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Documento BOE-A-2017-15705

Resolución de 15 de diciembre de 2017, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de revocación impuestas a Pay-One 911 EP, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 28 de diciembre de 2017, páginas 129513 a 129513 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2017-15705

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 29 de septiembre de 2017 el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó la Resolución por la que finalizó el expediente de referencia IE/EP-1/2016, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 23 de septiembre de 2016 a, entre otros, Pay-One 911 EP, S.A.

Por otra parte, el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes en vía administrativa.

Contra la referida Resolución, la citada entidad Pay-One 911 EP, S.A. no ha interpuesto recurso de alzada, por lo que dicha Resolución ha devenido firme respecto de la mencionada entidad.

Procede, por tanto, al amparo de lo establecido en el citado artículo 115.5, dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en dicha Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España a Pay-One 911 EP, S.A.:

«Una sanción de revocación de la autorización prevista en el artículo 97.1.b) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 92.o) de dicha Ley 10/2014 consistente en presentar deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad.

Una sanción de revocación de la autorización prevista en el artículo 97.1.b) de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 92.g) de dicha Ley 10/2014 consistente en llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impidan conocer la situación patrimonial o financiera de la entidad».

Madrid, 15 de diciembre de 2017.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.

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