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Documento BOE-B-2024-15144

Extracto de la Resolución 24 de abril de 2024, del Instituto de la Juventud, por la que se convoca la concesión de ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en la línea de Deporte del Programa «Erasmus+» durante 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 26 de abril de 2024, páginas 22416 a 22417 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Juventud e Infancia
Referencia:
BOE-B-2024-15144

TEXTO

BDNS(Identif.):757073

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/757073)

Publicadas mediante Orden DSA/619/2023, de 6 de junio, por la que se modifica la Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre, por la que se establecen para el período 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Erasmus+», capítulo de Juventud, con objeto de ampliar su ámbito de aplicación al conjunto de líneas de subvención encuadrables dentro del concepto de educación no formal, concretamente la línea de Deporte., se hace preciso adoptar la presente convocatoria, que desarrolla el procedimiento para la concesión de dichas ayudas para el ejercicio económico 2024, en régimen de concurrencia competitiva,

1.- Convocatoria y cuantías

De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo para 2024, el importe asignado para la gestión del ámbito del Programa Erasmus+ (línea de Deporte) durante 2024 en régimen de concurrencia competitiva asciende a 500.000,00 Euros.

b) Sin perjuicio de todo lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

2.- Distribución de las ayudas convocadas.

Los fondos asignados a España para las acciones descentralizadas se repartirán teniendo en cuenta la calidad de las solicitudes, los objetivos y las prioridades establecidas por el Programa Erasmus+.

3.- Requisitos y forma de presentación de las solicitudes.

Los solicitantes deberán registrarse previamente según el procedimiento establecido en la Guía del Programa.

Los solicitantes deben presentar su solicitud electrónica utilizando únicamente los formularios específicos para cada acción y disponible en el sitio web de la Agencia Nacional (http://www.injuve.es/erasmusplus//).

4.- Plazo de presentación de solicitudes.

Todos los plazos de presentación de las solicitudes especificados expiran a las 12.00 h (mediodía), hora de Bruselas.

- Hasta el 20 de febrero de 2024 a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2024;

- Hasta el 1 de octubre de 2024 a las 12.00.00 (mediodía, hora de Bruselas) para proyectos que empiecen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2025.

5.- Objeto, prioridades, condiciones y finalidad de la concesión.

El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del Programa "Erasmus+" es promover la movilidad educativa del personal del ámbito deportivo, así como la cooperación, la calidad, la inclusión, la creatividad y la innovación a nivel de las organizaciones deportivas y las políticas de deporte.

El objetivo general de esta acción es brindar al personal de las organizaciones deportivas, principalmente en los deportes de base, la oportunidad de mejorar sus competencias y cualificaciones y de adquirir nuevas capacidades a través de la movilidad para el aprendizaje pasando un período de tiempo en el extranjero, lo que contribuirá a la creación de capacidades y al desarrollo de las organizaciones deportivas.

Se podrán solicitar proyectos en las siguientes acciones:

Aprendizaje por observación y períodos de observación. El aprendizaje por observación se produce cuando los participantes pueden pasar un período de tiempo (de dos a catorce días) en una organización de acogida de otro país con el objetivo de aprender nuevas prácticas y recopilar nuevas ideas mediante la observación y la interacción con homólogos, orientadores, voluntarios u otros miembros del personal en su trabajo diario en la organización de acogida.

Estancias de orientación o formación. Las estancias de orientación o formación se producen cuando los participantes pueden pasar un período de tiempo (de quince a sesenta días) orientando o impartiendo formación en una organización de acogida de otro país como forma de aprender a través de la realización de sus tareas y el intercambio con homólogos

Además de lo anterior, existen criterios de admisibilidad y valoración específicos que se detallan en la Guía del Programa Erasmus+.

Véase el texto completo de esta Resolución y la Guía del programa Erasmus+, disponibles en la página web http://www.injuve.es/erasmusplus, para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes.

Madrid, 24 de abril de 2024.- Margarita Guerrero Calderón, Directora General del Instituto de la Juventud,.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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