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Documento BOE-B-2017-56808

Extracto de la Resolución de 27 de septiembre de 2017, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas adicionales para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el ámbito de la acción clave 1, servicio voluntario europeo, del capítulo de Juventud, del Programa de acción comunitario «Erasmus+», durante 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 2 de octubre de 2017, páginas 70084 a 70085 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-B-2017-56808

TEXTO

BDNS(Identif.):363960

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/203, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)

Publicadas mediante Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2014), las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+»,

Publicadas mediante Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2014), las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el capítulo de Juventud del Programa de acción comunitario «Erasmus+», se adoptó la Resolución del Instituto de la Juventud, (Extracto publicado en el BOE nº 26 de 31 de enero de 2017, BDNS (Identif.): 330436), que desarrolla el procedimiento para la concesión de ayudas para la realización de actividades en el marco del capítulo de Juventud del programa «Erasmus+», financiadas por la Comisión Europea para el ejercicio económico 2017, en régimen de concurrencia competitiva, y en el ejercicio de las atribuciones que a los poderes públicos otorga el artículo 48 de la Constitución.

Posteriormente, en virtud del acuerdo formalizado entre los programas Erasmus+ y LIFE, cuyo objetivo es promover oportunidades en el área del medio ambiente, conservación de la naturaleza y acción climática, la Comisión procede con fecha 24 de mayo de 2017, a añadir fondos adicionales al importe inicialmente asignado para proyectos de servicio voluntario europeo, cuya distribución es objeto de la presente convocatoria. se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2017, en régimen de concurrencia competitiva,

Convocatoria y cuantías

La cuantía máxima adicional asignada asciende a 431.071 €, destinada a financiar proyectos de servicio voluntario europeo en temas relacionados con el medio ambiente, conservación de la naturaleza y acción climática. En todo caso, estos proyectos deben tener como fecha prevista de comienzo entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2018.

La cuantía de la subvención a otorgar mediante la presente convocatoria se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias y anualidades previstas en la convocatoria.

Distribución de las ayudas convocadas.

Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.

Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.

Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.

Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (http://www.erasmusplus.injuve.es/).

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes expira a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas, del día 4 de octubre de 2017.

Objeto, condiciones y finalidad de la concesión.

Los siguientes objetivos generales:

Promover la ciudadanía activa entre jóvenes, en especial la europea.

Potenciar la solidaridad y promover la tolerancia.

Favorecer el entendimiento mutuo entre jóvenes.

Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de jóvenes y reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud.

Favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

Todo ello, dentro del ámbito de la Acción Clave 1 que se describen en el artículo 2 de las bases reguladoras.

Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web http://www.erasmusplus.injuve.es/) para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes generales y específicos para esta Acción.

Madrid, 27 de septiembre de 2017.- El Director General del Instituto de la Juventud, Javier Dorado Soto.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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