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Documento BOE-A-2017-12765

Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo singular entre el Museo Nacional del Prado, la Fundación Bancaria "La Caixa" y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao, para la organización de la exposición temporal Goya y la Corte Ilustrada.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2017, páginas 106224 a 106249 (26 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-12765

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado, la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao, han suscrito, con fecha 7 de septiembre de 2017, un Acuerdo singular para la organización de la exposición temporal Goya y la Corte Ilustrada, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 20 de octubre de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Acuerdo singular entre el Museo Nacional del Prado, la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao para la organización de la exposición temporal Goya y la Corte Ilustrada

En Madrid, 7 de septiembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado (en adelante Museo del Prado) con domicilio en Madrid, Paseo del Prado s/n y CIF Q-2828018-H, representado por don José Pedro Pérez-Llorca, Presidente del Real Patronato del Organismo Público Museo Nacional del Prado, en ejercicio de la representación institucional que le corresponde en virtud del artículo 8 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre y del artículo 5.6 del Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, y por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, y en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004 de 12 de marzo, en su artículo 7.2.l.

De otra, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, «la Caixa», (en adelante Fundación Bancaria «la Caixa») entidad con domicilio social en Barcelona, Avenida Diagonal 621 y con CIF G-58899998, representada por su Directora General Adjunta, doña Elisa María Durán Montolío, actuando en nombre y representación, en calidad de apoderada de la Fundación Bancaria «la Caixa».

Y de otra, la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao-Bilboko Arte Ederren Museoa Fundazioa, provista de CIF n.º G95122321, con domicilio en Bilbao, Museo Plaza, n.º 2, código postal 48009, constituida con fecha 15 de noviembre de 2000 e inscrita en el Registro de Fundaciones del País Vasco, Sección 3.ª, con el número F-96, por Orden de 29 de marzo de 2001, del Consejero de Justicia, Trabajo y Seguridad Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV del 30 de abril de 2001), se haya representada por don Miguel Zugaza Miranda, en su condición de director, con DNI n.º 78866717Q, según delegación de facultades otorgadas ante el notario de Bilbao don Andrés María Urrutia Badiola, el 22 de marzo de 2017, con el número 431 de su protocolo.

Las partes, reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para contratar y obligarse mediante este documento, y manifestando los comparecientes tener vigentes sus poderes y ser suficientes para obligar a sus representadas,

MANIFIESTAN

I. Que el Museo Nacional del Prado (en adelante, MNP o Museo del Prado), en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley 46/2003 de 25 de noviembre, es un organismo público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus fines, entre los que destaca su compromiso por impulsar el conocimiento, difusión y comunicación de las obras y de la identidad cultural del patrimonio histórico adscrito al museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y demás actividades de divulgación cultural.

II. Que la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «la Caixa» (en adelante FBLC o «la Caixa») teniendo ésta como finalidad la realización de actividades y el desarrollo de programas en los ámbitos social, cultural, científico y medioambiental, con el fin de mejorar las condiciones de vida de las personas. Algunas de estas actividades las realiza en colaboración con instituciones públicas y privadas. Concretamente, en el ámbito cultural tiene establecidas alianzas con entidades de reconocido prestigio para la realización de exposiciones.

III. Que en aras de profundizar en el cumplimiento de sus objetivos, el Museo del Prado y Fundación Bancaria «la Caixa» suscribieron un Convenio Marco de Colaboración, de fecha 21 de septiembre de 2015, para continuar la alianza estratégica iniciada con el Convenio Marco de colaboración de julio de 2011, en cuya Cláusula Segunda se establece, como forma de articular dicha colaboración, la suscripción de Acuerdos Singulares para cada exposición en los que se que recojan de manera exhaustiva todas las condiciones de desarrollo y seguimiento de la actividad.

IV. Que la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao (en adelante MBAB) tiene como misión reunir, conservar, estudiar y exhibir la colección de arte antiguo, moderno y contemporáneo del Museo de Bellas Artes de Bilbao, procurar su enriquecimiento, mantener servicios y promover actividades de calidad con el fin de contribuir decisivamente a la educación de la sociedad y a la proyección de los valores culturales, principalmente de la Comunidad Autónoma Vasca.

V. Que las partes tienen previsto organizar la exposición temporal titulada «Goya y la corte ilustrada» (En adelante, la Exposición), comisariada por Manuela Mena, Jefe de Conservación de Pintura del siglo XVIII y Goya del Museo del Prado, y Gudrun Maurer, conservadora de la misma Área, para su presentación en CaixaForum Zaragoza, de septiembre de 2017 a enero de 2018 y, posteriormente, en el Museo de Bellas Artes de Bilbao, de febrero a mayo de 2018.

VI. Que, consecuentemente con lo anterior, las partes convienen suscribir el presente Acuerdo Singular, junto con sus anexos, con el fin de colaborar en la organización y realización de la mencionada Exposición y de las actividades complementarias que se acuerden relacionadas con la misma.

En su virtud, y de conformidad con la exposición que antecede, el presente Acuerdo Singular, se articula de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente Acuerdo Singular establecer las condiciones para la coorganización entre las Partes de la exposición «Goya y la corte ilustrada», para su exhibición en CaixaForum Zaragoza, del 18 de septiembre de 2017 al 28 de enero de 2018, y en el Museo de Bellas Artes de Bilbao, del 29 de enero al 8 de junio de 2018 (incluidos en ambos casos los períodos de montaje y desmontaje), así como para la realización de las correspondientes actividades complementarias, que se describen en el presente Acuerdo.

La muestra estará formada por 85 obras, de las cuales 69 pertenecen a las colecciones del MNP y 16 serán préstamos de otras instituciones culturales y colecciones particulares (en adelante, préstamos). En el MBAB se mostrarán, además, otras 2 obras del MNP en el contexto de esta muestra. La selección de obras que prestará el MNP aparece relacionada en el anexo A al presente Convenio.

Para su exhibición en el MBAB, la selección de obras podrá sufrir modificaciones como consecuencia de la adaptación del discurso científico del proyecto y las necesidades de conservación de las obras sobre papel.

Segunda. Sedes y fechas de la exposición.

La Exposición tendrá lugar en las fechas y sedes que se detallan a continuación:

– CaixaForum Zaragoza, con sede en la Avenida Anselmo Clavé, 4, 50004 Zaragoza. Del 28 de septiembre de 2017 al 21 de enero de 2018. Inaugurándose el día 27 de septiembre de 2017.

– Museo de Bellas Artes de Bilbao, con sede en la calle Museo Plaza, 2, 48009 Bilbao. Del 14 de febrero al 28 de mayo de 2018. Inaugurándose el día 13 de febrero de 2018.

En adelante en este documento, la denominación «sedes» se referirá conjuntamente a CaixaForum Zaragoza y el Museo de Bellas Artes de Bilbao.

Con el fin de considerar los períodos de montaje y desmontaje de la Exposición, se establecen los siguientes períodos de préstamo de las obras del MNP a cada una de las dos sedes:

– CaixaForum Zaragoza: desde el 18 de septiembre de 2017 hasta el 28 de enero de 2018.

– Museo de Bellas Artes de Bilbao: desde el 29 de enero hasta el 8 de junio de 2018.

Las fechas de la Exposición, y consecuentemente el período de préstamo a cada sede, podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes.

Tercera. Condiciones técnicas y condiciones de préstamo de la exposición.

En el anexo B (Condiciones Técnicas) al presente Acuerdo Singular figuran los términos en los que queda establecida la colaboración entre las partes para la coorganización de la Exposición.

En el anexo C (Condiciones de Préstamo) figuran las condiciones del MNP para el préstamo de las obras de sus propias colecciones relacionadas en el anexo A.

En el anexo D figura el Reparto de tareas y gastos asociados que resume el régimen económico de colaboración entre las partes, que resume lo establecido en la Cláusula cuarta del presente Acuerdo.

En el anexo E (Condiciones Técnicas de las salas de CaixaForum Zaragoza) figura el Informe de instalaciones de las salas de CaixaForum, así como sus plantas y alzados.

En el anexo F (Condiciones Técnicas de las salas del Museo de Bellas Artes de Bilbao) figura el Informe de instalaciones de las salas del MBAB, así como sus plantas y alzados.

Cuarta. Financiación.

El régimen económico de la colaboración entre las partes, en lo referido a las obras del MNP y los préstamos consensuados entre las tres partes que se incorporen a la Exposición, es el siguiente:

1. La FBLC asumirá, directamente o por contribución de terceros, en relación con ambas sedes, los gastos de transporte de la Exposición (a excepción de los casos detallados en el punto cuarto del anexo B), el aseguramiento de obras, el diseño de la Exposición y su imagen gráfica, el montaje y desmontaje de las obras, los gastos relativos al alojamiento del personal del Museo del Prado que asista a los montajes y desmontajes según los estándares de la entidad, el catálogo, el material promocional y la publicidad. En su propia sede asumirá asimismo la seguridad de su edificio (24h), la complementación de dicha seguridad con un número de vigilantes a decidir entre las partes durante las horas de apertura al público, la producción del montaje y desmontaje de la exposición, la organización de la rueda de prensa, de la inauguración y de la conferencia inaugural, el mantenimiento y limpieza de la exposición.

Del mismo modo, la FBLC se compromete a asumir los costes asociados a los préstamos de otras instituciones distintas del MNP para las dos Sedes, excepto en lo que respecta a los préstamos de obras que vayan a ser mostradas exclusivamente en la sede del MBAB, incluyendo tasas de préstamo, la preparación (que incluye la restauración de una obra, previa aprobación de su coste por parte de la FBLC) así como los gastos de seguro, y su transporte.

En relación a los gastos derivados por la asistencia a correos pertenecientes a instituciones distintas del MNP, sus viajes, sus dietas y su alojamiento, serán asumidos por cada sede. FBLC asumirá los relativos al montaje y desmontaje en CaixaForum Zaragoza, mientras que MBAB asumirá los de la suya.

La FBLC asumirá la producción del montaje y desmontaje de la exposición en CaixaForum Zaragoza, pero no será la encargada de la adecuación de la sala según el diseño acordado en MBAB.

La incorporación de estas obras a la Exposición deberá contar con la conformidad expresa de la FBLC.

2. El MBAB asume, directamente o por contribución de terceros y en relación con su propia sede, la cesión del espacio para la realización de la exposición, la seguridad del edificio (24h), la complementación de dicha seguridad con un número de vigilantes a decidir entre las partes durante las horas de apertura al público, la organización de la rueda de prensa, de la inauguración y de la conferencia inaugural, el mantenimiento y limpieza de la exposición, el servicio de monitorización de las visitas guiadas a la exposición para grupos escolares y/o de público general, y la colaboración para la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales, para la publicidad de la exposición.

El MBAB asumirá también todos los gastos asociados a la posible incorporación de préstamos para mostrarlos exclusivamente en su sede, distintos de las obras del MNP y de los préstamos que se acuerden conjuntamente.

El MBAB asume, la adecuación de la sala de la exposición y la producción del montaje según diseño de la exposición a excepción de la parte gráfica. El diseño de la adaptación del montaje en su sede se decidirá de mutuo acuerdo entre las tres partes.

El MBAB se compromete, durante los días de montaje y desmontaje de obras, a poner a disposición 2 restauradores, 3 operarios para la manipulación de obras, su iluminador y su ayudante, en el horario convenido de trabajo en sala.

3. El MNP, por su parte, asume los costes relativos a la preparación de sus obras para el transporte y, en caso de que fuera necesario, su restauración. Asimismo, se hará cargo de los costes derivados de la participación de su personal en el proyecto (directivos, encargados de tareas de comisariado, coordinación, conservación y restauración), así como de sus desplazamientos y manutención cuando viajen por motivos del proyecto (excepto los gastos relativos al alojamiento de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios para trabajar en montajes y desmontajes, que correrán a cargo de la FBLC). En estas partidas queda incluida la cesión por parte del MNP de los derechos de propiedad intelectual que corresponda en cada caso.

Los compromisos económicos adquiridos por el MNP en virtud del presente acuerdo le supondrá asumir un gasto total previsto de 17.000 euros, a repartir en las siguientes anualidades: 9.000,00 euros en el ejercicio 2017 y 8.000 euros en el ejercicio 2019.

Cada una de las partes asumirá los impuestos que se devenguen de su respectiva aportación o colaboración.

Quinta. Precio.

La Comisión Permanente del Museo del Prado, en su sesión del 25 de enero de 2017 ha acordado exonerar a la Fundación Bancaria «la Caixa» y a la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao del pago del precio por el préstamo de las obras de sus colecciones integrantes de la exposición, estipulado en la Resolución de la Comisión Permanente del Real Patronato del Museo Nacional del Prado de 22 de febrero de 2013, y en su posterior modificación de 24 de abril de 2013, por la que se aprobaron las tarifas que serán de aplicación, según refleja el artículo 5.º relativo a las Normas específicas aplicables a los préstamos de obras de arte y lo reflejado en el correspondiente anexo B de las mismas para atender estos gastos.

Sexta. Vigencia.

De acuerdo con el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el período de vigencia del presente Convenio se inicia el día en que sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sea igualmente publicado en el «Boletín Oficial del Estado», y concluye con el fin de las actuaciones contempladas en el mismo y en todo caso, hasta la devolución de las obras al Museo del Prado o lugares que el Museo del Prado indique tras finalizar la tercera sede de la exposición.

Séptima. Comisión de seguimiento.

Como mecanismo de vigilancia y supervisión de la ejecución se constituye una comisión conjunta de seguimiento, compuesta por cuatro (6) personas, dos (2) de ellas designadas por el Museo del Prado, dos (2) designadas por la Fundación Bancaria «la Caixa» y dos (2) designadas por la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao, que se asegurará de que se da cumplimiento a las cláusulas del presente Acuerdo, y que resolverá cualquier cuestión que surja en relación con el desarrollo de la Exposición.

Octava. Extinción.

El presente Acuerdo se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

El cumplimiento y la resolución del presente acuerdo darán lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes.

Novena. Validez del Acuerdo.

Si cualquiera de las disposiciones de este Acuerdo fuera considerada ilegal, inválida o inaplicable por cualquier motivo, las demás disposiciones continuarán teniendo plena vigencia y validez.

Décima. Legislación aplicable y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza interadministrativa, se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de los previstos en el artículo 47.2 c) de la citada Ley 40/2015. De igual modo está excluido del ámbito de aplicación de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.d) de dicho texto legal, si bien se aplicarán sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

En el supuesto de que surgieran dudas o discrepancias sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente acuerdo, se resolverán en primera instancia en el seno de la Comisión de seguimiento y si no se alcanzase un acuerdo extrajudicial, las partes solventarán éstas sometiéndose, con renuncia a cualquier fuero jurisdiccional que pudiera corresponderles, a la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el portal de Transparencia, en aplicación de los dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno (art. 8.1 b).

Y en prueba de conformidad las partes firman el presente acuerdo por triplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha en el encabezamiento.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.–La Directora General Adjunta de la Fundación Bancaria «la Caixa», Elisa María Durán Montolío.–El Director de la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao, Miguel Zugaza Miranda.

Anexo A: Listado de Obras de la Exposición Temporal.

Anexo B: Condiciones Técnicas de la Exposición Temporal.

Anexo C: Condiciones de Préstamo de la Exposición Temporal.

Anexo D: Reparto de Tareas y Costes Asociados.

Anexo E: Condiciones Técnicas de las Salas de Caixaforum Zaragoza.

Anexo F: Condiciones Técnicas de las Salas del MBAB.

Anexo G: Características Técnicas Aplicables al Uso del Logotipo MNP.

ANEXO A
Listado de Obras de la Exposición Temporal Goya y la Corte Ilustrada

Préstamos para Caixaforum Zaragoza y Museo de Bellas Artes de Bilbao

Valoración a efectos de seguro: 151.761.100 euros

N.º Cat.

Autor

Título

Fecha

Técnica/Soporte

Medidas sin marco

Valor en euros

P00737

Francisco de Goya.

Carlos III, cazador.

Hacia 1786

Óleo sobre lienzo.

207 x 126

10.000.000

P08179

Bonito, Giuseppe.

Leopoldo de Gregorio, marqués de Esquilache.

1759

Óleo sobre lienzo.

128,5 x 103,5.

120.000

P03255

Goya y Lucientes, Francisco de.

José Moñino y Redondo, conde de Floridablanca.

1781

Óleo sobre lienzo.

196 x 116,5

8.000.000

P05539

Francisco de Goya.

Cazador cargando su escopeta.

1775

Óleo sobre lienzo.

292 x 50

1.500.000

P02856

Francisco de Goya.

Caza con reclamo.

1775

Óleo sobre lienzo.

112 x 179

1.000.000

P02524

Francisco de Goya.

Niños con perros de presa.

1786

Óleo sobre lienzo.

112 x 145

1.500.000

P00790

Francisco de Goya.

El muchacho del pájaro.

1780

Óleo sobre lienzo.

262 x 40

500.000

P02496

Francesco Celebrano.

Montería.

Hacia 1765

Óleo sobre lienzo.

121 x 154

150.000

D07420

Lorenzo Tiepolo.

El infante don Antonio Pascual de Borbón y Sajonia (¿?).

1763

Pastel sobre papel.

400 x 280

600.000

D07422

Lorenzo Tiepolo.

El infante don Javier de Borbón (¿?).

1763

Pastel sobre papel.

400 x 300

600.000

P02894

José del Castillo.

Bodegón de caza con aves y liebre.

1774

Óleo sobre lienzo.

134 x 134

150.000

P00265

Mariano Nani

Bodegón de caza: liebre y varias aves.

1786 - 1787

Óleo sobre lienzo.

72 x 48

200.000

P00933

Luis Egidio Meléndez.

Bodegón con pichones, cesta de comida y cuencos.

Tercer cuarto del siglo XVIII.

Óleo sobre lienzo.

50 x 36

2.000.000

ODG064

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater. Madrid, 30-VIII-1780.

1780

Papel.

210 x 149 mm.

250.000

ODG067

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater. [s.l.] [s.f.].

Hacia 1781

Papel.

206 x 304 mm.

250.000

ODB015

Francisco Bayeu.

Carta de Francisco Bayeu a Martín Zapater, 15 marzo 1780.

1780

Papel.

208 x 150 mm.

6.000

ODB031

Francisco Bayeu.

Carta de Francisco Bayeu a Martín Zapater.

Papel.

210 x 310 mm.

6.000

ODB021

Francisco Bayeu.

Carta de Francisco Bayeu a Martín Zapater, Madrid 29 julio 1780.

1780

Papel.

206 x 300 mm.

6.000

ODB053

Martín Zapater.

Carta de Martín Zapater a Francisco Bayeu, Zaragoza 5 marzo 1788.

1788

Papel.

207 x 152 mm.

12.000

ODY011

Fray Manuel Bayeu.

Carta de fray Manuel Bayeu a Martín Zapater, 18 septiembre 1777.

1777

Papel.

210 x 302 mm.

6.000

ODG015

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater. Madrid, 20 septiembre 1783.

1783

Papel.

209 x 304 mm.

250.000

ODG084

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater. [s.l.] 7-VII [1786].

1786

Papel.

205 x 147 mm.

250.000

P00804

Francisco de Goya.

La Gallina Ciega.

1778

Óleo sobre lienzo.

269 x 350

25.000.000

P00787

Francisco de Goya.

La novillada.

1780

Óleo sobre lienzo.

259 x 136

8.000.000

P00803

Francisco de Goya.

Muchachos trepando a un árbol.

1791 - 1792

Óleo sobre lienzo.

141 x 111

1.500.000

P00788

Francisco de Goya.

El resguardo de tabacos.

1780

Óleo sobre lienzo.

262 x 137

8.000.000

P04180

Francesco Battaglioli.

Vista del Palacio de Aranjuez.

1756

Óleo sobre lienzo.

68 x 112

100.000

P02477

Charles-Joseph Flipart.

Fiesta en un jardín.

Mediados del siglo XVIII.

Óleo sobre lienzo.

48 x 69

150.000

P07980

Charles-Joseph Flipart.

El juego de balón.

Hacia 1779

Óleo sobre lienzo.

51,8 x 59,6

100.000

P00330

Francesco Sasso.

El charlatán de aldea.

Mediados del siglo XVIII.

Óleo sobre lienzo.

105 x 126

100.000

P00331

Francesco Sasso.

Reunión de mendigos.

Mediados del siglo XVIII.

Óleo sobre lienzo.

105 x 126

100.000

P07804

Giandomenico Tiepolo.

El charlatán veneciano.

Hacia 1765

Óleo sobre lienzo.

34 x 58,1

1.000.000

P00605

Bayeu y Subías, Francisco.

El puente del Canal de Madrid.

1784 - 1785

Óleo sobre lienzo.

36 x 95

300.000

P00606

Bayeu y Subías, Francisco.

El paseo de las Delicias.

1784 - 1785

Óleo sobre lienzo.

37 x 56

300.000

P02522

Ramón Bayeu.

El ciego músico.

Hacia 1786

Óleo sobre lienzo.

93 x 145

300.000

P07723

José del Castillo.

La pradera de San Isidro.

1785

Óleo sobre lienzo.

49 x 99,5

200.000

P06732

José Camarón Bonanat.

Una romería.

Hacia 1785

Óleo sobre lienzo.

83 x 108

300.000

P00641

Antonio Carnicero Mancio.

Ascensión de un globo Montgolfier en Aranjuez.

Hacia 1784

Óleo sobre lienzo.

169 x 279,5

500.000

P00782

Francisco de Goya.

La acerolera.

1779

Óleo sobre lienzo.

259 x 100

4.000.000

P03935

José del Castillo.

La bollera de la fuente de la Puerta de San Vicente.

1780

Óleo sobre lienzo.

267 x 93

350.000

P03936

José del Castillo.

La naranjera y un majo junto a la Fuente del Abanico.

1779

Óleo sobre lienzo.

267 x 95

350.000

P00795

Francisco de Goya.

La vendimia o El Otoño.

1786

Óleo sobre lienzo.

267,5 x 190,5.

20.000.000

P00802

Francisco de Goya.

El pelele.

1791 - 1792

Óleo sobre lienzo.

267 x 160

24.000.000

P02497

Mariano Salvador Maella.

La Primavera.

1805 - 1806

Óleo sobre lienzo.

144 x 77

100.000

P00875

Mariano Salvador Maella.

Pescadores.

1784

Óleo sobre lienzo.

56 x 75

100.000

P00874

Mariano Salvador Maella.

El embarque.

1784

Óleo sobre lienzo.

56 x 74

100.000

P02862

Francisco de Goya.

La reina María Luisa con tontillo.

Hacia 1789

Óleo sobre lienzo.

205 x 132

10.000.000

P02401

Anónimo.

María Luisa de Borbón, Gran Duquesa de Toscana.

Siglo XVIII.

Óleo sobre lienzo.

90 x 66,5

150.000

P02392

Jacopo Amigoni.

La infanta María Antonia Fernanda, hija de Felipe V.

Hacia 1750

Óleo sobre lienzo.

103 x 84

300.000

P08066

Antonio Joli.

Visita de la reina María Amalia de Sajonia al Arco de Trajano en Benevento.

Hacia 1759

Óleo sobre lienzo.

77,5 x 131

250.000

P02440

Mariano Salvador Maella.

Carlota Joaquina, infanta de España, reina de Portugal.

1785

Óleo sobre lienzo.

177 x 116

1.500.000

P03238

Vicente López Portaña.

María Pilar de la Cerda y Marín de Resende, duquesa de Nájera.

Hacia 1795

Óleo sobre lienzo.

114 x 91

1.400.000

P02453

Ramón Bayeu.

Obsequio campestre.

Hacia 1786

Óleo sobre lienzo.

183 x 146

350.000

P01043

Luis Paret y Alcázar.

Ramillete de flores.

Hacia 1780

Óleo sobre lienzo.

40,4 x 35,5

1.000.000

P03250

Luis Paret y Alcázar.

María de las Nieves Micaela Fourdinier, esposa del pintor.

Hacia 1782

Óleo sobre cobre.

37 x 27,7

1.500.000

O00278

Fábrica de porcelana de Chelsea.

Candelero.

Hacia 1765

Porcelana tierna.

Alto: 30

35.000

O00279

Fábrica de porcelana de Chelsea.

Candelero.

Hacia 1765

Porcelana tierna.

Alto: 30

35.000

O00274

Anónimo.

Abanico con varillaje de nácar.

Siglo XVIII.

Papel pintado.

Alto: 25,5

22.000

ODG043

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater. 25 abril 1789.

1789

Papel.

214 x 152 mm.

250.000

P07102

Francisco de Goya.

Carlos IV.

h. 1789

Óleo sobre lienzo.

127,3 x 94,3

4.500.000

P0103

Mariano Salvador Maella.

María Luisa de Parma.

1789-1792

Óleo sobre lienzo.

107 x 80

120.000

G02832

Salvador Carmona, Manuel -Grabador-; Beratón, José -Dibujante-.

Manuel Godoy.

1795

Grabado de puntos; Talla dulce: aguafuerte y buril/ Papel verjurado.

174 x 111 mm.

600

O01597

Macazaga, José Ignacio de.

La ciudad de Osma a Manuel Godoy.

1806

Plata.

Diámetro: 26 mm/Grosor: 3 mm.

9.000

O02957

Ducker, Guillermo (atribuido a).

Mariano Luisa de Urquijo.

h.1800

Aguada de pigmentos sobre marfil.

Diámetro 6 cm.

27.500

ODG052

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater, diciembre 1790.

1790

Papel.

216 x 298 mm.

250.000

P07775

Francisco de Goya.

Autorretrato.

1795

Óleo sobre lienzo (sin forrar).

18,2x 12,2

1.500.000

ODG097

Francisco de Goya.

Carta de Goya a Martín Zapater, 23 de abril de 1794.

1794

Papel.

206 x 152 mm.

250.000

P00721

Francisco Bayeu.

Autorretrato.

1795

Óleo sobre lienzo.

112 x 84

6.000.000

ODB046

Francisco Bayeu.

Carta de Francisco Bayeu a Martín Zapater.

1795

Papel.

206 x 298 mm.

6.000

Préstamos en exclusiva para el Museo de Bellas Artes de Bilbao

Valoración a efectos de seguro: 26.000.000 euros

N.º Cat.

Autor

Título

Fecha

Técnica/Soporte

Medidas sin marco

Valor en euros

P00722

Francisco de Goya.

Leocadia Zorrilla (¿).

1814-1816

Óleo sobre lienzo.

82,5 x 58,2

20.000.000

P00736

Francisco de Goya.

El general don José de Urrutia.

h. 1798

Óleo sobre lienzo.

199,5 x 134,5

6.000.000

ANEXO B
Condiciones Técnicas de la Exposición Temporal Goya y la Corte Ilustrada

Estas condiciones estarán vigentes durante el desarrollo del proyecto y FBLC se compromete a hacer frente su cumplimiento, según el siguiente calendario expresado en el Acuerdo Singular:

CaixaForum Zaragoza, con sede en la Avenida Anselmo Clavé, 4, 50004 Zaragoza. Del 28 de septiembre de 2017 al 21 de enero de 2018.

