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Documento BOE-A-2008-15276

Resolución de 3 de julio de 2008, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Consumo, por la que se publica la revocación de la autorización para actuar como organismo de control a Servicontrol Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 19 de septiembre de 2008, páginas 38371 a 38371 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2008-15276

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.-Mediante Resolución de 24 de octubre de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, autorizó a la empresa Servicontrol, Sociedad Limitada la actuación como Organismo de Control en el ámbito reglamentario de Instalaciones y aparatos a presión, instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos, e instalaciones petrolíferas, en base a la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación n.º 103/EI132. Segundo.-Con fecha de 5 de noviembre de 2007, se comunica a la Dirección General de Industria, Energía y Minas por parte de la Entidad Nacional de Acreditación la propuesta de retirada definitiva de la acreditación de dicha Entidad. Tercero.-D. Ignacio Blanco-Argibay Peña, en nombre y representación del Organismo de Control Servicontrol, Sociedad Limitada», con domicilio social en la calle de Deyanira, 57, de Madrid, ha comunicado con fecha 20 de junio de 2008 el cese de actividad como Organismo de Control y la baja en Registro de Establecimiento Industriales.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Es competente para la adopción de esta Resolución, la Dirección General de Industria, Energía y Minas de conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 10/2008, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Consumo. Segundo.-Es de aplicación el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial. Tercero.-El artículo 43.6 del Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial establece que en los casos de revocación o cese de la actividad de un Organismo de Control, el titular de éste deberá entregar la documentación ligada a su actuación como tal al órgano que designe la Administración que lo autorizó, la cual publicará en el Boletín Oficial del Estado la revocación o cese.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero.-Hacer público la revocación de la autorización para actuar como Organismo de Control «Servicontrol, Sociedad Limitada», en los ámbitos reglamentarios de Instalaciones y aparatos a presión, instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos, e instalaciones petrolíferas, concedida en base a la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación n.º 103/EI132, otorgada según Resolución de 24 de octubre de 2005 de esta Dirección General.

Segundo.-Designar a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid como órgano custodio de toda la documentación ligada a su actuación como Organismo de Control Autorizado para todas las actuaciones realizadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid y en todo el ámbito del Estado, según las instrucciones que dicte dicha Dirección General.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 3 de julio de 2008.-El Director general de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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