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Documento BOE-A-2017-11254

Resolución de 18 de septiembre de 2017, de la Universidad de Granada, por la que se corrigen errores en la de 27 de julio de 2017, por la que se convoca oposición libre para cubrir plaza de personal laboral con la categoría de Delineante (Grupo III).

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 3 de octubre de 2017, páginas 95855 a 95856 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-11254

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la convocatoria convocada por Resolución de 27 de julio de 2017, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 189, de 9 de agosto de 2017, por la que se convoca proceso selectivo libre por el sistema de oposición de 1 plaza de personal laboral con la categoría de Delineante, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

1. En el párrafo segundo del preámbulo, donde dice: «… ha resuelto convocar para su provisión mediante el sistema de oposición, 1 plaza de Personal Laboral fijo dotada presupuestariamente y que se halla vacante en la plantilla de esta Universidad, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia previo acuerdo con el Comité de Empresa. Esta plaza se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios, aprobada por Resolución del Rectorado de fecha 29/11/2016 (BOJA n.º 234 de 7 de diciembre)»., debe decir: «… ha resuelto convocar para su provisión de forma temporal mediante el sistema de oposición, 1 plaza de Personal Laboral Temporal con sujeción a las bases que a continuación se reproducen y que han sido elaboradas por la Gerencia».

2. En el punto 1.1. de las bases de convocatoria, donde dice: «Se convoca 1 plaza de personal laboral con la categoría de Delineante (Grupo III), vacante en esta Universidad, mediante el procedimiento de oposición libre.», debe decir: «Se convoca 1 plaza de Personal Laboral con la categoría de Delineante (Grupo III) con carácter temporal y con destino en esta Universidad, mediante el procedimiento de oposición libre.».

3. En el punto 1.7. de las bases de convocatoria, donde dice: «El primer ejercicio no se iniciará antes del día 1 de diciembre de 2017. La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas.», debe decir: «La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas.».

4. En el punto 7.3 de las bases de convocatoria, donde dice: «7.3… Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación definitiva de personas que han superado dicho proceso selectivo de acceso a la plaza convocada por orden de puntuación alcanzada…», debe decir: 7.2… Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública la relación definitiva de personas que han superado el proceso selectivo de contratación temporal de acceso a la plaza convocada por orden de puntuación alcanzada…».

5. En el punto 7.4 de las bases de convocatoria, donde dice: «7.4.», debe decir: «7.3».

6. En el punto 7.5. de las bases de convocatoria, donde dice: «7.5. El Presidente o Presidenta del Tribunal enviará copia certificada de la lista de personas que han superado el proceso selectivo al Rector/a de la Universidad.», debe decir: «7.4. Finalizado el proceso selectivo la Gerencia de la Universidad de Granada dictará Resolución por la que se propone la contratación temporal del candidato/ha seleccionado, especificando la fecha de contratación. Así mismo se publicará la relación con el resto de candidatos que habiendo superado los dos ejercicios del proceso selectivo obtuvieron una puntuación menor que el candidato seleccionado.».

7. En el punto 8.1. párrafo primero de las bases de convocatoria, donde dice: «… de la relación de personas que han superado el proceso selectivo a que se refiere la base anterior…», debe decir: «de la persona que ha superado el proceso selectivo de contratación temporal a que se refiere la base anterior…».

8. En el punto 8.2. de las bases de las bases de convocatoria, donde dice: «Será requisito indispensable para la firma del contrato como personal laboral fijo, superar el reconocimiento previo a que hace referencia el apartado a) del punto anterior.», debe decir: «Será requisito indispensable para la firma del contrato como personal laboral temporal, superar el reconocimiento previo a que hace referencia el apartado a) del punto anterior».

9. Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» que se dirigirán al Señor/a Rector/a Magnífico/a de la Universidad de Granada y se presentarán en la forma establecida en la Resolución de 27 de julio de 2017.

Granada, 18 de septiembre de 2017.–La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/09/2017
  • Fecha de publicación: 03/10/2017
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores de la Rersolución de 27 de julio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-9500).

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