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Documento BOE-A-2017-11290

Resolución de 2 de octubre de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica la relación de puestos a ofertar a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para acceso, por el sistema general de ingreso libre, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 4 de octubre de 2017, páginas 96133 a 96162 (30 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2017-11290

TEXTO ORIGINAL

Por Orden HAP/998/2016, de 17 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de junio), se convocaron las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, publicándose por Orden HFP/709/2017, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio), la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso libre en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.

Como fase previa al nombramiento de funcionarios de carrera de estos aspirantes se hace necesario realizar la oferta de las plazas que han de ser desempeñadas en dicha condición.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado de Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.b) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, de redistribución de competencias en materia de personal de la Administración del Estado, a propuesta de la Dirección General de la Función Pública, resuelve:

Primero.

Ofertar a los aspirantes seleccionados del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado de la Oferta de Empleo Público de 2016, que han accedido por el sistema general de ingreso libre, los puestos de trabajo incluidos en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.

Los aspirantes deberán solicitar destino, utilizando para ello el modelo 1, que se incluye, y una vez cumplimentado, presentarlo en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Dicha solicitud deberán presentarla en las Oficinas de Registro de la Dirección General de la Función Pública (calle de María de Molina 50, 28006 Madrid), en las de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno o del Instituto Nacional de Administración Pública (calle Atocha, 106, 28012 Madrid) o conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Posteriormente, y a efectos de agilizar la tramitación del procedimiento de nombramiento, los interesados deberán remitir fotocopia del escrito de petición sellado por el Registro correspondiente al número de fax 91 273 21 88 o al correo electrónico fp.nombramientos@correo.gob.es (Subdirección General de Gestión de Procedimientos de Personal de la Dirección General de Función Pública).

Tercero.

La adjudicación de destinos se efectuará a la vista de las peticiones presentadas por los aspirantes, según el orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento General de Ingreso de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del día 10 de abril), excepto en lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del día 17), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

Los aspirantes afectados por este último supuesto, podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, tal como precisa el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que deberán ser debidamente acreditadas mediante certificado médico oficial emitido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España y aquella otra documentación que el interesado considere oportuna.

Ante la posibilidad de que los aprobados por el cupo de reserva de discapacitados obtengan plaza de forma preferente en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se deberá incrementar el número de plazas que cada aspirante solicite en 36 plazas más.

Cuarto.

A los aspirantes que no presenten su solicitud de destino en el plazo señalado, de acuerdo con lo señalado en el apartado segundo de esta Resolución o en la misma no se incluyesen los puestos de trabajo suficientes para obtener uno de ellos, se les adjudicará destino en alguna de las vacantes del anexo I que resulten sin adjudicar, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes.

Quinto.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 2 de octubre de 2017.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado Martínez.

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