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Documento BOE-A-2017-10446

Resolución de 1 de septiembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica la encomienda de gestión entre Parques Nacionales y el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, para la gestión de las solicitudes de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 12 de septiembre de 2017, páginas 89647 a 89649 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Referencia:
BOE-A-2017-10446

TEXTO ORIGINAL

El Subsecretario del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y el Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, han suscrito, con fecha 27 de julio de 2017, la Encomienda de gestión para la gestión de las solicitudes de la convocatoria de subvenciones (recepción y transmisión) para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 1 de septiembre de 2017.–El Subsecretario de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, José María Jover Gómez-Ferrer.

ANEXO
Encomienda de gestión entre el Organismo Autónomo Parques Nacionales y el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, para la gestión de las solicitudes de la convocatoria de subvenciones (recepción y transmisión) para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales

En Madrid, a 27 de julio de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Alfredo González-Panizo Tamargo, Subsecretario del Ministerio Economía, Industria y Competitividad nombrado para dicho cargo mediante Real Decreto 464/2016, de 11 de noviembre, en nombre y representación del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.b) de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias, y con domicilio a efectos de este convenio en el paseo de la Castellana, 162, 28046.

Y de otra, don Basilio Rada Martínez, Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por Orden AAA/1959/2012, de 5 de septiembre, actuando en nombre y representación del mismo, por delegación en virtud del artículo 1.f) de la Orden AAA/888/2012, de 24 de abril, sobre delegación de competencias en el Organismo Autónomo Parques Nacionales, y con domicilio a efectos de este convenio en José Abascal, 41, 28003 Madrid.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente encomienda de gestión, y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que el Organismo Autónomo Parques Nacionales, en lo sucesivo OAPN, tiene una línea abierta de subvenciones, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 y prorrogada en 2017, establecida mediante la Orden ARM/1498/2009, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales. La convocatoria del OAPN presenta unas características semejantes a lo dispuesto en las convocatorias de investigación fundamental no orientada del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación.

Segundo.

Que la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad tiene como atribuciones el impulso y coordinación de la política informática del ministerio y de sus diferentes organismos, el desarrollo de los sistemas de información necesarios para el funcionamiento de los servicios, la implantación de la administración electrónica en el departamento, la gestión y administración de las redes de comunicación de voz y datos, la administración del dominio de Internet y portal del ministerio, el asesoramiento y asistencia en materia de tecnologías de la información, y que de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.1.b) de la Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio, de delegación de competencias, el Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad es competente para la firma de esta encomienda de gestión.

Tercero.

Que a Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas recoge el derecho de los ciudadanos a utilizar los medios de comunicación electrónica para relacionarse con la Administración y regular sus derechos así como los registros electrónicos, estableciéndola como obligatoria en los supuestos regulados en el artículo 14 de la citada ley.

Cuarto.

Que el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad tiene desarrolladas, entre otras, aplicaciones informáticas para la solicitud, tramitación de ayudas y valoración de proyectos correspondientes a proyectos de investigación fundamental, que técnicamente se adecuan ampliamente a las subvenciones a proyectos de investigación a conceder por el Organismo Autónomo Parques Nacionales.

Quinto.

Que en aras de los principios de cooperación interadministrativa, de simplificación de procedimientos, de mejora de la eficiencia de la gestión pública y de colaboración institucional para llevar a cabo actuaciones en respuesta de objetivos compartidos, el Organismo Autónomo Parques Nacionales encomienda al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad en conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la recepción y transmisión de las solicitudes electrónicas de la de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.3 de la Orden ECC/523/2013, de 26 de marzo, por la que se crea y regula el Registro electrónico del Ministerio de Economía y Competitividad.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente acuerdo por el que se formaliza la encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad asumirá los trámites de recepción de solicitudes en su registro electrónico y transmitirá dichas solicitudes tanto a la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva, mediante su inclusión en la base de datos de dicha entidad, como al Organismo Autónomo Parques Nacionales para la continuación del procedimiento con sus propios medios.

Segunda.

El OAPN cooperará en la definición de los modelos de solicitudes y criterios de evaluación y continuará la tramitación de los expedientes con la información suministrada por el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

Tercera.

Se constituirá un grupo de trabajo compuesto, al menos, por un representante de la Subdirección responsable de las comunicaciones electrónicas del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y por otro representante del OAPN para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven de la presente encomienda de gestión.

Cuarta.

La subscripción de esta encomienda de gestión no generará ningún gasto adicional a ninguna de las partes.

Quinta.

La presente encomienda de gestión se aplicará a las convocatorias realizadas por el OAPN en el marco de la Orden ARM/1498/2009, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la Red de Parques Nacionales y se convocan para el año 2009, desde la firma de la encomienda hasta el transcurso de cuatro años.

Sexta.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público la eficiencia de esta encomienda de gestión se perfeccionará con su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente encomienda de gestión en la fecha y lugar arriba indicados.–El Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.–El Director del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Basilio Rada Martínez.

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