Está Vd. en

Documento BOE-B-2017-12214

Extracto de la Resolución de 20 de febrero de 2017, del Fondo Español de Garantía Agraria por la que se convocan ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2017, páginas 14432 a 14433 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-12214

TEXTO

BDNS(Identif.):333145

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Podrán acceder a estas ayudas las entidades a las que se refiere el artículo 4 del Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 del citado real decreto.

Segundo. Finalidad:

La finalidad de estas subvenciones es la financiación de proyectos de inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas contemplados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón, exceptuados los productos de la pesca, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

Tercero. Bases reguladoras:

Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

Disposición final primera del Real Decreto 1151/2015, de 18 de diciembre, por la que se modifican los artículos 6.3, 8.1 y 16.3 del Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre.

Disposición final segunda del Real decreto 126/2016, de 1 de abril, por la que se modifican los artículos 8.1.a), 9.2, 18.2, 18.3, y el apartado 1.2 del anexo III del Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre.

Real Decreto 702/2016, de 23 de diciembre, por el que se modifican los artículos 2.3, 6.6, 8.1.d), 8.4, 8.5.b), 11.6, 11.10, 14.3, 16.3 y 16.5, los apartados I, IV.1, IV.4 y V del anexo II y los apartados 1.4.1. y 2.1.3 del anexo III, y se incluye un nuevo apartado 16 en el artículo 11, un nuevo artículo 24 y un nuevo anexo IV en el Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre.

Cuarto. Importe:

La ayuda podrá alcanzar, como máximo, el 40 por cien de los gastos subvencionables.

El límite de ayuda máximo por proyecto de inversión es de 5.000.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes de ayuda se presentarán en el plazo de 25 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de febrero de 2017.- El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, Miguel Ángel Riesgo Pablo.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid