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Documento BOE-A-2017-15676

Resolución de 12 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca, para la gestión de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011, en Lorca (Murcia).

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129325 a 129327 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2017-15676

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 26 de abril de 2017 fue suscrita, previa tramitación reglamentaria, la Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca, para la gestión de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011, en Lorca (Murcia).

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se publica en el Boletín Oficial del Estado dicha Adenda al Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de diciembre de 2017.–El Director General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, Antonio Aguilar Mediavilla.

ANEXO
Adenda al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca, para la gestión de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011, en Lorca (Murcia)

En Madrid, a 26 de abril de 2017.

ASISTENTES

De una parte, el Excmo. Sr. don Julio Gómez-Pomar Rodríguez, Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, que actúa al amparo de lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y conforme al apartado septimo.1 de la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Pedro Rivera Barrachina, Consejero de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en virtud del Decreto de la Presidencia n.º 18/2016, de 30 de mayo, «BORM» n.º 125, por el que se dispone su nombramiento, y expresamente autorizado para la firma de esta Adenda por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de octubre de 2016.

Y de otra parte, el Excmo. Sr. don Francisco Jódar Alonso, Alcalde del Ayuntamiento de Lorca, actuando en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21-1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Las partes se reconocen mutuamente en la calidad con que cada una interviene, con capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este Acuerdo y al efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 17 de mayo de 2011 se suscribió el Convenio entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Lorca, para la gestión de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011, en Lorca (Murcia).

Segundo.

Que el objeto de dicho Convenio es el de establecer las bases generales de colaboración y cooperación entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y el Ayuntamiento de Lorca, que permitan la aplicación de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca (Murcia).

Así, el Ministerio de Fomento financiará en un cincuenta por ciento, los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas, con cargo al crédito ampliable que a estos efectos se habilite en los Presupuestos del citado Departamento. La Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia financiará el otro cincuenta por ciento de los gastos derivados de la reparación, rehabilitación y reconstrucción de viviendas dañadas.

Tercero.

Que la tramitación y resolución de las ayudas, tal y como se establece en la Cláusula Tercera del Convenio corresponde a la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma. Todo ello sin perjuicio de las actuaciones que corresponden a la comisión mixta constituida en virtud del artículo 7 del Real Decreto-Ley 6/2011, de 13 de mayo, en relación con la elaboración de las propuestas de concesión de las ayudas solicitadas.

Cuarto.

Que, con fecha 1 de noviembre de 2011, entra en vigor el Real Decreto-ley 17/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen medidas complementarias para paliar los daños producidos por los movimientos sísmicos acaecidos en Lorca el 11 de mayo de 2011 y se modifica el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo.

Quinto.

Que, con fecha 31 de marzo de 2012, se aprobó el Real Decreto-ley 11/2012, de 30 de marzo, de medidas para agilizar el pago de las ayudas a los damnificados por el terremoto, reconstruir los inmuebles demolidos e impulsar la actividad económica de Lorca.

Sexto.

Que, con fecha 29 de noviembre de 2013, se suscribió una Adenda cuyo objeto era adaptar el Convenio suscrito el 17 de mayo de 2011 a la normativa vigente, así como prorrogar el plazo de finalización del mismo hasta el 31 de diciembre de 2016.

En su exponendo sexto se establecía que los expedientes de ayudas que se presentaron en el plazo legalmente establecido debían ser resueltos, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2014.

Séptimo.

Que, con fecha 6 de noviembre de 2015, se suscribió una Adenda cuyo objeto era adaptar la Adenda suscrita el 29 de noviembre de 2013 al ritmo de las actuaciones y prorrogar el plazo de finalización hasta el 31 de diciembre de 2019.

Asimismo, también se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2016, el plazo de finalización para la resolución de los expedientes de solicitud de ayudas, establecido en el exponendo sexto de la Adenda de 29 de noviembre de 2013.

Octavo.

Que en la actualidad, y debido a las dificultades en la gestión, no ha podido ser resuelta la totalidad de los expedientes de ayudas cuyas solicitudes fueron presentadas por los beneficiarios en el plazo establecido.

Noveno.

Que, en consideración a todo lo expuesto, y a petición de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se propone la modificación de la fecha límite de resolución de los expedientes de solicitud de ayudas, adaptándolo al ritmo de ejecución real de las actuaciones. Así, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente Adenda, estableciéndose las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la Adenda.

La presente Adenda tiene por objeto fijar una nueva fecha límite de resolución de los expedientes de solicitud de ayudas, adaptándolo al ritmo de las actuaciones.

Segunda. Plazo de resolución de expedientes.

El plazo de finalización para la resolución de los expedientes de solicitud de las ayudas establecido en el exponendo sexto de la Adenda de 29 de noviembre de 2013 y en la cláusula Tercera de la Adenda de 6 de noviembre de 2015, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2018.

Tercera. Naturaleza y jurisdicción.

En todo lo que no se oponga a la presente Adenda, serán de aplicación las cláusulas de carácter general contenidas en la Adenda suscrita el 29 de noviembre de 2013, el 6 de noviembre de 2015 y en el Convenio de colaboración suscrito el 17 de mayo de 2011.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes lo firman en el lugar y fecha en su encabezamiento indicados.

El Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, don Julio Gómez-Pomar Rodríguez.–El Consejero de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Pedro Rivera Barrachina.–El Alcalde del Ayuntamiento de Lorca, Francisco Jódar Alonso.

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