No obstante, si utiliza el operador .O podrá, por ejemplo, buscar disposiciones correspondientes a dos departamentos o a dos rangos distintos.

2.4. Ordenación de los resultados

Finalmente, se puede personalizar la visualización de la lista de resultados, desde los formularios de consulta así como desde la propia pantalla de resultados:

  • Documentos por página. Por defecto aparecerán 50 resultados por página, pero es posible incrementar ese número.
  • Ordenación de los documentos. Por defecto aparecen ordenados según su relevancia (primero los más importantes), pero también pueden ordenarse atendiendo a un criterio cronológico (por fecha de publicación) o por Departamento emisor.

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3.- Resultado de la búsqueda

Tras efectuar la búsqueda, se recupera un listado de resultados en el que aparecen reseñados los documentos localizados con los siguientes datos: Departamento, datos de publicación (número de diario y fecha de publicación) y título.

Asimismo figura un enlace que le llevará al documento original y a su análisis jurídico.

Si la norma tiene asociado el texto consolidado, aparecerá otro enlace que le mostrará el texto actualizado así como las versiones anteriores que haya tenido la norma.

En caso de que la norma haya sido anulada o derogada expresamente, o se considere que ha perdido su vigencia, también se indica en la lista de resultados.

resultado derogado

Si después de haber obtenido los resultados, precisa modificar o delimitar más la consulta, pulse el botón "Búsqueda" ubicado en la parte superior izquierda de la pantalla y añada o modifique en el formulario los parámetros que desee.

Cada documento contiene:

  • Una cabecera con:
    • Los datos de identificación y publicación.
    • El Permalink ELI: Se trata de un enlace permanente a la norma que pretende facilitar su búsqueda y localización en internet. Este enlace se construye de acuerdo con el estándar europeo ELI (Identificador Europeo de Legislación) Más información.
    • El enlace al texto consolidadoen el caso de las normas más relevantes, desde el que se accede a la última versión actualizada de la norma, así como a las versiones intermedias que ha tenido desde que se publicó.
  • Enlaces a:
    • El PDF del documento. En el caso de las normas anteriores a 2009, si la publicación se efectuó en varios boletines se incluye un PDF de "Disposición completa".
    • El PDF de los suplementos de aquellas normas anteriores a 2009 que se publicaron en más de un fascículo.
    • El formato ePUB de la norma si se ha publicado con posterioridad a 2010.
    • El Fichero XML de la disposición.
    • En su caso, los PDF correspondientes al suplemento del BOE en lenguas cooficiales, de acuerdo con lo previsto en los convenios de colaboración suscritos con las CCAA.
  • El texto original en formato HTML. Este formato está disponible para todas las disposiciones publicadas a partir de 1975, así como para muchos registros anteriores.
    cabecera html
  • El análisis jurídico de cada norma, en el que se recogen, además de los datos de su vigencia, las relaciones que presenta con otras normas tanto nacionales como europeas (modificaciones, desarrollos, derogaciones...) diferenciadas según se trate de referencias anteriores o posteriores. El campo referencias posteriores permite ordenar su contenido según dos criterios distintos a elegir: por contenido o por fecha. Todas las normas recogidas en el análisis cuentan con el correspondiente enlace. También se indican las materias más relevantes sobre las que trata cada disposición.
    analisis

Tenga en cuenta que los contenidos de esta base de datos tienen carácter meramente informativo y carecen de valor jurídico. Para fines jurídicos debe consultarse la publicación oficial.

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4.- Ejemplos de búsquedas

  • Busco legislación vigente sobre productos fitosanitarios pero que sean únicamente Reales decretos:
    Escribir en el campo título las palabras: productos fitosanitarios; seleccionar en el campo rango: Real Decreto
  • Quiero la Ley del Estado 2/2023, de 20 de febrero:
    Seleccionar en el campo rango: Ley; escribir en el campo Número oficial: 2/2023

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5.- Búsquedas frecuentes: servicio "Mi BOE"

En caso de que desee guardar una búsqueda, para tenerla siempre disponible, puede hacerlo desde el listado de resultados, que muestra en la parte superior derecha, una pestaña con la opción de "Guardar búsqueda".

