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Documento BOE-A-2008-11372

Resolución de 11 de junio de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se conceden las ayudas convocadas por Resolución de 27 de diciembre de 2007, a entidades y organizaciones no gubernamentales para la realización de campañas de sensibilización para la prevención de la contaminación y el cambio climático durante el año 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 4 de julio de 2008, páginas 29505 a 29506 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2008-11372

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Orden MAM/3246/2007, de 19 de octubre, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades y organizaciones no gubernamentales para la realización de campañas de sensibilización para la prevención de la contaminación y el cambio climático. La Resolución de 27 de diciembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático convoca la concesión de subvenciones para la realización de campañas de sensibilización para la prevención de la contaminación y el cambio climático durante el año 2008 A la vista del procedimiento instruido de acuerdo con los apartados Cuarto a Noveno de la citada Orden y conforme a su apartado Décimo, resuelvo:

Primero.-Conceder las ayudas a los solicitantes que se recogen en el anexo de esta Resolución, por un importe de 1.818.410,00 euros, con cargo al concepto presupuestario 23.07.456M.480.

Segundo.-Los beneficiarios están obligados a cumplir las condiciones y plazos establecidos en la Orden MAM/3246/2007, de 19 de octubre y la Resolución de 2 de diciembre de 2007 de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático. Tercero.-Denegar las ayudas a los solicitantes que no figuren en dicho anexo.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa se podrá recurrir potestativamente en reposición ante la Secretaría de Estado de Cambio Climático en el plazo de un mes o interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el BOE, no pudiendo interponerse este último hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 11 de junio de 2008.-La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Rivera Rodríguez.

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