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Documento BOE-A-2009-12574

Resolución de 24 de julio de 2009, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establece, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, el plazo de presentación de las solicitudes de avales con cargo al Presupuesto General del Estado para 2009 y el modelo de solicitud.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 29 de julio de 2009, páginas 64929 a 64931 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2009-12574

TEXTO ORIGINAL

El artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, autorizó el otorgamiento de avales del Estado a las operaciones de financiación nuevas realizadas por las entidades de crédito a partir de la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley. La Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, desarrolla lo previsto en el artículo 1 del Real Decreto-ley, para concretar determinados aspectos fundamentales del régimen de otorgamiento de avales a las entidades de crédito.

Mediante Órdenes del Ministro de Economía y Hacienda de 29 de diciembre de 2008 se otorgaron avales de la Administración General del Estado con cargo al límite establecido en el citado Real Decreto-ley para el ejercicio 2008, a aquellas operaciones de financiación de las entidades beneficiarias que, de acuerdo con la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, y las propias Órdenes de otorgamiento reunieran los requisitos para poder ser avaladas.

Aunque los avales otorgados han contribuido positivamente a reducir el impacto de la crisis en la financiación de las entidades de crédito, persisten, en cierta medida, la incertidumbre e inestabilidad de los mercados financieros internacionales que determinaron las dificultades de acceso a la financiación por parte del sector financiero. En tales circunstancias, se estima conveniente otorgar nuevos avales con cargo a la reserva de 64.000 millones de euros para garantizar las obligaciones derivadas de las operaciones de financiación a las que se refiere el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, fijada en el artículo 54.2 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, tras la modificación operada por la Disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.

Para efectuar dicho otorgamiento, la mencionada Orden dispone en su artículo 5.1 que las entidades que quieran obtener el aval del Estado, deberán presentar su solicitud ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, que será la encargada de su tramitación, según el modelo que dicha Dirección General determine.

Con la presente Resolución se da cumplimiento a lo establecido en la citada norma.

Asimismo se hace uso de la habilitación contenida en la disposición final segunda de la citada Orden por la que se autoriza a la Directora General del Tesoro y Política Financiera a dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la aplicación y ejecución de lo previsto en la misma.

En su virtud, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ha tenido a bien disponer:

Primero. Plazo para la presentación de las solicitudes de avales.–El plazo para la presentación de las solicitudes de avales con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2009 comenzará el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 8 de septiembre de 2009.

Segundo. Modelo de solicitud de aval.–Las solicitudes de aval que se presenten al amparo del artículo 5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, deberán ajustarse al siguiente modelo:

D/d.ª XXXXXXX (Identificación de la persona que va a solicitar el aval en nombre de la entidad y que presenta la solicitud bien en nombre de una entidad o bien en representación de un grupo consolidable o una agrupación), con poder bastante al efecto, otorgado con fecha XXXX y que adjunto junto con copia compulsada del DNI, declaro conocer los requisitos para la concesión de avales recogidos en la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro, y acepto las condiciones establecidas en la misma. Asimismo, declaro que la entidad por mí representada cumple con los requisitos establecidos en la citada Orden y demás normativa que sea de aplicación.

En consecuencia solicito aval del Estado por (elegir la opción que se considere más adecuada):

a) El importe máximo que corresponda a la entidad por mí representada.

b) Un importe de XXXXX (expresar el importe en millones de euros sin decimales).

A estos efectos aporto la siguiente información:

1. Datos identificativos de la entidad que presenta la solicitud.

1.1 Nombre:

1.2 Domicilio Social:

1.3 CIF:

1.4 Calificación crediticia de la entidad:

1.5 Designación de personas y dirección a efectos de notificaciones:

1.6 Teléfono y persona de contacto:

1.7 Dirección de correo electrónico persona de contacto:.......

1.8 La solicitud se presenta (citar la opción que corresponda):

a) En nombre de una entidad de crédito.

b) En representación de un grupo consolidable.

c) En representación de una agrupación.

d) Amparándose en el supuesto del párrafo segundo del artículo 2.3 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre.

1.9 En caso de que la solicitud se presente en representación de un grupo consolidable o de una agrupación, indíquese entidades incluidas así como domicilio social y calificación crediticia de las mismas:

1.10 En caso de que se dé el supuesto previsto en el artículo 2.5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, indíquese nombre, calificación crediticia y domicilio social de la entidad o entidades que acumulan su cuota a la de la entidad solicitante:

2. Datos relativos a la cuota de mercado de la entidad:

2.1 Declaro que la cuota de mercado de NOMBRE (de la entidad, grupo consolidable o agrupación) es XXXXX, expresado en miles de euros, (en caso de grupo consolidable o agrupación se indicará la cuota total) y se corresponde con el epígrafe 2.4. Préstamos y créditos. Otros sectores correspondiente a residentes en España del estado UEM 1 del Boletín Estadístico del Banco de España, referida a mayo de 2009.

2.2 En el caso de grupos consolidables o agrupaciones el desglose de las cuotas individuales, expresadas en miles de euros, de las entidades que lo integran a los efectos de la mencionada solicitud es:.......

2.3 En el supuesto previsto en el artículo 2.5 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, se adjuntará declaración conjunta firmada por los representantes de ambas entidades, con poder bastante al efecto, indicando la cuota de mercado expresada en miles de euros, que se acumula a la de la entidad solicitante, y la existencia del acuerdo previo requerido por el mencionado precepto normativo.

3. Datos relativos a las emisiones realizadas durante los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 7/2008 de valores que puedan ser objeto de la presente garantía (se detallará para cada tipo de valor por separado).

3.1 Tipo de valor:

3.2 Código ISIN:

3.3 Importe emitido:

3.4 Plazo:

3.5 Tipo de interés resultante en el momento de la emisión:

4. Otros datos que puedan ser relevantes, a juicio del solicitante, a los efectos de esta solicitud:

Lugar, fecha y firma,

El representante de la entidad solicitante

 

Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

Avales Real Decreto-ley 7/2008.

Subdirección General de Cobros y Pagos del Estado.

Paseo del Prado, 4. 28014 Madrid.

Tercero. Información adicional.–En virtud de lo establecido en el artículo 5.4 de la Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, la Directora General del Tesoro y Política Financiera podrá solicitar las aclaraciones que estima oportunas sobre la información presentada según el modelo antes establecido, así como cualquier información adicional que estime conveniente.

Disposición final. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de julio de 2009.–La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.

 

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