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Documento BOE-A-1999-24245

Resolución de 29 de noviembre de 1999, de la Dirección General de Turismo, por la que se da publicidad al Tercer Protocolo para la ejecución del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Almuñécar, la Asociación de Hoteleros de la Costa Tropical y la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Costa Tropical, para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 21 de diciembre de 1999, páginas 44756 a 44757 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-24245

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" del Tercer Protocolo para la ejecución del

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Economía y Hacienda,

la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía, el

Ayuntamiento de Almuñécar, la Asociación de Hoteleros de la Costa Tropical

y la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Costa Tropical,

para el desarrollo de un Plan de Excelencia Turística.

Madrid, 29 de noviembre de 1999.-El Director general, Germán Porras

Olalla.

TERCER PROTOCOLO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO DE

COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y

HACIENDA, LA CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTE DE LA JUNTA DE

ANDALUCÍA, EL AYUNTAMIENTO DE ALMUÑÉCAR, LA

ASOCIACIÓN DE HOTELEROS DE LA COSTA TROPICAL Y LA ASOCIACIÓN

DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE LA COSTA TROPICAL

PARA EL DESARROLLO DE UN PLAN DE EXCELENCIA TURÍSTICA

EN ALMUÑÉCAR

En la ciudad de Madrid, a 17 de septiembre de 1999.

De una parte: el excelentísimo señor don Rodrigo de Rato y Figaredo,

Vicepresidente Segundo del Gobierno, en calidad de Ministro de Economía

y Hacienda, nombrado por Reales Decretos 761/1996 y 762/1996, de 5

de mayo, actuando de conformidad con la habilitación conferida para la

suscripción de estos Convenios por el acuerdo del Consejo de Ministros

de 3 de julio de 1998.

De otra: El excelentísimo señor don José Núñez Castain, Consejero

de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía, nombrado por Decreto

133/1996, de 16 de abril; de otra, el ilustrísimo señor don Antonio Manuel

Rebollo Martínez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Almuñécar,

nombrado por acuerdo del Pleno Municipal, de fecha 3 de julio de 1999;

y de otra, el señor don José Andrés Fernández Guerrero, Presidente de

la Asociación de Empresarios Hoteleros de la Costa Tropical, por acuerdo

de su Junta Directiva, de fecha 15 de septiembre de 1997, y de otra, el

señor don Manuel Zambrano Ruiz, Presidente de la Asociación de la

Pequeña y Mediana Empresa de la Costa Tropical, por acuerdo de su Junta

Directiva de fecha 11 de marzo de 1991.

Todos reconocen, en la representación que ostentan, capacidad para

formalizar el presente protocolo de desarrollo del Convenio marco de

colaboración, suscrito entre las partes el 29 de diciembre de 1997, y, a tal

efecto,

EXPONEN

Que la cláusula séptima del Convenio de colaboración para el desarrollo

de un Plan de Excelencia Turística en Almuñécar, preveía que en protocolos

adicionales al Convenio se determinarían, entre otras, las siguientes

cuestiones:

Las actuaciones a realizar.

Los términos en que se realizarán las aportaciones económicas de cada

una de las Administraciones públicas.

Cualquier otra cuestión conveniente para un mejor desarrollo del Plan

de Excelencia Turística y del Convenio.

En su caso, los proyectos que puedan desarrollar los empresarios, en

el marco de los objetivos del Plan de Excelencia.

Que consideran conveniente continuar el desarrollo del Plan de

Excelencia Turística en Almuñécar y que, para ello

ACUERDAN

Primero.-Desarrollar el Plan de Excelencia Turística en Almuñécar

mediante la ejecución de las actuaciones que, junto con su coste estimado,

se relacionan:

Proyecto Coste

-Pesetas

Puesta en valor de recursos turísticos en Peña Escrita . . . . . . . . 11.000.000

Protección de la Playa de Chiña Gorda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.000.000

Plan de sensibilización para la calidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6.000.000

Puesta en valor del Acueducto de la Carrera (2.ª fase) . . . . . . . . 23.878.593

Gerencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000.000

Paneles informativos con señalización de monumentos . . . . . . . 10.000.000

Mejoras en plaza Manuel Rodríguez de la Herradura . . . . . . . . . . 6.000.000

Iluminación de paseos marítimos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18.121.407

Parque subacuático . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.000.000

Mejoras en Playa de Cabria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.000.000

Acceso y mejoras en Playa de Cantarrijan . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.000.000

Paseo Marítimo en bajos del Paseo del Altillo . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.000.000

Balconada en Paseo del Altillo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10.000.000

Señalización de rutas de senderismo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4.000.000

Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150.000.000

Segundo.-De acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera del

convenio, la financiación del importe global de las actuaciones se distribuirá,

a partes iguales, entre el Ministerio de Economía y Hacienda, la Consejería

de Turismo y Deporte y el Ayuntamiento de Almuñécar correspondiendo

a cada uno, por tanto, una aportación de hasta 50.000.000 de pesetas.