Museo de Bellas Artes de Bilbao, con sede en la calle Museo Plaza, 2, 48009 Bilbao. Del 14 de febrero al 28 de mayo de 2018.

Primera. Selección de obras para la Exposición.

La Exposición en CaixaForum Zaragoza estará formada por 85 obras, de las cuales 69 pertenecen a las colecciones del MNP y 16 serán préstamos de otras instituciones culturales y colecciones particulares (en adelante, préstamos). En el MBAB se mostrarán, además, otras 2 obras del MNP en el contexto de esta muestra. La selección de obras que prestará el MNP aparece relacionada en el anexo A al presente Convenio.

La selección de obras que prestará el MNP aparece relacionada en el anexo A al presente Convenio.

La selección final de obras podrá reducirse excepcionalmente de mutuo acuerdo entre las partes atendiendo a las posibilidades museográficas de las sedes. Asimismo, para su exhibición en el MBAB, la selección de obras podrá sufrir modificaciones como consecuencia de la adaptación del discurso científico del proyecto y las necesidades de conservación de las obras sobre papel.

El MNP se reserva el derecho de modificar parcialmente la selección de obras de sus colecciones por razones de conservación o por inadecuadas condiciones medioambientales y de seguridad y/o de instalación de las sedes.

La selección de préstamos será acordada conjuntamente entre las partes.

Las sedes podrán decidir incorporar otros préstamos para mostrarlos exclusivamente en su propia sede, distintos de las obras del MNP y de los préstamos que se acuerden conjuntamente. La inclusión de tales obras deberá ser aprobada por el MNP. La sede que decida incorporarlas será responsable única de su solicitud, de la tramitación de los préstamos y de los gastos asociados a los mismos, quedando las gestiones correspondientes al margen del presente acuerdo.

Segunda. Comisariado.

El comisariado de la Exposición correrá a cargo del personal científico del MNP citado en el Expositivo V de este Acuerdo.

Las Comisarias de la Exposición realizarán las siguientes tareas:

– Elaboración del concepto de la exposición.

– Presentación de la selección de obras que ilustrarán el proyecto

– Redacción de los textos necesarios para el catálogo, notas de prensa, material de difusión, salas de exposición y otros apartados relativos al proyecto.

– Asesoramiento y supervisión del montaje de la exposición en cada una de las sedes.

– Siempre y cuando su agenda se lo permita, para cada una de las sedes, asistencia a la inauguración de la exposición, realización de una conferencia inaugural y asistencia y participación en la rueda de prensa, así como participación en cualquier otro acto de difusión de la exposición que el departamento de Comunicación de la Fundación Bancaria «la Caixa» y de el MBAB, en su caso, organicen (declaraciones sobre la exposición, visitas a la exposición con los medios de comunicación, etc.). El calendario de acciones de comunicación de cada sede será consensuado con el Área de Comunicación del MNP, que tendrá en cuenta la disponibilidad o no de las Comisarias o, en su defecto, de algún otro representante del MNP que pudiera cumplir las funciones requeridas en cada caso.

Tercera. Coordinación técnica.

El MNP, junto con la Fundación Bancaria «la Caixa» y el MBAB, coordinarán y supervisarán todos los servicios y trabajos necesarios para la organización y el desarrollo de la Exposición, a través de un Coordinador Técnico designado en cada institución organizadora.

En relación con los préstamos de obras distintas de las del MNP para las dos sedes de la Exposición, el MNP realizará el primer contacto con los prestadores a través de la remisión de las cartas de petición de préstamo y, posteriormente, la FBLC y el MBAB firmarán los acuerdos correspondientes para formalizar los préstamos y se ocuparán de su gestión. Los préstamos de obras distintas de las del MNP se regirán por las condiciones que establezcan sus propietarios en cada caso.

Las partes se apoyarán mutuamente para llevar a buen fin el proyecto y harán lo posible para obtener los préstamos de obras distintas de las del MNP para las dos sedes de la Exposición.

Cuarta. Construcción de embalajes, transporte y seguro.

La FBLC se encargará de la gestión, contratación y financiación de los servicios de construcción de embalajes, transporte y seguro de la Exposición., tanto de las obras del MNP y sus sedes depositarias, como de los préstamos de otras instituciones acordados por las partes. Las empresas seleccionadas deberán contar con el visto bueno del MNP.

Los transportes de la Exposición incluirán:

– Transportes previos a la Exposición: transportes desde domicilios de origen al MNP de obras del MNP depositadas en otras instituciones y de préstamos que deban trasladarse al MNP con anterioridad a la Exposición.

– Transportes de la Exposición: desde el MNP y otros domicilios de origen hasta CaixaForum Zaragoza; desde CaixaForum Zaragoza al MBAB; transportes de devolución de obras y préstamos desde el MBAB hasta los domicilios de origen (MNP y prestadores) tras la clausura de la Exposición en esa sede.

FBLC no asume los transportes derivados de la participación de las obras de esta exposición en otras presentaciones ajenas a este Acuerdo (transportes desde CaixaForum Zaragoza al Museo Lázaro Galdiano de Madrid, y del Museo Lázaro Galdiano de Madrid al Museo de Bellas Artes de Bilbao).

Los costes de los transportes internacionales serán repartidos entre FBLC y el MBAB, asumiendo el primero el transporte de concentración y el segundo la devolución del cuadro del Museo de Ponce a origen tras la clausura de la exposición en la sede de Bilbao.

Las obras se transportarán en embarques diferenciados que vendrán determinados tanto por las rutas requeridas para sus traslados en función de sus domicilios de origen y destino, como por sus valoraciones por la consiguiente necesidad de reparto de valores acumulados en cada embarque. El MNP tendrá la prerrogativa para determinar el número de embarques requerido para las obras de sus colecciones.

El MNP solicitará protección policial oficial para los traslados de las obras. En caso de no ser concedida, la FBLC se hará cargo de la cobertura de los gastos de seguridad privada.

La FBLC contratará y asumirá un seguro comercial «clavo a clavo» que incluya las coberturas exigidas por el MNP y por los diferentes prestadores para el aseguramiento de las obras. En el caso de las obras que deban trasladarse al MNP con anterioridad a la Exposición (depósitos del MNP en otras instituciones y préstamos), la FBLC contratará y asumirá además un seguro comercial previo al de la Exposición para cubrir su transporte desde las manipulaciones en los domicilios de origen para el transporte al MNP, y hasta la entrega y desembalaje en el MNP.

Quinta. Preparación de obras y restauración.

El MNP llevará a cabo las tareas de restauración y preparación de sus obras, previas al préstamo, que resulten necesarias.

Si durante el desarrollo de la Exposición fuera necesario realizar alguna intervención de conservación o restauración en las obras siempre será llevada a cabo únicamente por el personal del MNP.

La FBLC asumirá los gastos asociados con la preparación de obras y la restauración de los préstamos, distintos de los fondos museográficos y documentales pertenecientes al MNP. La restauración de obras recibidas en préstamo por las partes para la Exposición deberá contar con la aprobación expresa de la FBLC en lo relativo a los gastos asociados.

La FBLC asumirá el pago de la restauración del retrato de Ramón de Pignatelli y Moncayo (colección particular), que llevará a cabo personal externo en los talleres del MNP, previo acuerdo con el propietario.

El MNP asumirá los costes de la restauración del retrato de Martín Zapater (colección particular) en sus propios talleres, previo acuerdo con el propietario.

En relación con los préstamos que el MBAB mostrará exclusivamente en su sede, el MNP asumirá i los costes de la restauración del retrato de Pantaleón Pérez de Nenín (Colección BBVA) en sus propietario.

Sexta. Diseño general de la exposición.

El MNP será el responsable del discurso general del proyecto expositivo. La FBLC, de común acuerdo con el MNP, contratará al arquitecto encargado de adaptar dicho discurso y de producir el diseño general de la Exposición en cada una de las sedes. Dicho diseño deberá ser consensuado con el MNP, y con el MBAB para la presentación de la Exposición en su sede, quienes deberán aprobarlos. Este diseño podrá ser modificado conforme a las directrices propuestas por las comisarias de la Exposición, y por acuerdo entre las partes.

El diseño general de la Exposición en cada una de las sedes incluirá: imagen gráfica de la exposición, diseño general de la sala, color de las paredes, gráfica, soportes de promoción y difusión (invitaciones, folleto, carteles, carpeta de prensa, publicidad, páginas web), montaje museográfico, multimedia (en su caso) y material educativo. La FBLC proporcionará al MNP y al MBAB (para lo referido a su sede) las artes finales para su aprobación previa a la fase de producción.

Los textos que se reproducirán en los soportes gráficos de la exposición (textos de sala) serán proporcionados por el MNP a la FBLC. La FBLC se reserva el derecho de proponer modificaciones en función de sus criterios educativos. Los textos de los soportes de promoción y difusión serán redactados por la FBLC a partir de los textos proporcionados por el MNP, y deberán contar con la aprobación del MNP, y del MBAB para lo relativo a su sede.

Séptima. Producción del montaje.

Correrán por cuenta de la FBLC la cesión de la sala para albergar la Exposición en CaixaForum Zaragoza, así como la gestión, contratación y financiación de los servicios de montaje y desmontaje de la exposición en su sede. El MBAB será responsable de la adecuación de la sala y producción del montaje según el diseño acordado con la FBLC y el MNP.

