Contido non dispoñible en galego
Advertido error en el texto del citado Real Decreto. publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 247, de fecha 15 de octubre de 1991, se transcribe la siguiente rectificación:
Página 33344, en el último párrafo de la disposición adicional séptima.uno. donde dice: «... no podrá exceder de los criterios autorizados para dicha finalidad.», debe decir: «... no podrá exceder de los créditos autorizados para dicha finalidad.».
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid