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Documento BOE-A-2017-12058

Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Auditorio de Galicia con objeto de organizar conjuntamente la celebración de las "VI Xornadas de Música Contemporánea de Santiago de Compostela 2017" a través del Centro Nacional de Difusión Musical. Temporada 2017-2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 21 de octubre de 2017, páginas 101900 a 101906 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-12058

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Auditorio de Galicia han suscrito, con fecha 4 de octubre de 2017, un Convenio con objeto de organizar conjuntamente la celebración de las «VI Xornadas de Música Contemporánea de Santiago de Compostela 2017» a través del Centro Nacional de Difusión Musical. Temporada 2017-2018, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 10 de octubre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y el Auditorio de Galicia con objeto de organizar conjuntamente la celebración de las «Vi Xornadas de Música Contemporánea de Santiago de Compostela 2017» a través del centro nacional de difusión musical. Temporada 2017-2018

En Madrid, a 4 de octubre de 2017.

De una parte, doña Montserrat Iglesias Santos, Directora General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (de ahora en adelante INAEM), en nombre y representación del citado organismo, con sede en la plaza del Rey, número 1 (28004) de Madrid, y CIF número Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 856/2014, de 3 de octubre, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre, en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el artículo 6.2.c) del Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre («BOE» número 306, del 20).

De otra, don Martiño Noriega Sánchez en calidad de Alcalde del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y Presidente del Consejo Rector del Organismo Autónomo Local «Auditorio de Galicia», con C.I.F. Q1500340C y domicilio en Santiago de Compostela (A Coruña) (C.P. 15705), avenida Burgo das Nacions, s/n, en virtud del poder de representación de esta entidad comprendido en el documento «Estatutos del Auditorio de Galicia», cuya fotocopia acompaña al presente convenio.

EXPONEN:

Que las partes están interesadas en la organización de los eventos culturales que se describen en la cláusula primera de este convenio, y, en virtud de cuanto queda expuesto, manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo el presente convenio, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS:

Primera. Objeto.

El objeto de este convenio es establecer las bases de colaboración entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante INAEM) y el Auditorio de Galicia (en adelante el Auditorio), con objeto de organizar conjuntamente la celebración de las VI Xornadas de Música Contemporánea 2017 programadas por el Centro Nacional de Difusión Musical (en adelante CNDM) dentro de su ciclo «Circuitos».

Todas las actuaciones tendrán lugar durante el año 2017 en Santiago de Compostela y consistirán en:

A) Conciertos:

1. Concierto del Grupo Cosmos 21 bajo la dirección de Carlos Galán.

Fecha: 7 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Centro Galego de Arte Contemporánea.

2. Concierto de Grupo Instrumental Siglo XX bajo la dirección de Florian Vlashi.

Fecha: 14 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Iglesia de la Universidad.

3. Concierto de Sigma Project.

Fecha: 20 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Iglesia de la Universidad.

4. Concierto de Magdalena Llamas, mezzosoprano y Luis Fernando Pérez, piano.

Fecha: 21 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Paraninfo de la Universidad.

5. Concierto de la Banda Municipal de Música bajo la dirección de Casiano Mouriño Maquieira.

Fecha: 22 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Teatro Principal.

6. Concierto de la Real Filharmonía de Galicia, con Matthieu Arama, violín y bajo la dirección de Paul Daniel.

Fecha: 26 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Auditorio de Galicia.

7. Concierto de Paulo González, gaita y Berta Fresco, piano.

Fecha: 27 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Paraninfo de la Universidad.

8. Concierto de Vertixe Sonora Ensemble.

Fecha: 28 de octubre.

Hora: 20:30.

Lugar: Centro Galego de Arte Contemporánea.

9. Concierto de Vox Stellae bajo la dirección de Luis Martínez.

Fecha: 3 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Iglesia de la Universidad.

10. Concierto del grupo Zoar.

Fecha: 4 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Paraninfo de la Universidad.

11. Concierto de Taller Atlántico Contemporáneo bajo la dirección de Diego García Rodríguez.

Fecha: 10 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Centro Galego de Arte Contemporánea.

12. Concierto de la Orquestra de Cámara Galega bajo la dirección de Rogelio Groba.

Fecha: 11 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Iglesia de la Universidad.

13. Concierto de La Phármaco con Luz Arcas, coreografía e interpretación, Carlos González, composición e interpretación musical, Jorge Colomer, iluminación, Heridadegato, diseño de vestuario y Ana Montes, escenografía.

Fecha: 17 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Auditorio de Galicia. Sala Mozart.

14. Recital de piano por Nicasio Gradaille.

Fecha: 18 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Centro Galego de Arte Contemporánea.

15. Concierto de Manuel Blanco, trompeta y Jesús Sánchez, piano.

Fecha: 24 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Paraninfo de la Universidad.

16. Concierto del Cuarteto Granados con Alicia Amo, soprano.

Fecha: 25 de noviembre.

Hora: 20:30.

Lugar: Iglesia de la Universidad.

B) Conciertos familiares.

1. Grupo de danza contemporánea do Conservatorio Profesional de Danza de Lugo y Grupo de percusión do Conservatorio Profesional de Música Xoán Montes de Lugo con las coreografías de Silvia Victoria Eijo, Alba Felpete, Ana Belén Ferreiro, Reyes González, Julia Penado y Xiana Vilas, bajo la dirección musical de Diego Ventoso.

Fecha: 29 de octubre.

Hora: 12:30.

Lugar: Auditorio de Galicia, Sala Mozart.

2. Orquestra da Universidade de Santiago de Compostela con Pablo Sampedro, narrador y bajo la dirección de Mario Diz.

Fecha: 12 de noviembre.

Hora: 12:30.

Lugar: Igrexa da Usc.

Segunda. Régimen jurídico.