Para la contratación de los servicios de montaje la FBLC deberá contar con el asesoramiento previo preceptivo del MNP, y del MBAB para su propia sede.

La FBLC designará un responsable que coordinará y supervisará el desarrollo de los trabajos a realizar por el equipo de montaje o la empresa contratada. El coordinador de la exposición por parte del MNP se desplazará a las sedes, antes de la llegada de las obras, para supervisar el correcto estado de la instalación museográfica y las condiciones ambientales de la sala.

Octava. Montaje y desmontaje de las obras y correos.

El montaje y desmontaje de las obras de arte integrantes de la Exposición en cada una de las sedes se llevará a cabo por equipos especializados cuya contratación y financiación correrá a cargo de la FBLC.

El montaje y desmontaje de obras en la sede del MBAB será asumido por FBLC, el MBAB se compromete, durante los días de montaje y desmontaje de obras, a poner a disposición de FBLC un equipo de 2 restauradores, 3 operarios de manipulación de obras a su iluminador y ayudante en el horario convenido de trabajo en sala.

En el caso de las piezas que solo se exponen en MBAB, la responsabilidad de su montaje y desmontaje en sala será del propio museo, siendo posible montarlas con los equipos contratados por FBLC.

El citado montaje será supervisado por los técnicos del MNP y los representantes del resto de prestadores, que actuarán como correos, y los coordinadores de las instituciones organizadoras. La FBLC se compromete a cumplir con todas las indicaciones que sean fijadas por los correos durante el proceso de instalación de las obras.

Todos los gastos derivados del desplazamiento y dietas de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarias del MNP serán asumidos por el MNP. Todos los gastos de alojamiento de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarias del MNP serán asumidos por la FBLC.

Las condiciones de viaje de los correos que supervisen los préstamos de obras distintas de las del MNP serán las que establezcan los propietarios de dichas obras. Los gastos derivados de los desplazamientos, alojamiento y dietas de estos correos serán asumidos por la FBLC en su sede de CaixaForum Zaragoza y por el MBAB en su sede.

Novena. Condiciones de la sala y revisión de instalaciones.

Además del personal supervisor del montaje y desmontaje de las obras, el MNP enviará personal técnico a las salas de la exposición para la inspección general previa de sus instalaciones, antes del montaje de la Exposición.

La FBLC y el MBAB se comprometen a cumplir con todas las indicaciones que sean fijadas por el MNP como consecuencia de la revisión de las instalaciones de las salas, en consonancia con lo establecido en el anexo C (Condiciones de préstamo).

La FBLC y el MBAB proporcionarán al Servicio de Exposiciones del MNP gráficas que reflejen los niveles de humedad relativa y temperatura de las salas, antes de la celebración de la exposición y de forma quincenal durante el desarrollo de la misma. No obstante, el MNP podrá solicitar lecturas de niveles termo-higrométricos, cuando considere oportuno, con el fin de llevar a cabo el correcto seguimiento de las condiciones de conservación de las salas, conforme figura en el anexo C.

La FBLC y el MBAB asumirán, en relación con su respectiva sede: la cesión del espacio para la realización de la exposición; la seguridad en sus edificios (24h), que completarán con un número de vigilantes a decidir entre las partes durante las horas de apertura al público; el almacenaje de embalajes vacíos durante la exposición; la organización y celebración de la rueda de prensa, la inauguración y la conferencia inaugural; el mantenimiento y limpieza de la exposición; el servicio de monitorización de las visitas guiadas a la exposición para grupos escolares y/o de público general (incluyendo las visitas VIP que se soliciten); y la gestión de los permisos pertinentes de la Administración local para la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales, para acceso de vehículos y publicidad de la exposición.

Cualquier incumplimiento, aun involuntario, de las condiciones medioambientales y de seguridad en las salas, podrá implicar la retirada parcial o total e inmediata de las obras en la Exposición si el MNP lo estima necesario. En todo caso, si en el transcurso de la exposición se dieran circunstancias excepcionales de conservación en las salas, la FBLC y el MBAB se comprometen a tomar las medidas necesarias para restablecer las condiciones fijadas en el anexo C, según las indicaciones del MNP.

Todos los gastos de desplazamiento y de alojamiento del personal técnico del MNP serán gestionados y asumidos por la FBLC y el MBAB en relación con sus respectivas sedes, siempre que resulten necesarios como consecuencia de la alteración de las condiciones de conservación de las obras expuestas y de la supervisión de las condiciones de seguridad de sus salas.

Décima. Incidencias generales.

Cualquier incidencia que surgiera durante el desarrollo de la Exposición será comunicada con carácter inmediato al Servicio de Exposiciones del MNP.

Undécima. Promoción y difusión.

La FBLC asumirá la gestión, producción y gastos de los materiales de promoción y difusión de la exposición que estime oportuno desarrollar para cada una de las sedes y, en todo caso, deberá hacerse cargo de los gastos asociados a la edición o contratación de los siguientes soportes: folletos, invitaciones y contratación de espacios publicitarios, la producción y montaje de la señalización interior y exterior de las sedes y de la cartelería de publicidad exterior, si se contemplara este soporte, así como una visita virtual de la exposición en la web de la FBLC. Todo el material será supervisado y aprobado por el MNP, y por el MBAB en el caso de su propia sede, antes de su producción.

En toda la difusión gráfica y sonora constará la colaboración entre el MNP, la FBLC y el MBAB.

La FBLC y el MBAB (en el caso de la segunda sede) colaborarán en la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales, para la publicidad de la Exposición.

La FBLC y el MBAB (en el caso de la segunda sede), facilitarán al MNP un plan de medios de comunicación que deberá incluir todas las acciones de comunicación previstas y su correspondiente calendario.

La FBLC asumirá la contratación, producción y ejecución de la campaña de comunicación o publicidad que se llevará a cabo durante la vigencia de la Exposición. Las piezas derivadas de la difusión y publicidad de la exposición se enviarán al MNP para su oportuna validación, antes de su producción.

El MNP cederá temporalmente 15 imágenes de determinadas obras de la Exposición pertenecientes a sus colecciones que se requieran para la producción de los soportes de difusión y comunicación en todos los formatos y soportes. La FBLC y el MBAB se comprometen a usar dichas imágenes sólo para los fines estipulados en este acuerdo y a no facilitárselas a terceros.

Las partes incluirán en sus sitios web la información sobre la exposición incluyendo la mención del MNP, la FBLC y el MBAB como coorganizadores, con la inclusión de sus respectivos logotipos, con vínculo a sus sitios web.

Dicha mención con los respectivos logotipos será de aplicación también en las notas de prensa alusivas al proyecto a las que se acceda desde los sitios web de las partes.

El MNP apoyará la difusión de la Exposición a través de las plataformas virtuales y/o redes sociales en las que tiene presencia y procurará contribuir a la difusión de los mensajes que comuniquen la FBLC y el MBAB en sus canales propios en este mismo ámbito.

Duodécima. Comercialización de productos.

La FBLC y el MBAB podrán adquirir productos de papelería y merchandising del MNP para su venta. Para ello, deberán llegar a un acuerdo con la Sociedad Museo Nacional del Prado Difusión (en adelante, MNPD), entidad gestora de los derechos de explotación del MNP.

Decimotercera. Catálogo.

La FBLC publicará el catálogo de la exposición Goya y la corte ilustrada, en régimen de coedición con el MNP, tanto de la primera edición como de posteriores reediciones, y así deberá constar en el pie de imprenta del libro y en la incorporación del ISBN de ambas instituciones. El precio de venta al público de dicho catálogo será de XX euros.

El diseño, producción, comercialización y distribución del catálogo serán asumidos por la FBLC previa supervisión y aprobación del MNP de cada una de sus fases.

Las dos partes coeditoras gozarán de una presencia institucional paritaria en el catálogo por medio de la presencia de sus respectivos logotipos, tanto en el interior de libro como en la cubierta, según normativa vigente de la FBLC, de sus nombres completos, de sus patronatos o equivalentes y de un mínimo de textos firmados por sus más altos representantes en las páginas preliminares del libro. Esta presencia institucional deberá ser vista y aprobada por ambas partes con tiempo suficiente para su correcta aplicación.

Las partes acuerdan que la dirección científica del catálogo será asumida por las comisarias de la Exposición, quienes colaborarán con la FBLC en las labores de edición del libro. Entre sus funciones se cuentan, además de la concepción de su contenido y estructura, la entrega de los textos originales y la supervisión de todas las fases de la producción del catálogo, incluida la adecuación de la maqueta al concepto de la Exposición.

El MNP cederá para la edición del catálogo los textos convenientemente revisados para su edición, traducción y publicación. Dichos textos no derivarán honorarios en concepto de encargo y/o de derechos de explotación. Todos los artículos científicos y anotaciones del catálogo irán claramente firmados por sus respectivos autores.

El MNP cederá temporalmente, siempre que sean de su propiedad, todas las imágenes que se requieran para la edición de este catálogo, ya sean de obras en la Exposición u otras imágenes para ilustrar los textos. La FBLC se compromete a usarlas sólo para los fines estipulados en este acuerdo y a no facilitárselas a terceros.

