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Documento BOE-A-2017-1483

Orden EIC/118/2017, de 13 de febrero, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocal titular y vocal suplente del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2017, páginas 9910 a 9911 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2017-1483

TEXTO ORIGINAL

La Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas regula en su artículo 58.2 la composición del Comité de Auditoría en los siguientes términos:

«2. El Comité de Auditoría estará presidido por el Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y estará compuesto por un máximo de trece miembros designados por el Ministro de Economía y Competitividad, con la siguiente distribución:

a) Un representante del Ministerio de Economía y Competitividad, a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones;

b) un representante del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Intervención General de la Administración del Estado;

c) un representante del Tribunal de Cuentas;

d) cuatro representantes de las corporaciones representativas de auditores;

e) un representante del Banco de España;

f) un representante de la Comisión Nacional del Mercado de Valores;

g) un abogado del Estado;

h) un miembro de la carrera judicial o fiscal o registrador mercantil;

i) un catedrático de universidad;

j) y un experto de reconocido prestigio en materia contable y de auditoría de cuentas.

No podrán ser miembros del Comité de Auditoría de Cuentas las personas que durante los tres años precedentes:

1.ª Hayan realizado auditorías de cuentas.

2.ª Hayan sido titulares de derechos de voto en una sociedad de auditoría.

3.ª Hayan sido miembros del órgano de administración, dirección o supervisión de una sociedad de auditoría.

4.ª Hayan sido socio o mantenido una relación laboral o contractual de otro tipo con una sociedad de auditoría.

Sin perjuicio de otros supuestos de prohibición contemplados en otras leyes, durante los dos años siguientes a la finalización del cargo de miembro del Comité de Auditoría, éstos no podrán incurrir en ninguna de las circunstancias 1.ª a 4.ª a que se refiere el párrafo anterior».

La Orden ECC/106/2016, de 1 de febrero, por la que se dispone el cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, estableció la nueva composición del Comité de Auditoría del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas para dar cumplimiento a la normativa anteriormente citada. Posteriormente, la composición de dicho Comité se ha visto modificada por Orden ECC/553/2016, de 4 de abril, por lo que se refiere a los vocales representantes de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y del Instituto de Censores Jurados de Cuentas.

Con fecha 10 de febrero de 2017, se solicita por el Ministerio de Hacienda y Función Pública la sustitución del vocal titular don Jesús del Barco Fernández-Molina, proponiendo como nuevo vocal titular a don Jorge Castejón González, y la sustitución del vocal suplente don Angel Manuel Álvarez Capón por don Cándido Gutiérrez García.

Considerando lo anterior, resuelvo:

Primero. Cese de un vocal titular y un vocal suplente del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Se dispone el cese del vocal titular y el vocal suplente del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que se relacionan a continuación:

Don Jesús del Barco Fernández-Molina y don Ángel Manuel Álvarez Capón como representantes, titular y suplente, respectivamente, del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Segundo. Designación de un vocal titular y un vocal suplente del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Se designa como vocal titular del Comité de Auditoría de Cuentas, a propuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Intervención General de la Administración del Estado a don Jorge Castejón González y como vocal suplente a don Cándido Gutiérrez García.

Tercero. Efectos.

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de febrero de 2017.–El Ministro de Economía, Industria y Competitividad, P.D. (Orden EIC/1828/2016, de 29 de noviembre), el Subsecretario de Economía, Industria y Competitividad, Alfredo González-Panizo Tamargo.

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