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Documento BOE-A-2017-15598

Orden APM/1289/2017, de 14 de diciembre, por la que se concede el Premio Alimentos de España Mejores Quesos, correspondiente a 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 27 de diciembre de 2017, páginas 128767 a 128768 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-15598

TEXTO ORIGINAL

Por Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 3 de julio de 2017, se convoca el premio «Alimentos de España Mejores Quesos, año 2017.

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España Mejores Quesos, año 2017, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 6.2 de la Orden AAA/854/2016, de 26 de mayo.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio Alimentos de España Mejores Quesos, año 2017:

Modalidad «Queso madurado de vaca»:

Premio: Queixería Don Crisanto, de Villalba (Lugo), por el queso «Don Crisanto», denominación de origen protegida San Simón da Costa.

Modalidad «Queso madurado de oveja»:

Premio: Quesería Ricardo Remiro, de Eulate (Navarra), por el queso «Remiro», denominación de origen protegida Idiazábal.

Modalidad «Queso madurado de cabra»:

Premio: Quesería Lopicomo, SL, de Villamartín (Cádiz), por el queso «Pajarete».

Modalidad «Queso madurado de mezcla»:

Premio: Quesos El Bosqueño, SL, de El Bosque (Cádiz), por el queso «El Bosqueño.

Modalidad «Queso madurado con mohos o queso azul»:

Premio: Queserías Picos de Europa, S.L., de Posada de Valdeón (León), por el queso azul «Picos de Europa», indicación geográfica protegida Valdeón.

Premio Especial «Alimentos de España al Mejor Queso»:

Queixería Don Crisanto, de Villalba (Lugo), por el queso «Don Crisanto», denominación de origen protegida San Simón da Costa.

Han resultado finalistas:

Modalidad «Queso madurado de vaca»:

Finalista 1: SAT Queinaga Xuga n.º 871, de Curtis (A coruña), por el queso «Queinaga», denominación de origen protegida Arzúa-Ulloa.

Finalista 2: Quesería Prestes, SL, de Villalba (Lugo), por el queso «Prestes», denominación de origen protegida San Simón da Costa.

Modalidad «Queso madurado de oveja»:

Finalista 1: Quesería Manuel Bengoetxea, de Urdax (Navarra), por el queso «Bengoetxea», denominación de origen protegida Idiazábal.

Finalista 2: Quesería José Inazio Ugartemendia, de Berastegui (Gipuzkoa), por el queso «Gazpio», denominación de origen protegida Idiazábal.

Modalidad «Queso madurado de cabra»:

Finalista 1: Quesería La Pastora de Grazalema, Sociedad Cooperativa Andaluza, de Grazalema (Cádiz), por el queso «La Pastora de Grazalema».

Finalista 2: Quesería Payoyo, SL, de Villaluenga del Rosario (Cádiz), por el queso «Payoyo».

Modalidad «Queso madurado de mezcla»:

Finalista 1: Grupo Ganaderos de Fuerteventura, SL, de Puerto del Rosario (Las Palmas), por el queso «Selectum Semicurado con Pimentón».

Finalista 2: Queserías Entrepinares, SAU, de Valladolid, por el queso «Entrepinares Viejo Tostado».

Modalidad «Queso madurado con mohos o queso azul»:

Finalista 1: Lácteas Cobreros, SA, de Castrogonzalo (Zamora), por el queso «Rulo de Queso de Cabra Cobreros».

Finalista 2: Quesopía, SL, de Torremocha de Jarama (Madrid), por el queso «Botón de Queso».

Segundo.

Aceptar el desistimiento y renuncia de las solicitudes que lo han comunicado.

Tercero.

Desestimar el resto de solicitudes admitidas al concurso.

Cuarto.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse potestativamente, en reposición, ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su notificación, o ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contando desde el día siguiente al de su notificación, con advertencia de que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición si se hubiera interpuesto.

Madrid, 14 de diciembre de 2017.–La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

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