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Documento BOE-B-2017-36902

Extracto de la Resolución de 2 de junio de 2017 de la Dirección Provincial en Melilla del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones en el ámbito de la colaboración con corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social en el territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 13 de junio de 2017, páginas 44433 a 44434 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2017-36902

TEXTO

BDNS(Identif.):349532.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhafp.gob.es/ bdnstrans

Primero. Beneficiarios:

Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local que contraten trabajadores desempleados para la ejecución de obras o prestación de servicios calificados de interés general y social y que gocen de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto en el ámbito territorial de Melilla.

Segundo. Objeto:

Subvencionar los costes laborales para la contratación de trabajadores desempleados por Corporaciones Locales o Entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local, para la ejecución de obras o servicios de interés general y social en el ámbito territorial de Melilla.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998 (BOE del 21 de noviembre de 1998).

Cuarto. Cuantía:

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para el año 2017: Aplicación 19.PR52 241A 46001 "Oportunidades de empleo en colaboración con corporaciones locales (EJE 3)", por un importe máximo de once millones setecientos mil euros (11.700.000,00 €).

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de siete (7) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto de esta Resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Sexto. Otros datos:

Las entidades beneficiarias, en el plazo de un mes desde la finalización del proyecto de obras y/o servicios, presentarán en el Servicio Público de Empleo Estatal la siguiente documentación, reintegrando, en su caso, los fondos no utilizados:

a) Relación de los costes de contratación realizados correspondientes al período subvencionado conforme al modelo del Anexo III, acompañado de los documentos justificativos de los gastos y pagos efectuados: Copias compulsadas de las nóminas de los trabajadores contratados, debiendo incluirse en las mismas la parte proporcional de las pagas extraordinarias de dicho período, de los documentos de cotización mensual a la Seguridad Social, TC1 y TC2 y del modelo 110 de Retención de IRPF, así como de los correspondientes justificantes de pago.

En las nóminas, además de consignarse la cuantía de las deducciones imputadas, deberá indicarse su causa y los días del mes a los que corresponden.

En este Anexo se declararán los gastos salariales de cada trabajador, con indicación de los períodos de permanencia en situación de incapacidad temporal y los de suspensión de empleo y sueldo, indicando su causa.

Se entenderá por documento justificativo del pago:

- La certificación bancaria que contenga identificados los gastos, su cuantía y fecha de adeudo en cuenta.

- El recibo individual de la orden de transferencia bancaria donde conste el gasto, su cuantía y la fecha de adeudo en cuenta.

b) Copia compulsada de los contratos de trabajo.

c) Copia compulsada de los partes de alta y baja en la Seguridad Social.

d) En el supuesto de reintegro por la entidad beneficiaria de los fondos no utilizados simultáneamente con la justificación del gasto, deberá aportar, además de la documentación anterior, justificante del ingreso de dichas cantidades en el Banco de España.

Melilla, 2 de junio de 2017.- El Director General del SEPE. P.D. La Directora Provincial del SEPE en Melilla. Apartado Siete. 3.1.a). Resolución de 6 de octubre de 2008 del SEPE (BOE de 13 de octubre de 2008). Fdo.: Esther Azancot Cánovas.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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