La maqueta del catálogo de la Exposición preparada por FBLC deberá contar con el visto bueno de todas las partes, que también deberán dar su aprobación a las artes finales para poder imprimir. El catálogo se editará en castellano. En el caso de que el MBAB quisiera una edición en euskera deberá asumir su coste de traducción, edición y producción.

La FBLC entregará 300 catálogos de la Exposición al MNP y al 10 MBAB para sus compromisos institucionales.

El MNP, a través de la sociedad MNPD, y el MBAB, podrán vender el catálogo en sus puntos de venta, para lo cual la FBLC se compromete a proporcionar los ejemplares a precio de coste más gastos de transporte.

Decimocuarta. Actividades de Educación.

La FBLC desarrollará el programa de actividades de Educación que considere oportuno, en consenso con el Área de Educación del MNP y el MBAB.

La FBLC y el MBAB organizarán en sus sedes una conferencia impartida por las Comisarias de la Exposición, para su difusión, y la darán a conocer a través de sus habituales soportes de difusión, incluida su página web.

La FBLC y el MBAB gestionarán y abonarán los gastos de organización de la conferencia en su sede, así como los honorarios al conferenciante. La cuantía del pago de la conferencia por cada conferenciante será de 570 euros, incluidos impuestos. Siempre que la conferencia se realice el mismo día de la inauguración, el MNP se hará cargo de la totalidad de los gastos de desplazamiento y dietas del conferenciante, y la FBLC se hará cargo de los gastos de alojamiento. Si la conferencia tuviese lugar otro día distinto al de la inauguración, la FBLC se hará cargo de los gastos de desplazamiento, dietas y alojamiento del conferenciante.

Decimoquinta. Presencia institucional.

El MNP, la FBLC y el MBAB supervisarán la correcta implantación de su imagen visual corporativa, logotipo, en todos los soportes elaborados con motivo de la Exposición.

El MNP deberá figurar, en igualdad de condiciones, en todo el material divulgativo de la Exposición, donde se reproducirá la frase «exposición coorganizada por el Museo Nacional del Prado, la Fundación Bancaria “la Caixa” y el Museo de Bellas Artes de Bilbao».

La FBLC ajustará el uso del logo y marca del MNP a las características técnicas que se adjuntan como anexo G al presente Acuerdo.

La FBLC ajustará el uso del logo y marca del MBAB a las características técnicas que se adjuntan como anexo H al presente Acuerdo.

Decimosexta. Actos de inauguración.

El MNP, la FBLC y el MBAB figurarán como coanfitriones en las invitaciones para el acto de inauguración en cada una de las sedes. En el texto de la invitación a la inauguración de la Exposición deberán figurar los cargos o responsables que las instituciones firmantes estimen convenientes. El texto preciso de las invitaciones se decidirá de común acuerdo.

Con motivo de las inauguraciones de la Exposición, se convocará una rueda de prensa conjuntamente entre el MNP, la FBLC y el MBAB, en cada una de las sedes, donde las citadas instituciones actuarán en igualdad de condiciones. Todas las notas y documentación de prensa relativas a la Exposición (incluida la selección de imágenes) se consensuarán entre las partes.

El modelo de convocatoria y la nota de prensa, así como cualquier otro tipo de material elaborado con fines informativos, deberá incluir los respectivos logotipos de las instituciones organizadoras. Estos documentos requerirán la aprobación previa del MNP antes de su difusión y su contenido será consensuado entre las partes.

La Dirección del MNP estará representada en el acto de inauguración de la Exposición, junto con los responsables científicos de la misma. Asimismo, el MNP podrá designar a un representante del Área de Comunicación para que asista y colabore personalmente en la organización de la rueda de prensa para cada una de las sedes. Los gastos de viaje y alojamiento correspondientes serán asumidos por el MNP.

La FBLC entregará al Museo Nacional del Prado el archivo de la invitación electrónica para su propia difusión, así como 200 invitaciones impresas, en caso de que las hubiese, 25 folletos en castellano y 10 folletos en inglés. Del mismo modo, la FBLC entregará a el MBAB el archivo de la invitación electrónica para su propia difusión, así como XX invitaciones impresas, en caso de que las hubiese, XX folletos en castellano y XX folletos en inglés.

En los actos de rueda de prensa, inauguración y cualquier acto público que se pueda organizar para dar a conocer la exposición (firma pública del Acuerdo Singular, etc.), representantes de todas las instituciones firmantes actuarán en igualdad de condiciones.

Decimoséptima. Cesión de derechos.

El concepto general de la Exposición, así como su catálogo, son propiedad intelectual del MNP.

Las Partes firmantes compartirán todos los derechos de explotación, y en particular, los de reproducción, distribución, comunicación pública (incluido internet) y transformación (incluida la traducción) de los textos y cualquier material que las Comisarias elaboren para el catálogo, notas de prensa, material de difusión, textos de salas de exposición y otros apartados relacionados con el proyecto. Mediante la entrega de los textos para la Exposición, el MNP cede todos los derechos de explotación económica que se derivan de la edición de la obra y en especial los derechos a divulgar y/o publicar, traducir a cualquier lengua, reproducir total o parcialmente, distribuir, comunicar públicamente y transformar, en cualquier medio o soporte, escrito, gráfico, bibliográfico, fonográfico, audiovisual, telemático, multimedia o informático, incluyendo los de radiodifusión y retransmisión.

El MNP cederá temporalmente 15 imágenes de determinadas obras de la Exposición pertenecientes a sus colecciones que se requieran para la producción de los soportes de difusión y comunicación en todos los formatos y soportes. La FBLC y el MBAB se comprometen a usar dichas imágenes sólo para los fines estipulados en este acuerdo y a no facilitárselas a terceros. A este fin, el MNP cede a FBLC y al MBAB, con carácter no exclusivo y de forma gratuita, los derechos de reproducción de las imágenes correspondientes que sean necesarios a los meros efectos de permitir la difusión de la Exposición en los formatos y soportes indicados en la presente cláusula (incluida la visita virtual). Esta cesión se mantendrá vigente incluso después de finalizada la Exposición en lo que afecta a la visita virtual, que podrá permanecer publicada indefinidamente en la web de FBLC u otras plataformas de la entidad (Educaixa, etc.) y en la web del MBAB.

Se incluye también la autorización de las Comisarias para grabar o tomar imágenes de su intervención en las conferencias inaugurales y las ruedas de prensa, así como de sus declaraciones y/o visitas a la Exposición con los medios de comunicación y cualesquiera otros actos de difusión realizados para dar a conocer la Exposición.

La FBLC y el MBAB podrá difundir dichas grabaciones a través de cualquier medio (radio, televisión, internet, etc.) y en cualquier soporte, con el fin de difundir y/o dar a conocer la Exposición al público, y se compromete a facilitar copia de las mismas al Área de Comunicación del MNP en el formato en que se les solicite para su publicación simultánea en los canales propios del MNP en internet.

Decimoctava. Documentación final.

Al finalizar la Exposición, en un plazo máximo de dos meses la FBLC enviará al Servicio de Exposiciones del MNP un dossier completo sobre la celebración de la Exposición en cada una de las sedes, que incluirá, al menos, los siguientes documentos: tres (3) ejemplares de todo el material de difusión que se haya realizado con motivo de la exposición (folletos, productos comercializados…), una estadística de visitantes (semanales, individuales, grupos…), de asistentes a las conferencias y, en su caso, de ventas (catálogos y merchandising) y un reportaje fotográfico en soporte informático incluyendo imágenes de la rueda de prensa, inauguración y montaje en salas.

ANEXO C
Condiciones de préstamo del MNP para la exposición temporal Goya y la Corte Ilustrada

Estas condiciones estarán vigentes durante el desarrollo del proyecto y Fundación Bancaria «la Caixa» se compromete a hacer frente su cumplimiento, según el siguiente calendario expresado en el Acuerdo Singular:

CaixaForum Zaragoza, con sede en la Avenida Anselmo Clavé, 4, 50004 Zaragoza. Del 28 de septiembre de 2017 al 21 de enero de 2018.

Museo de Bellas Artes de Bilbao, con sede en la calle Museo Plaza, 2, 48009 Bilbao. Del 14 de febrero al 28 de mayo de 2018.

1. Condiciones Generales.

El presente documento contempla las condiciones exigidas por el MNP para el préstamo de las obras que se relacionan en el anexo A del Acuerdo Singular entre el Museo del Prado, la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao, para la realización de la exposición temporal Goya y la corte ilustrada del cual forma parte como anexo C el presente documento.

2. Condiciones ambientales para la Exposición.

Las obras nunca podrán exhibirse con incidencia de luz solar directa o con alto contenido de radiación ultravioleta. Las salas de exposición de cada sede deberán mantener las siguientes condiciones ambientales:

– Humedad relativa: dentro del rango 50% ± 5% sin oscilaciones.

Humedad relativa para las cartas: 50% HR.

– Temperatura: 20º ± 2º C.

– Intensidad de la luz: Pintura <150 luxes, obra sobre papel <30 luxes.

– Radiación ultravioleta inferior a 70 μw/lumen.