Se pulsa el botón correspondiente y se le añade un nombre identificativo que permita guardarla en su perfil. La búsqueda quedará guardada y podrá ejecutarla fácilmente cada vez que acceda a nuestro sistema desde el panel de control de "Mi BOE".

Además, podrá recibir una alerta por correo electrónico cuando existan novedades relacionadas con los criterios de búsqueda establecidos por usted. Si no desease recibir la alerta por correo electrónico deberá desmarcar esta posibilidad que se le ofrece antes de guardar la búsqueda.

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6.- Textos consolidados

6.1. Qué es un texto consolidado

La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso a Derecho vigente.

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado ofrece el último texto consolidado y actualizado de las principales normas del ordenamiento jurídico, así como las versiones intermedias que corresponden a cada una de las modificaciones que ha sufrido a lo largo del tiempo.

Cada vez que una norma consolidada es objeto de una modificación posterior, aparecerá un aviso debajo del listado de versiones, indicando que la última actualización está en proceso. El tiempo que media entre la publicación en el BOE de la modificación y la elaboración de una nueva versión consolidada que la incorpore, habitualmente es de entre 1 y 3 días laborables.

Si lo desea, usted puede suscribirse a un servicio de alertas de actualización, de carácter gratuito, que le avisará por correo electrónico de que está disponible una nueva versión consolidada del texto que resulte de su interés, mediante la opción "Alertas" que se le ofrece en la parte superior derecha de la pantalla.

Tenga en cuenta que los textos consolidados que la Agencia Estatal BOE ofrece tienen carácter meramente informativo y carecen de valor jurídico. Para fines jurídicos debe consultarse la publicación oficial.

6.2. ¿Cómo consultar?

Seleccionar desde el desplegable "Seleccionar redacción" ubicado a la derecha, una de las distintas modificaciones que han afectado a la norma. Las versiones aparecen ordenadas cronológicamente por fecha de publicación. Por defecto, en primer lugar aparece el texto consolidado con la última actualización publicada, seguido de las modificaciones intermedias, y en último lugar el texto original.

Seleccionar una opción del desplegable 'Seleccionar redacción' y hacer clic en el botón 'Elegir'

Para cada una de las versiones, se ofrece un formato consolidado completo, en el que junto al texto de cada artículo se muestran, encuadradas en una caja, diversas notas con información complementaria sobre sus modificaciones y vigencia. Estas notas incluyen enlaces que permiten acceder directamente a las disposiciones modificadoras que se citan.

Asimismo, en caso de que un artículo haya sido modificado, al pie del mismo se muestra la lista de las distintas redacciones que ha tenido. Puede consultar cada una de ellas pulsando sobre el botón correspondiente. No obstante, tenga en cuenta que al pulsar un botón no sólo cambia la redacción del artículo cuyo botón ha pulsado, sino también el texto completo de la norma, visualizándose la redacción global correspondiente a la fecha de publicación del botón seleccionado.

Seleccionar una opción de los botones de radio con la versión deseada

También se le ofrece, seleccionando mediante las pestañas de la caja de texto, el formato solo texto, en el que se muestra el texto de la norma en la redacción elegida, sin referencias a las modificaciones que ha sufrido y un índice que le permite enlazar directamente al texto consolidado completo de cada uno de los preceptos que integran la norma.

Existen tres pestañas con las opciones de 'Completo',  'Sólo texto' e 'Índice'

Tanto en el formato de texto completo como en el de solo Texto, puede desplazarse con facilidad a lo largo de los artículos o secciones de la norma, utilizando el desplegable "Ir a" que está situado al inicio del texto consolidado, en la parte de la izquierda.

Seleccionar una opción del desplegable 'Ir a' y hacer clic en el botón 'Seleccionar' para ir a un artículo o sección determinada

Formatos

La última redacción actualizada de la norma se ofrece también en PDF y ePUB.

6.3. Criterios de consolidación

  • Las correcciones de errores y erratas han sido incorporadas al texto original. No se consideran modificaciones.
  • En los textos consolidados sólo se reflejan las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso, no recogiéndose las tácitas u otro tipo de información que requiera una interpretación subjetiva.
  • La fecha inicial de entrada en vigor global de la norma figura en la cabecera del documento junto a otra información general. Asimismo, cuando un artículo ha sufrido modificaciones, la fecha de entrada en vigor de cada una de ellas figura en los botones que aparecen al pie del artículo.
  • En el caso de las normas autonómicas, los textos consolidados recogen únicamente aquellas modificaciones realizadas mediante normas con rango de ley. Asimismo, debe tenerse en cuenta que estos textos consolidados se elaboran una vez la modificación ha sido publicada en el BOE, lo que siempre tiene lugar con posterioridad a la publicación en el diario autonómico correspondiente, que es la determinante a efectos jurídicos.

6.4. Acceso a la Jurisprudencia relevante

Como complemento a la consulta del texto consolidado de las normas más relevantes, se ofrece una selección de sentencias del Tribunal Supremo dictadas a partir de 2013. Esta selección, de carácter meramente orientativo se ha realizado en colaboración con el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) del Consejo General del Poder Judicial.

Se puede acceder a las sentencias a través de la pestaña Jurisprudencia que figura en la cabecera de la norma en la parte superior derecha, o desde el enlace que aparece en el formato de texto completo en aquellos artículos que son interpretados por la sentencia. J Artículo...

Pulsando sobre la lista de resultados, puede acceder al fichero pdf de cada sentencia, que se ofrece mediante conexión con la base de datos del CENDOJ.

No obstante, para disponer de información completa y pormenorizada de la jurisprudencia, consulte la base de datos del CENDOJ.

6.5. Acceso al Diccionario Panhispánico del Español Jurídico de la RAE

Desde los textos consolidados de las normas que se ofrecen en la web del BOE, se puede consultar el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico de la Real Academia Española (www.rae.es), lo que brinda a los ciudadanos la posibilidad de conocer la definición de cualquier término jurídico, tanto en el ordenamiento español, como en el los países hispanoamericanos.

La consulta del Diccionario se encuentra disponible en la cabecera de cada norma

y si está consultando desde un pc, también se ofrece el acceso a lo largo de todo el texto mediante un icono que está siempre accesible en el proceso de consulta:

Para realizar la búsqueda, se puede escribir directamente el término a consultar en el cajetín, o bien, desde el propio texto, clicar dos veces sobre la palabra deseada.

En ambos casos se abrirá una ventana que presentará los distintos lemas y sublemas del Diccionario que están asociados el término buscado y al posicionarse sobre cada uno de ellos, le mostrará su significado, así como la rama del Derecho a la que corresponde (civil, penal, administrativo, etc.).

Los lemas y sublemas se marcan con las abreviaturas de los países donde la palabra o expresión se utiliza. Cuando el término es de uso general en todo el universo hispanohablante, no aparece ninguna marca.

En el supuesto de que la palabra no figure en el Diccionario se mostrará en color rojo.

Ejemplo de casilla con el lema en rojo

Cuando el contenido del Diccionario incorpora referencias normativas, se han establecido enlaces que permiten acceder a los textos correspondientes ya se trate de Derecho español o de los ordenamientos americanos afectados.

En este último caso, cuando son varios los países americanos sobre los que se ofrecen enlaces aparecerá el siguiente icono: Ejemplo de imagen de globo terráqueo al que se refiere el texto.

Pinchando dos veces sobre él, se desplegará el conjunto de enlaces disponibles:

El Diccionario Panhispánico del Español Jurídico es un proyecto vivo y en constante crecimiento y actualización, tanto de las definiciones como de los enlaces a la legislación nacional e hispanoamericana que se ofrecen. La interrelación entre el Diccionario de la RAE y la legislación del BOE ha sido posible gracias a la colaboración desarrollada entre ambas instituciones.

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