El presente convenio se rige por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercera. Compromiso de las partes y financiación.

Del presente convenio no se derivan contraprestaciones económicas entre las partes que lo firman.

El INAEM se compromete a:

Contratar y abonar el caché de los intérpretes de los conciertos de los días 7, 20 y 21 de octubre y 24 y 25 de noviembre de 2017 por la cantidad máxima de veintisiete mil setecientos treinta euros (27.730 €) IVA incluido en su caso, cuantía que se articulará a través de contratos artísticos específicos, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.11.

Abonar los encargos de composición efectuados a los compositores Rubén Luis Someso, Jacobo Gaspar y Julián Ávila que se interpretarán como estrenos absolutos durante las Xornadas de Música Contemporánea 2017, por la cantidad de seis mil quinientos euros (6.500,00 €), cuantía que se articulará a través de contratos específicos, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.12.

Abonar inserciones publicitarias por importe máximo de cinco mil euros (5.000 €), IVA incluido. Dicho importe será abonado a la empresa adjudicataria del contrato correspondiente y se imputará a la aplicación presupuestaria 18.107.335A.280.18.

Difundir los conciertos por sus medios habituales.

La estimación económica de la participación del INAEM se cuantifica en un máximo de treinta y nueve mil doscientos treinta euros (39.230,00 €), IVA incluido, en su caso.

El Auditorio se compromete a:

Contratar y abonar el caché, IVA incluido, de los intérpretes de los conciertos de los días 14, 22, 26, 27, 28 y 29 de octubre y 3, 4, 10, 11, 12, 17 y 18 de noviembre.

Hacerse cargo de la gestión y producción integral de la totalidad de los conciertos y actividades educativas que figuran en la cláusula primera.

Abonar los gastos derivados de los derechos de autor.

Editar e imprimir el folleto del Festival así como los programas de mano de todos los conciertos.

Abonar los gastos del transporte, alquiler y afinación del piano y de otros instrumentos necesarios para los conciertos que así lo requieran.

Difundir los conciertos por sus medios habituales.

Llevar a cabo las actuaciones necesarias tendentes a poner a disposición las salas en las que se celebrarán los conciertos y correspondientes ensayos y las actividades educativas. Para ello, realizará las consiguientes gestiones ante quienes ostenten la titularidad de dichas salas en el caso de que no fueren de su propiedad, con el fin de que se proceda a su cesión gratuita.

Gestionar el sistema de venta de entradas.

Tener cubierta la responsabilidad civil para los días de conferencias, conciertos y ensayos.

La estimación económica de la participación del Auditorio se cuantifica en un máximo de treinta mil euros (30.000,00 €), IVA incluido.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.

Cuarta. Distribución de ingresos.

Todas las conferencias y los conciertos tienen carácter gratuito a excepción, en este último caso, del que tendrá lugar el día 26 de octubre (Real Filharmonía de Galicia), en cuyo caso, los ingresos obtenidos revertirán íntegramente en el Auditorio de Galicia.

Quinta. Promoción y difusión.

Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de todos los eventos.

En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de incluir los mismos.

Sexta. Contratos derivados del presente convenio.

Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Séptima. Control y seguimiento.

Para la gestión del objeto de este convenio los interlocutores serán: por el INAEM, don Juan Antonio Moral Rubio, Director del CNDM y por el Auditorio, don Xoaquín López González, Director-gerente del Auditorio.

Octava. Coordinación en materia de prevención de riesgos laborales.

El Auditorio certifica que cumple con los requisitos que impone la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa relacionada vigente. Por ello, asume el compromiso de comunicar al INAEM con la debida antelación, los riesgos que su trabajo en las dependencias de los espacios escénicos en los que tendrán lugar los conciertos y las actividades educativas puedan generar, así como las medidas preventivas que deben adoptarse para evitarlos o controlarlos, según el RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

Novena. Vigencia y modificación.

El presente convenio entrará en vigor en la fecha en la que firme el último de los signatarios y su vigencia se extenderá hasta el 25 de noviembre de 2017 incluido. En cualquier caso, los efectos se extenderán hasta la liquidación completa de las obligaciones dimanantes del mismo.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

La modificación de los términos del presente convenio y/o la prórroga de su vigencia requerirán la suscripción entre las partes de la correspondiente addenda.

Décima. Extinción.

El presente acuerdo podrá extinguirse por cumplimiento o por resolución.

Serán causas de resolución las previstas en la legislación vigente y, en particular:

a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) La decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En cualquier caso, ninguno de estos supuestos de resolución anticipada del acuerdo podrá afectar a las actividades que se encuentren en curso, que deberán ser finalizadas en los términos establecidos.

En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las obligaciones contraídas en virtud del presente acuerdo, las posibles indemnizaciones se regirán por lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Las partes quedan liberadas del cumplimiento de sus recíprocas obligaciones en caso fortuito o de fuerza mayor. Se entenderá, en todo caso, como supuesto de fuerza mayor, sucesos como incendios, inundaciones, guerras, actos vandálicos o de terrorismo, prohibición de las actividades por parte de la autoridad competente y, en general, todas aquellas que no se pudieran evitar. La parte que alegue la fuerza mayor deberá justificarla convenientemente.

Undécima. Colaboración entre las partes.

Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio.

Duodécima. Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo extrajudicial. En su defecto, será competente para conocer las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Decimotercera. Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno, este convenio será puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia y, conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, y publicados en el «Boletín Oficial del Estado».

Decimocuarta. Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por duplicado ejemplar y a un solo efecto.–En representación del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, la Directora general, Montserrat Iglesias Santos.–En representación del Auditorio de Galicia, el Alcalde del Ayuntamiento de Santiago de Compostela y Presidente del Consejo Rector, Martiño Noriega Sánchez.

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