El Museo exigirá en el momento en que así lo precise, informes detallados sobre las condiciones de montaje, lecturas de humedad relativa, temperatura, iluminación, etc. Asimismo, se reserva el derecho a incluir condiciones particulares para aquellas obras que considere oportunas, que prevalecerán sobre estas condiciones generales.

3. Manipulación.

Únicamente se procederá al envío de las obras una vez estén acondicionadas las salas de exposición y las obras deberán permanecer embaladas para su aclimatación al menos 24 horas antes de proceder a la apertura de las cajas.

La apertura del embalaje, así como cualquier otro tipo de manipulación o intervención que se pretenda hacer sobre la obra deberá contar siempre con la autorización expresa del Museo. La manipulación deberá reducirse al mínimo y sólo podrá ser realizada por personal cualificado en presencia siempre del correo designado por el Museo y de algún responsable de la institución prestataria.

Para realizar cualquier tipo de análisis o estudios científicos deberá haberse solicitado por escrito autorización expresa del Museo del Prado junto con la solicitud de préstamo.

4. Seguridad.

Las obras deberán exponerse protegidas por una barrera o vitrina y se garantizará su seguridad durante las 24 horas del día, siendo indispensable la vigilancia presencial física con un mínimo de tres personas durante el tiempo que la sala permanezca abierta al público y de una persona en el centro cuando esté cerrada, así como un control mediante circuito cerrado de televisión durante las 24 horas del día. Se informará al Museo del tiempo de mantenimiento de las grabaciones de seguridad.

En caso de que se estime conveniente, el Museo podrá exigir alarmas de protección individual para las obras en préstamo.

Cualquier modificación en el personal de vigilancia en función de las salas donde se celebre la exposición deberá contar con la conformidad del Museo Nacional del Prado.

En las salas de exposición y áreas adyacentes se prohibirá fumar y consumir alimentos o bebidas.

El prestatario se compromete a mantener las 24 horas constante y adecuada protección del préstamo contra incendio, robo, vandalismo, terrorismo, inundación, así como ajustarse a las condiciones lumínicas y ambientales especificadas en el punto 2.

El Museo se reserva el derecho de comprobar en el momento que considere oportuno el estado de las medidas de seguridad de las instalaciones. Los gastos derivados de dicha comprobación correrán por cuenta de la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao.

Durante el tiempo en que se realicen las labores de montaje y desmontaje en las salas de exposiciones será necesaria la presencia física de personal de seguridad. Lo mismo se exige para el acto de inauguración, donde incluso podría reforzarse si así se considerase necesario.

5. Embalaje y transporte.

El embalaje y transporte de las obras serán realizados por empresas especializadas en movimiento de obras de arte, con acreditada experiencia en el sector y cuya contratación, organización y financiación, correrá a cargo de la Fundación Bancaria «la Caixa», tal como se indica en la cláusula tercera del anexo B del Acuerdo Singular entre el Museo Nacional del Prado, la Fundación Bancaria «la Caixa» y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao para la exhibición de la exposición temporal Goya y la corte ilustrada.

En todo caso la empresa, así como las fechas del transporte, deberán ser aprobadas previamente por el Museo del Prado, reservándose el derecho de rechazarla en caso de que la propuesta no ofrezca las garantías suficientes. De acuerdo con el Reglamento de la UE 185/2010, cuando resulte necesario el uso de transporte aéreo, las empresas de transportes seleccionadas deberán estar acreditadas como Agente Acreditado (RA) en la Base de Datos Europea RAKC o tener el estatus equivalente para aquellas compañías establecidas fuera de la Unión Europea.

La empresa remitirá al Museo Nacional del Prado un Plan de Transporte en el que se especifiquen todos los términos del traslado de las obras, personas de contacto en los lugares de destino y demás información necesaria.

Fundación Bancaria «la Caixa» comunicará el calendario de transportes al Museo para su aprobación previa y con el fin de adecuar los respectivos organigramas de trabajo. Las correspondientes reservas de viaje y dietas del personal técnico del Museo del Prado que se desplazará al montaje y desmontaje de la Exposición en cada una de las sedes se organizarán y asumirán desde el Museo del Prado. Las reservas de alojamiento del personal técnico del Museo del Prado para cada desplazamiento citado anteriormente se organizarán y asumirán desde la Fundación Bancaria «la Caixa».

5.1 Materiales de Embalaje.

El Museo Nacional del Prado se reserva el derecho a exigir el tipo de embalaje que considere más apropiado para sus obras, tanto a la ida como a la vuelta, entre los distintos niveles de seguridad que existan.

Los materiales de embalaje serán propiedad del Museo Nacional del Prado y deberán guardarse hasta la finalización del servicio para su examen por parte del correo en caso de daño. Las cajas de embalaje deberán ser rígidas, bien de madera con refuerzos laterales o bien de metal, especificándose el tipo de embalaje requerido para cada caso.

Deberán utilizarse, sin excepción, tratamientos ignífugos y aislantes térmicos e hidrófugos, así como espuma amortiguadora en el interior (espuma de polietileno o similar). Todos los materiales deberán ser químicamente estables y neutros, y los que se utilicen en contacto directo con la obra deberán ser además no abrasivos y resistentes a la rotura. Será obligatoria la aportación de una ficha técnica por parte de la empresa de transporte de cada nuevo material que vaya a utilizar. La obra siempre deberá ir inmovilizada en el interior de la caja y ésta en el vehículo de transporte.

Tanto los materiales como los embalajes utilizados deberán cumplir las normas ISO. Todos los embalajes deberán ir siempre precintados y deberán llevar rotuladas en el exterior las identificaciones habituales (n.º de exposición y n.º de caja, sin indicar referencias al Museo o a la obra que contiene).

Mientras tenga lugar la muestra, el prestatario o la empresa de transportes se harán cargo de custodiar el embalaje original en un local acondicionado con la misma temperatura y humedad relativa que las salas de exposición.

5.2 Registrador de datos.

Las obras viajarán siempre que se indique con un registrador de datos ambientales (data logger o similar) en el interior de los embalajes, que deberá facilitar la empresa de transporte y cuya lectura deberá ser remitida tras la apertura del embalaje tanto en el montaje como en el desmontaje, indicando las fechas y horas de cierres y aperturas de cajas, así como los itinerarios.

5.3 Transporte.

El transporte terrestre deberá realizarse en vehículos de máxima seguridad, protegidos contra el robo y acondicionados para el transporte de obras de arte (con suspensión neumática, climatización, GPS, etc.), cumpliendo la normativa vigente sobre transporte y seguridad. Durante el transporte, los valores de Humedad Relativa y Temperatura serán los mismos que los exigidos para la exposición de la obra.

Para el transporte aéreo se elegirán los vuelos que realicen menos escalas y con trayecto más corto. Las obras deberán viajar en contenedores, pallets o extra-seat. Las obras se situarán en posición vertical y en la dirección del vuelo.

De acuerdo también con el Reglamento de la UE 185/2010, relativo a los nuevos requerimientos de seguridad durante el transporte aéreo y la normativa relativa al empleo de Rayos-X, puesta en marcha desde abril del 2013, se tendrá presente que el Museo del Prado no permite ni la apertura de sus cajas ni su paso por Rayos-X durante su traslado, por lo que será necesario que el prestador se acredite como «Expedidor Conocido» (KC) en la Base de Datos Europea RAKC o tener el estatus equivalente para aquellos prestadores establecidos fuera de la Unión Europea.

Cuando el transporte sea marítimo se establecerán unas condiciones especiales para la realización del embalaje.

Cuando una obra del Museo del Prado se encuentre depositada en otra institución deberá viajar directamente desde esa ubicación hasta la sede de la exposición, salvo especificación contraria del Museo del Prado. En el caso de que fuera necesario, por cualquier motivo, trasladar la obra al Museo del Prado, todos los gastos correrán a cargo del prestatario.

Por razones de número, especial riesgo y/o valor de las obras, el Museo del Prado podrá exigir la realización de distintos envíos.

5.4 Seguridad en el transporte.

Siguiendo la Normativa interna INT/314/2011 y las especificaciones establecidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con respecto al traslado de las obras propiedad del Estado, con el fin de garantizar la seguridad de las obras que superen una valoración de 125.000 euros, el Museo del Prado podrá exigir la presencia de escoltas tanto oficiales como privados en territorio nacional o internacional. El Museo del Prado solicitará protección policial oficial para los traslados de las obras. En caso de no ser concedida, la Fundación Bancaria «la Caixa» se hará cargo de la cobertura de los costes de seguridad privada.

En caso de que la obra necesite realizar pernocta, se exigirán informes de los tipos de instalaciones, sistemas de seguridad y control existentes en los lugares designados por la empresa de transporte, pudiendo exigir las modificaciones que se consideren oportunas.

Será imprescindible la contratación de vigilancia de control en pista de aeropuerto, tanto en origen como en destino, y deberá comprender la carga, paletización, manipulación y demás traslados que se realicen en las pistas y recintos aduaneros.

La empresa de transporte proporcionará un servicio de asistencia al correo que incluya el acompañamiento en el aeropuerto.

