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Documento BOE-B-2017-46928

Extracto de la Orden de 27 de julio de 2017 por la que se convoca la concesión de las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, por el que se crea un mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de gases de efecto invernadero, correspondientes al año 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 1 de agosto de 2017, páginas 57278 a 57278 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-B-2017-46928

TEXTO

BDNS(Identif.): 357638.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Sociedades mercantiles del sector privado, estén o no incluidas en régimen de comercio de emisiones, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud, que realicen una o varias actividades en los sectores o produzcan los productos enumerados en el anexo II de las Directrices relativas a determinadas medidas de ayuda estatal en el contexto del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, bajo los códigos NACE que se explicitan en el mismo.

Segundo. Objeto.

Compensación por costes de emisiones indirectas de CO2, al amparo de lo establecido en los apartados 15 y 16 del artículo 10 bis de la Directiva 2009/29/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Tercero. Bases reguladoras.

Real Decreto 1055/2014, de 12 de diciembre, publicado en el BOE de 30 de diciembre de 2014.

Real Decreto 655/2017, de 23 de junio, publicado en el BOE de 12 de julio de 2017.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 6.000.000 €. Las ayudas adoptarán la forma de subvención. El importe global máximo destinado a las subvenciones en la presente convocatoria se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el 4 de septiembre hasta 19 de septiembre de 2017.

Madrid, 27 de julio de 2017.- El Ministro de Economía, Industria, y Competitividad, por delegación (Orden ITC/556/2012, BOE 19-03-2012, ratificada por Orden EIC/1828/2016, BOE 30-11-2016), la Secretaria General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, Begoña Cristeto Blasco.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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