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Documento BOE-B-2017-33110

Extracto de la Orden de 23 de mayo de 2017, por la que se corrigen errores en la de 17 de noviembre de 2016, por la que se convocan subvenciones para la creación de grupos operativos supra-autonómicos en relación a la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (AEI-AGRI)

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 29 de mayo de 2017, páginas 39834 a 39835 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2017-33110

TEXTO

BDNS(Identif.):322815

Advertido error en el Anexo II de la Orden de 17 de noviembre de 2016, por la que se convocan subvenciones para la creación de grupos operativos supra-autonómicos en relación a la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (AEI-AGRI), la Resolución de esta misma fecha, de la Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, por la que se suspende el transcurso del plazo de resolución y notificación de la convocatoria de subvenciones para la creación de grupos operativos supra-autonómicos en relación a la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (AEI-AGRI), establece un plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de la Orden de corrección de errores para la remisión al órgano instructor de la declaración responsable corregida aneja a la misma.

En virtud de lo anterior y en base al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre rectificación de errores, dispongo:

Primero. Corrección de errores.

Se corrige el Anexo II, en el apartado correspondiente a la declaración responsable de la no obtención de ayudas de minimis acumuladas por más de 200.000 euros. El modelo corregido completo de Anexo II está disponible en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/322815).

Segundo. Publicación del extracto y notificación.

Ordenar publicación del extracto de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado» y en la sede electrónica, la cual, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a la disposición final primera del Real Decreto 253/2016, de 10 de junio, surtirá todos los efectos de notificación practicada, sin perjuicio de que complementariamente a la notificación practicada mediante publicación en la sede electrónica, los representantes podrán recibir un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en su la solicitud de subvención, mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder en la sede electrónica. También se dará publicidad en sede electrónica de la Resolución de esta misma fecha de suspensión del plazo de resolución.

Tercero. Efectos.

1. La presente Orden surte efectos desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Contra la presente Orden no cabrá recurso alguno.

Madrid, 23 de mayo de 2017.- La Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, la Directora General de Desarrollo Rural y Politica Forestal, Esperanza Orellana Moraleda.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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