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Documento BOE-B-2017-48411

Extracto de la Resolución de 4 de agosto de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático para alumnos matriculados en centros docentes españoles en el exterior, en las ciudades de Ceuta y Melilla y en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia en el curso académico 2017/2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2017, páginas 59637 a 59638 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2017-48411

TEXTO

BDNS(Identif.):358934

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero.- Convocatoria

Se convocan, para el curso 2017-2018, 12.527 ayudas para libros de texto y material didáctico e informático por importe individual de 105,00 euros en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a alumnos matriculados en centros docentes españoles en el exterior, en centros docentes de las ciudades de Ceuta y Melilla y en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (en adelante CIDEAD).

Segundo.- Beneficiarios

Para ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes deben reunir los siguientes requisitos:

a) Estar matriculado en cualquiera de los cursos de Educación Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria en el curso académico 2017-2018, en un centro docente sostenido con fondos públicos comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria.

b) No estar repitiendo curso.

c) Pertenecer a una unidad familiar cuyos ingresos en el año 2016 no superen los umbrales de renta establecidos en la convocatoria o, alternativamente, encontrarse en alguna de las siguientes situaciones que dan derecho a la consideración de beneficiario directo de las ayudas:

Alumnos que se encuentren en situación de acogimiento acreditada mediante certificación del director del centro de acogida, o del órgano competente en su caso.

Víctimas o hijos de víctimas de violencia de género, condición que deberá acreditarse con la presentación de la copia compulsada de la orden de protección a favor de la víctima, o en su caso, sentencia definitiva condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género.

Víctimas del terrorismo, condición que se acreditará mediante copia compulsada de la correspondiente resolución del Ministerio del Interior.

Tercero.- Solicitudes

Los interesados deberán cumplimentar la solicitud mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el apartado correspondiente a "Trámites y Servicios".

El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 20 de septiembre de 2017, inclusive.

Madrid, 4 de agosto de 2017.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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