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Documento BOE-A-2017-15703

Resolución de 24 de noviembre de 2017, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio-marco con la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física y la Federación Española de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129507 a 129510 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2017-15703

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 30 de octubre de 2017 se ha suscrito el Convenio-Marco entre el IMSERSO y la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física y la Federación Española de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido.

En virtud de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y, de conformidad, con las competencias conferidas por el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, resuelvo proceder a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del citado Convenio-Marco que se incorpora como Anexo a esta Resolución.

Madrid, 24 de noviembre de 2017.–La Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Carmen Balfagón Lloreda.

ANEXO
Convenio-Marco de colaboración entre el IMSERSO y la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física y la Federación Española de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido

Madrid, a 30 de octubre de 2017.

REUNIDOS

De una parte doña Carmen Balfagón Lloreda, Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), nombrada por Real Decreto 575/2016, de 25 de noviembre, en nombre y en representación del citado Instituto.

Y de otra parte don José Alberto Álvarez García, con NIF N.º 09.408.731-Y, en su calidad de Presidente de la Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física, con CIF N° Q-2878025-B y con sede en la calle Ferraz 16, 1.º, de Madrid (C.P. 28008).

Don Julián Rebollo Martínez, con NIF N.° 28.564.193-X, en su calidad de Presidente de la Federación Española de Deportes de personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido, con CIF N.° V-80807936 y con sede en la calle Ferraz 16, 6.º, de Madrid (C.P. 28008).

Las partes intervienen en nombre y representación de sus respectivas Entidades, en ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas, y se reconocen mutua y recíprocamente legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente Convenio-Marco en los términos que en él se contienen, y al efecto,

EXPONEN

I

Que por el Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, se adscribe al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, la Entidad Gestora de la Seguridad Social Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).

Asimismo, el Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, que regula la estructura orgánica y funciones del Imserso, le atribuye competencias en materia de los servicios complementarios de las prestaciones del Sistema de la Seguridad Social para personas mayores, como también el establecimiento y gestión de Centros de Atención especializada o de aquellos a los que se les asignen objetivos especiales de investigación de ámbito de actuación estatal en el campo de acción del Instituto, y cuyas normas de creación se citan a continuación.

La Orden TAS/3460/2007, de 28 de noviembre, por la que se crea el Centro de Referencia Estatal para la Atención a Personas con Grave Discapacidad y para la Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, en San Andrés del Rabanedo (León).

La Orden TAS/55/2002, de 8 de enero, por la que se crea y regula el Centro Estatal de Atención al Daño Cerebral, en Madrid.

La Orden SAS/2007/2009, de 20 de julio, por la que se crea y regula el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedades Raras y sus Familias, en Burgos.

La Orden TAS/3775/2007, de 19 de diciembre, por la que se crea y regula el Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias, en Salamanca.

La Orden SSI/2416/2014, de 17 de diciembre, por la que se crea y regula el Centro de Referencia Estatal de Atención Psicosocial a Personas con Trastorno Mental Grave, en Valencia.

La Orden Ministerial de 7 de septiembre de 1982, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, regula la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los Centros de recuperación de personas con discapacidad física dependientes del IMSERSO (CRMF), configurándolos como centros de atención integral a personas con discapacidad física y estableciendo sus objetivos.

La Orden Ministerial de 13 de noviembre de 1984, regula la naturaleza, objetivos y ámbito de actuación de los Centros de Asistencia a de personas con discapacidad física, de la Seguridad Social (CAMF), configurándolos como centros para la recuperación de personas con discapacidad y estableciendo sus objetivos.

También se considerará incluido cualquier otro centro de estas tipologías, que se cree por el Imserso durante el periodo de vigencia del presente Convenio-Marco.

II

La Federación Española de Deportes de Personas con Discapacidad Física (en adelante FEDDF), tiene por objeto promover y gestionar el deporte en las Personas con Discapacidad Física, legalmente constituida al amparo de la Constitución Española, así como de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y ejerce, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este acto e instrumento como agente colaborador de la Administración Pública. Su principal finalidad es el fomento de la práctica del deporte en las personas con Discapacidad Física y sus competencias se extienden al ámbito estatal e internacional.

III

La Federación Española de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido, (en adelante FEDPC) tiene por objeto promover y gestionar el deporte en las Personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido, legalmente constituida al amparo de la Constitución Española, así como de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y ejerce, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este acto e instrumento como agente colaborador de la Administración Pública. Su principal finalidad es el fomento de la práctica del deporte en las Personas con Parálisis Cerebral y Daño Cerebral Adquirido y sus competencias se extienden al ámbito estatal e internacional.

IV

Que las tres Instituciones estiman conveniente, en aras del cumplimiento de sus respectivos fines, establecer un cauce estable de colaboración que dé coherencia y continuidad a cuantas iniciativas estén desarrollando y que permita concretar la futura colaboración entre las mismas en el desarrollo de proyectos y acciones dirigidos al colectivo de personas con discapacidad física (DF), parálisis cerebral (PC) y daño cerebral adquirido (DCA), para su mejor calidad de vida y plena participación social, así como otras iniciativas dirigidas al logro de estos objetivos, que puedan ser desarrolladas conjunta o separadamente por ambas Instituciones, desarrollando un proyecto de colaboración interinstitucional.

En consideración a todo ello, las tres partes deciden suscribir el presente Convenio Marco de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio-Marco tiene por objeto definir el marco de colaboración entre el Imserso, a través de los CRE, CRMF y CAMF referidos dependientes orgánicamente de dicho Instituto, y la FEDDF y la FEDPC en cuantas iniciativas, estudios, programas, medidas y acciones desarrollen conjuntamente para personas con DF, PC y DCA.

Segunda. Ámbito de colaboración.

La colaboración entre el Imserso y la FEDDF y la FEDPC se extenderá, en el marco de los ámbitos de actuación y competenciales del Imserso, a las siguientes materias:

1. Desarrollo de programas y proyectos de atención en el ámbito deportivo, con especial incidencia en la realización de actuaciones innovadoras para los colectivos antes citados.

2. Elaboración y difusión de estadísticas, estudios, investigaciones, informes, bases de datos y mapas de recursos sobre personas con DF, PC y DCA e impulso de los sistemas de información sobre las experiencias en el ámbito deportivo adaptado que se realicen.

3. Promoción y desarrollo de actividades de formación continua, formación especializada y de postgrado en el ámbito deportivo adaptado.

4. Impulso y apoyo a iniciativas o experiencias innovadoras, así como elaboración de protocolos, normas técnicas y de sistemas de acreditación y evaluación de programas, centros y servicios deportivos adaptados a personas con discapacidad física, PC y DCA.

5. Edición y difusión de documentos, publicaciones y recursos de Internet, referentes al ámbito deportivo adaptado.

6. Establecimiento de alianzas estratégicas con centros y experiencias nacionales e internacionales y articulación de redes de expertos sobre el deporte en el ámbito de la DF, PC y DCA, que favorezcan el intercambio de prácticas y conocimientos y la implantación de programas y servicios de intervención directa.

7. Impulso y apoyo a iniciativas para mejora de la imagen y promoción deportiva de personas con las discapacidades de referencia en los medios de comunicación social y en las sociedades española, europea y mundial.

8. Fomento de la prevención y promoción de la autonomía personal en el ámbito deportivo de las personas con DF, PC y DCA.

9. Impulso a la participación social y apoyo a la consolidación del movimiento asociativo en el ámbito deportivo adaptado.

10. Participación en programas conjuntos de I+D+i relativos al deporte adaptado.

11. Todas aquellas actuaciones no incluidas en estos epígrafes que sean de interés para las tres entidades y entren dentro del ámbito de sus competencias.

Tercera. Convenios específicos.

Para la aplicación del contenido del presente Convenio-Marco se procederá a la celebración de Convenios específicos de colaboración, que se firmarán entre el Imserso y FEDDF y FEDPC y en los que se concretarán los objetivos, las medidas y las actuaciones a desarrollar por cada una de las partes o por terceros, los presupuestos aportados por cada uno de los intervinientes y los órganos responsables del desarrollo de las diferentes actuaciones.

Cuarta. Comisión Mixta.

Se constituye una Comisión Mixta integrada por un representante de cada una de las partes, a la que corresponde desarrollar y concretar las actuaciones de colaboración que se establezcan, así como velar por el cabal cumplimiento de los objetivos comunes perseguidos por las partes.

La designación de los miembros que formarán parte de la Comisión, se realizará necesariamente en el plazo del mes siguiente a la firma de este Convenio-Marco, mediante cruce de escritos de las partes, comunicando sus respectivos nombramientos. La Comisión Mixta constituirá el cauce estable de comunicación entre el Imserso y la FEDDF y FEDPC. La propia Comisión, una vez constituida, decidirá su régimen de reuniones y de adopción válida de acuerdos.

Quinta. Vigencia.

El presente-Convenio Marco tendrá una duración inicial de cuatro años y surtirá efecto desde el día de su firma, con voluntad de servir de base a los sucesivos Convenios específicos de colaboración que periódicamente se establezcan entre ambas partes. Será inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación conforme al artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las partes en cualquier momento antes de la finalización del Convenio, podrán acordar su prorroga, por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

Cualquiera de las partes podrá, no obstante, denunciarlo por escrito. Dicha denuncia se habrá de formalizar con tres meses de antelación a la fecha en que se desee dejar sin efecto el Convenio-Marco y sin perjuicio de las actuaciones que en ese momento estén iniciadas, las cuales habrán de ser finalizadas en todo caso con arreglo al Convenio específico de colaboración firmado.

Sexta. Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este Convenio-Marco tiene naturaleza administrativa, y se encuentra excluido del ámbito del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1 de la misma.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Convenio-Marco, en sextuplicado ejemplar, quedándose dos en poder de cada parte, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Imserso, la Directora General del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, Carmen Balfagón Lloreda.–Por la FEDDF, José Alberto Álvarez García.–Por la FEDPC, Julián Rebollo Martínez.

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