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La entidad «Compañía Vascongada de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» (actualmente denominada como consecuencia de la fusión «Baloise (España), Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima»), ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la fusión por absorción de la entidad «Baloise-Pastor Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».
De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley 33/1984, de 2 de agosto, sobre Ordenación del Seguro Privado, como legislación aplicable durante la tramitación del expediente administrativo, así como a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 30/1995 de 8 de noviembre de 1995, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:
Primero.-Autorizar la fusión por absorción de la entidad «Baloise-Pastor Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», por la entidad «Compañía Vascongada de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima» (actualmente como consecuencia de la fusión denominada «Baloise (España) Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima»).
Segundo.-Revocar a la entidad «Baloise-Pastor Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima», la autorización administrativa para operar en los ramos de Enfermedad y Crédito por concurrir las causas de revocación de la autorización administrativa previstas en el artículo 25, apartados a) y b) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, debiendo proceder la entidad en consecuencia a la suspensión inmediata de la contratación de las operaciones de seguros en curso, así como a la liquidación de las mismas relativas al ramo de Enfermedad, conforme a lo previsto en el número 5 del artículo 25 de la citada ley.
Tercero.-Declarar la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la entidad «Baloise-Pastor Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima».
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 29 de febrero de 1996.-P. D. (Orden 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Manuel Conthe Gutiérrez.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros.
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