Las aportaciones del Ministerio de Economía y Hacienda y de la

Consejería de Turismo y Deporte se abonarán al Ayuntamiento de Almuñécar,

para que, de acuerdo con la cláusula sexta del Convenio, pueda proceder

a la ejecución de los proyectos.

Tercero.-El 50 por 100 de la aportación prevista del Ministerio de

Economía y Hacienda será abonada tras la firma del presente protocolo,

con cargo al concepto presupuestario 15.24.751A.765 de la Dirección

General de Turismo del ejercicio presupuestario 1999 y el resto, tras la

justificación de haberse realizado las actuaciones, con cargo al mismo

concepto presupuestario del ejercicio económico de 2000, conforme al cuadro

de distribución de anualidades especificado en la cláusula tercera del

Convenio marco para el Desarrollo del Plan de Excelencia Turística de

Almuñécar.

No obstante lo anterior, en el caso de que las actuaciones no puedan

ser ejecutadas en el ejercicio de 2000 y que por tal motivo se solicitase

la concesión de prórroga hasta el año 2001, a las Administraciones

firmantes, su concesión por la Dirección General de Turismo, Ministerio

de Economía y Hacienda, a efectos de poder cumplir con la previsión

de aportaciones anuales previsto en la cláusula tercera del Convenio marco,

estará subordinada a la constitución de aval bancario que cubra el 50

por 100 restante, más intereses de demora, hasta que la Administración

autorice su cancelación, una vez finalizadas y justificadas las actuaciones.

La referida garantía se constituirá en la Caja General de Depósitos o en

sus sucursales a disposición del Ministerio de Economía y Hacienda,

Secretaría de Estado, Comercio, Turismo y Pymes, Dirección General de Turismo,

con sujeción a lo dispuesto en el capítulo III del Reglamento de la Caja

General de Depósitos, aprobado por Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero.

Cuarto.-La aportación de la Consejería de Turismo y Deporte se

abonará de la siguiente forma: El 75 por 100 a la firma del protocolo, con

cargo al concepto presupuestario 01.14.00.17.00.765.00.66A.0, del ejercicio

presupuestario de 1999 y el 25 por 100 restante una vez realizadas y

justificadas las actuaciones correspondientes a este protocolo.

Quinto.-De producirse remanentes de fondos por la no ejecución de

algunas de las actuaciones previstas o por un menor coste del previsto

en las realizadas, aquéllos podrán destinarse, mediante acuerdo, en tal

sentido, de la Comisión de Seguimiento, a financiar la realización de otras

cuyo coste fuera superior al previsto o aplicarse a nuevas actuaciones

que coadyuven a la consecución de los objetivos del convenio marco,

siempre que ello no implique la necesidad de aportaciones suplementarias,

o bien, acordar la disminución proporcional de la aportación de cada una

de las partes.

Sexto.-La ejecución de los proyectos corresponderá al Ayuntamiento

de Almuñécar. Los contratos que, para ello, tenga que realizar se regirán

plenamente por lo previsto en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos

de las Administraciones Públicas, por el Real Decreto 390/1996, y demás

disposiciones reglamentarias que le sean de aplicación.

Séptimo.-El plazo para la ejecución y justificación de las actuaciones

recogidas en el acuerdo primero será de un año, a partir de la fecha

de la firma del protocolo. Podrá ser ampliado por las administraciones

firmantes, previa petición, en tal sentido, de la Comisión de Seguimiento,

cuando alguna circunstancia sobrevenida así lo aconseje.

En prueba de conformidad, se firma el presente protocolo, por

sextuplicado ejemplar, en lugar y fecha al principio indicados.-El

Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, Rodrigo

de Rato y Figaredo.-El Consejero de Turismo y Deporte de la Junta de

Andalucía, José Núñez Castain.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento

de Almuñécar, Antonio M. Rebollo Martínez.-El Presidente de la Asociación

de Hoteleros de la Costa Tropical, José Andrés Fernández Guerrero.-El

Presidente de la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Costa

Tropical, Manuel Zambrano Ruiz.

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