6. Montaje.

Con el fin de aclimatar las obras, y salvo indicación diferente por parte del Museo, éstas deberán permanecer dentro del embalaje precintado al menos 24 h., en una sala con las mismas condiciones climáticas que la sala de exposición o en las mismas salas donde se vayan a exponer.

En algunas obras y/o lugares de la sala de exposición se colocará un registrador de datos ambientales que facilitará el Museo.

Las obras deberán ser instaladas en el lugar definitivo que les corresponda en la exposición siempre en presencia del correo del Museo del Prado. Las obras no podrán ser ubicadas en paredes con algún testigo de humedad, junto a puertas o vanos, en paredes o en lugares recién pintados, o donde se compruebe que existe una corriente de aire. El Museo del Prado indicará las condiciones específicas para el montaje de cada una de las obras, atendiendo a la naturaleza de las mismas, indicándose los sistemas de anclajes de seguridad o la necesidad de vitrinas especiales.

Las obras serán identificadas en las cartelas como pertenecientes al «Museo Nacional del Prado. Madrid». La autoría, título y demás información que consten en las cartelas serán facilitadas por el Museo del Prado.

7. Seguro.

Tal como se indica en la cláusula tercera del anexo B del Acuerdo Singular, el Prestatario se encargará de la gestión, contratación y financiación del seguro de la Exposición. El Museo Nacional del Prado deberá supervisar y autorizar la Póliza que se vaya a contratar.

El Prestatario contratará una póliza de seguro a todo riesgo «clavo a clavo», de la cual será beneficiario el Museo Nacional del Prado, incluyendo tanto el transporte como su estancia en la Exposición, en el que se especifique el valor individual de cada obra en euros.

El certificado deberá ser emitido en español o inglés, y deberá incluir expresamente las siguientes cláusulas, sin las cuales no se aceptará como válido:

– Institute Cargo Clauses A (ICCA).

– Institute Strikes Clauses, incluyendo la cobertura de terrorismo durante la estancia de la obra.

– Institute War Clauses.

– Cláusula de exoneración.

– Cláusula de exoneración de la Policía Francesa (si procede).

– Cláusula de depreciación y/o demérito artístico.

– Cláusula de Daños por hechos malintencionados.

– Cláusula de Opción de recompra, sin límite de duración.

– Cláusula de Museo.

– Cláusula de Liquidación de siniestros sin franquicia.

– Cláusula de descabalamiento (si procede).

– Cláusula de marcos (si procede).

– Cláusula de exclusión por contaminación radiactiva.

– Cláusula de cristal (si procede).

El original del certificado del seguro, en el que figurará el valor en euros y las condiciones específicas de la póliza deberán estar en poder del Museo Nacional del Prado al menos 5 días antes de la salida de las obras. En caso contrario, no se podrá autorizar dicha salida.

El Museo Nacional del Prado se reserva el derecho a modificar el valor del seguro de las obras hasta un 10% sobre el comunicado inicialmente; así como contratar por sí mismo el seguro de las obras, cuyo pago correrá por cuenta del prestatario.

En caso de que el prestatario desee hacer uso del sistema de Garantía del Estado, se requerirá la autorización del Museo del Prado.

8. Correos y coordinador técnico. Viajes.

Todos los movimientos y manipulaciones autorizados de las obras del Museo deberán realizarse bajo la supervisión del correo designado por éste.

Tal como se indica en la cláusula séptima del anexo B del Acuerdo Singular, todos los gastos derivados del desplazamiento y dietas de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios del Museo del Prado para cada montaje y desmontaje de obra serán asumidos por éste. Todos los gastos de alojamiento de los técnicos/correos supervisores, coordinadores y comisarios del Museo del Prado para cada montaje y desmontaje serán asumidos por la Fundación Bancaria «la Caixa». El alojamiento deberá ser en Hotel *** Turista Superior de la clasificación europea o categoría equivalente, con desayuno incluido y ubicado en las proximidades de la sede de la exposición.

Si el Museo del Prado lo considera necesario por el número de obras o la complejidad del montaje de las mismas, podrá exigir la presencia de dos o más correos a cargo de los prestatarios, tanto al montaje como al desmontaje de la exposición.

Si por necesidades del montaje fuera imprescindible prolongar la estancia del correo en el lugar de destino, el organizador de la exposición correrá a cargo con los gastos de la prórroga de estancia que se acuerde.

9. Reproducción de imágenes.

El Museo dispone de imágenes de las obras prestadas, que podrán utilizarse para fines didácticos y publicitarios de la Exposición, siempre que se cuente con la autorización del Museo.

Para su solicitud deberán ponerse en contacto con el Banco de Imágenes del Museo del Prado en el correo electrónico info@bancodeimagenesmuseodelprado.com, en la siguiente dirección Museo del Prado Difusión (C/ Ruiz de Alarcón 13, 1.º 28014 Madrid, España, o en los teléfonos 0034 91 429 68 07 / 0034 91 429 84 51 - www.bancodeimagenesmuseodelprado.com - www.tiendaprado.com), según lo estipulado en la normativa vigente.

Se autoriza el uso de las imágenes únicamente para la reproducción en catálogo, o para fines didácticos y publicitarios de la exposición. Se prohíbe fotografiar, filmar o reproducir la obra, total o parcialmente, sin autorización expresa. La utilización de la reproducción alquilada para fines comerciales deberá acordarse con el Banco de Imágenes del Museo del Prado bajo las condiciones que el Museo del Prado establezca.

Los créditos fotográficos deberán indicar «© Museo Nacional del Prado».

10. Incidencias.

Cualquier incidencia que se produzca durante el transporte, montaje o exhibición, independientemente de la responsabilidad, deberá ser comunicada de forma inmediata al Museo.

En caso de incidente grave se tomarán las medidas oportunas para evitar mayores daños y se avisará inmediatamente al Museo, que dispondrá las actuaciones necesarias. Los gastos que se originen serán costeados por los prestatarios.

11. Devolución de las obras.

Una vez finalizada la Exposición, al menos dos correos del Museo acudirán a la sede prestataria para proceder a su desmontaje, embalaje de las obras y su envío al lugar que determine el Museo.

El Museo se reserva el derecho de retirar cualquier obra prestada por incumplimiento de las presentes condiciones o por necesidades ineludibles previo aviso al prestatario.

ANEXO D
Reparto de Tareas y Costes Asociados

Convenio de Colaboración entre el Museo Nacional del Prado, la Fundación Bancaria Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona «la Caixa» y la Fundación Museo de Bellas Artes de Bilbao , para la organización de la exposición temporal «Goya y la Corte Ilustrada»

Concepto

Institución responsable

MNP

FBLC

MBAB

Comisariado de la exposición

X

 

 

Preparación de las obras

X

 

 

Restauraciones previas

X

X

 

Enmarcaciones

X

 

 

Viajes previos de reconocimiento de cada sede

X

X

X

Mantenimiento de embalajes existentes

 

X

 

Realización de nuevos embalajes

 

X

 

Transporte (de las obras que se exponen en ambas sedes,a excepción de los casos indicados en el punto tercero anexo B)

 

X

 

Alojamiento del personal científico (Comisario) y técnico del MNP (correos y personal del Área de Exposiciones)

 

X

 

Viajes, seguro, gastos de desplazamiento y dietas del personal científico (Comisario) y técnico del MNP (correos y personal del Área de Exposiciones)

X

 

 

Seguros de las obras (de las obras que se exponen en ambas sedes)

 

X

 

Diseño del montaje (incluyéndose la construcción de vitrinas)

 

X

 

Viajes diseñador de la exposición

 

X

 

Adaptaciones del diseño gráfico de la exposición

 

X

 

Adecuación de la sala de la exposición en el Museo de Bellas Artes de Bilbao

X

Cesión de espacios para la celebración de la exposición, la inauguración, la rueda de prensa y el almacenaje de embalajes en Museo de Bellas Artes de Bilbao

 

 

X

Producción del montaje según diseño de la exposición en el Museo de Bellas Artes de Bilbao

 

X

Montaje de obras y manipulación en el Museo de Bellas Artes de Bilbao

 

X

Textos catálogo y sala

X

 

 

Derechos de imágenes de las obras del MNP

X (cede sin coste)

 

 

Organización de la conferencia inaugural en el Museo Bellas Artes de Bibao

 

X

Organización de la rueda de prensa en cada sede

 

X

X

Organización de los actos de inauguración en cada sede

 

X

X

Viajes de su propio personal directivo a la inauguración en cada sede

X

X

X

Formación y puesta en marcha (monitorización) del proyecto educativo en cada sede

 

X

X

Material de publicidad y promoción de la exposición

 

X

X

Colaboración para la cesión de los espacios de la vía pública, de acuerdo con las ordenanzas municipales, para la publicidad de la exposición en cada sede

 

X

X

Viajes personal MNP con motivo de incidencias de conservación en cada sede

 

X

Monitores para visitas escolares y visitas de público en cada sede

 

X

Monitores de visitas comentadas a la exposición para grupos VIP de clientes CaixaBank que se pudieran organizar (máximo 20 visitas) en el Museo de Bellas Artes de Bilbao

 

X

Vigilancia de las salas expositivas en el Museo de Bellas Artes de Bilbao

 

 

X

Mantenimiento y limpieza en el Museo de Bellas Artes de Bilbao

 

 

X

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