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Documento BOE-A-1999-10712

Resolución de 30 de abril de 1999, de la Dirección General de Análisis y Programación Presupuestaria, por la que se hace pública la declaración de la prohibición de contratar con el Estado u otros entes públicos y de obtener subvenciones públicas a la empresa «Hotel Santa María de Huerta, Sociedad Limitada».

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 1999, páginas 17748 a 17748 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-10712

TEXTO ORIGINAL

El Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda con fecha 23 de marzo de 1999, ha resuelto el procedimiento sancionador 1/98, incoado a la empresa «Hotel Santa María de Huerta, Sociedad Limitada» (CIF B-80089162), en cuya parte dispositiva, se acuerda:

«1. Imponer a la empresa “Hotel Santa María de Huertas, Sociedad Limitada”, la multa de 22.474.560 pesetas, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.3 de la Ley General Presupuestaria.

2. Además, la imposición de las sanciones accesorias previstas en los apartados siguientes del anterior precepto:

a) Pérdida, durante un plazo de hasta cinco años, de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.

b) Prohibición, durante un plazo de hasta cinco años, para celebrar contratos con el Estado u otros entes públicos.»

Al objeto de garantizar el cumplimiento de las sanciones accesorias impuestas, esta Dirección General, conforme a lo dispuesto en el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJAP-PAC), acuerda:

Único.

Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a la parte dispositiva de la resolución dictada, el día 23 de marzo de 1999, por el Vicepresidente segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, por la que se impone la prohibición de celebrar contratos con el Estado u otros entes públicos y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones durante el plazo de cinco años.

Madrid, 30 de abril de 1999.–El Director general, Pascual Fernández Martínez.

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