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Documento BOE-A-2017-1266

Resolución de 2 de febrero de 2017, de la Presidencia del Tribunal Constitucional, por la que se conceden becas de formación relacionadas con la gestión documental y archivística en el Tribunal Constitucional.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2017, páginas 8621 a 8621 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2017-1266

TEXTO ORIGINAL

En ejercicio de las competencias asignadas en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, con arreglo a lo previsto en el Acuerdo del Pleno del Tribunal Constitucional de 21 de abril de 2016, hecho público mediante Resolución de esta Presidencia de 21 de julio de 2016 («Boletín Oficial del Estado» de 7 de septiembre), por el que se convoca concurso con el fin de adjudicar dos becas de formación relacionadas con la gestión documental y archivística en el Tribunal Constitucional, y a propuesta de la Comisión de Estudio y Valoración a que se refiere la base sexta, apartado 1, de dicho Acuerdo, he resuelto:

Conceder las becas de formación en archivística y gestión documental relacionadas con los fondos documentales del Tribunal Constitucional a los solicitantes que se relacionan a continuación:

Don Roberto Antuña Castro.

Doña Claudia Sánchez Vega.

Y aprobar la relación de suplentes, que queda integrada por los siguientes solicitantes, relacionados por orden decreciente de la puntuación obtenida:

Doña María del Pilar Martínez Fernández.

Don Álvaro Moreno Egido.

Doña Isis Gradín Fernández.

Doña Mariola Camús Serra.

Doña María Jesús Guntiñas García.

Doña María Ángeles Pastrana Bonilla.

Doña Leticia García Otero.

Doña Laura Esparza Sainz.

Doña Natalia Teja Reglero.

Doña María Inmaculada Romero Fernández.

Frente a la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posible interposición con carácter potestativo de recurso de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de dicha publicación. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

Madrid, 2 de febrero de 2017.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos Orihuel.

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