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Documento BOE-A-2017-4103

Resolución de 31 de marzo de 2017, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publican las cuotas de cigala para los buques del censo de arrastre de fondo del Golfo de Cádiz durante el año 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 2017, páginas 29715 a 29720 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2017-4103

TEXTO ORIGINAL

Esta Resolución se dicta en cumplimiento de lo previsto en el artículo 2.4 de la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz.

Por otro lado, en relación con el censo de 2016, ha habido 4 barcos que han abandonado el censo de cerco al haber causado baja definitiva en el censo de flota operativa, el Cristina (5304), el Segundo Navega (10565), el Palomo (9892) y el Ciudad de Lepe Segundo (10289). Por ello, y de acuerdo al mismo artículo, sus porcentajes de cuota se han repartido entre el resto de la flota de manera proporcional al porcentaje individual de cada barco. Como resultado de ello se han actualizado los porcentajes de cuota individual.

Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado resuelve:

Primero.

Publicar como anexo el censo de buques de cerco autorizados a pescar cigala (Nephrops norvegicus) en el caladero del Golfo de Cádiz (división CIEM IXa) en el año 2017, así como la cuota de cigala asignada a cada buque de forma individual o grupo de buques.

Segundo.

Las cuotas asignadas de acuerdo al anexo producirán efectos para la campaña de pesca de 2017, del 1 de enero al 31 de diciembre.

Tercero.

De acuerdo al artículo 4.3.b, de la Orden AAA/1406/2016, de 18 de agosto, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Golfo de Cádiz, cuando a final de cada año se constate un exceso en el consumo de la cuota asignada a un buque, se deducirán de las cuotas de la misma población que se asignen al buque en cuestión en el año siguiente.

Los excesos de consumo de la cuota individual suponen un menos cabo de los derechos del resto de la flota y una competencia desleal frente al resto de los buques que sí respetan sus cupos.

Se ha observado, una vez revisados los consumos de la campaña de 2016, una relación de buques que han sobrepasado las cuotas que le habían sido asignadas, habiendo tenido en cuenta la redistribución de las mismas hecha a fecha 1 de octubre en virtud del artículo 3.2.j de la orden AAA/1496/2016 tal y como recoge la siguiente tabla:

CFO

Nombre

Cuota adaptada 2016 (kg)

Consumo cuota 2016 (kg)

Sobrepesca a deducir de la cuota 2017

Cantidad pendiente a deducir en próximos años**

25750

Mataró Tercero.

1.176

3.503

-2.327

-1067

26142

Rupertín.

40

184

-144

-66

25609

Hermanos Venegas.

153

387

-235

25532

José y Florentino.

313

507

-195

26100

Santa María Segundo.

1.725

1.979

-254

25095

Manolín El Cano.

2.108

2.282

-174

24578

Nuevo Amanecer Uno*.

2.910

3.065

-155

25470

Paco José*.

25250

Rocío y Ana*.

* Barcos en gestión conjunta. Se contabiliza cuota y consumos conjuntos.

** Cantidad que queda pendiente debido a la sobrepesca del 2016 y al agotar su cuota de 2017 tras la deducción.

Cuarto.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 31 de marzo de 2017.–El Secretario General de Pesca, Alberto López-Asenjo García.

ANEXO
Cuotas de cigala para el año 2017 de los barcos de arrastre de fondo censados en el Golfo de Cádiz

CFPO

Nombre Buque

% Individual de cuota 2017

Cuota 2017

Tipo de Gestión

25730

Abuela Mariana.

3,6091%

3.369

Conjunta (CP Isla cristina 1).

25970

Abuelo Antonio.

2,7937%

23919

Nuevo Deseado.

0,4873%

1.788

Conjunta (Sanlúcar 1).

24773

Nuevo Carmen María.

2,9110%

23495

Manuel Antonio Primero.

0,6006%

890

Conjunta (Sanlúcar 2).

25329

Neptuno Dios Mar.

0,1666%

25977

Nuevo Antonio Gómez.

0,9267%

24526

Conchi y Antonio.

0,6259%

486

Conjunta (Sanlúcar 3).

25369

Masjid.

0,2993%

24050

Abuelo Pichín.

0,1439%

4.086

Conjunta (Sanlúcar 4).

26087

Dolores y Juan.

0,3684%

25664

Hermanos Bombo.

0,4641%

25934

Hermanos Cáceres.

0,1587%

25822

Hermanos Prieto.

0,3288%

25609

Hermanos Venegas.

0,4410%

24843

José y Amparo.

0,1526%

12409

José y Dolores*.

0,1564%

26373

Juan y Dolores.

0,1639%

9902

Lepe.

0,1556%

24890

Maricari y Muenstu.

0,3003%

25027

Nuevo Antonio Francisco.

0,7403%

13436

Nuevo Carretón.

0,1505%

25024

Nuevo Eloy.

0,1452%

23606

Nuevo Esperanza Mar.

0,1439%

25592

Nuevo Falete María.

0,1505%

25106

Nuevo Juan Melchor.

0,4710%

23869

Nuevo Manuel Concepción.

0,5190%

26061

Nuevo Francisco Manuel.

0,1523%

26155

Nuevo Ramona.

0,1575%

25785

Papelero.

0,1644%

25674

Puerto de Bonanza Tres.

0,8842%

25862

Punta de Malandar.

0,2021%

27248

Rocío y Manuel.

0,1550%

23694

Nuevo Talito Segundo.

0,1736%

25077

Mora Aguaded.

0,5908%

24145

José y Florentino.

0,6010%

24578

Virginia y Lili.

0,3660%

25470

Nuevo Amanecer Uno.

3,2578%

2.157

Pta. del Moral 1 (conjunta).

25250

Paco José.

0,9821%

26165

Rocío y Ana.

0,1569%

24445

El Popi.

0,3913%

662

Pta. del Moral 2 (conjunta).

23863

Gran Sebastián.

0,1598%

25532

Segundo Cristo Océano.

0,3747%

24303

El PPT.

0,3352%

25458

Miguel y Milagros.

1,5609%

2.822

Pta. del Moral 3 (conjunta).

25030

Lozano Martín.

2,5344%

24233

Mataró Segundo.

1,2674%

26320

García González.

2,1305%

3.365

Pta. del Moral 4 (conjunta).

24473

Hermanos Alonso Moreno.

4,2641%

26330

Flecha del Rompido.

0,3292%

1.060

Asociación Armadores Lepe Conjunta.

26885

Hermanos Gallito.

0,1463%

25017

Madrigal Ferrera.

1,2411%

26557

Nuevo Calipto.

0,1543%

27019

Nuevo Roque María.

0,1445%

24643

Antonio Sarciña.

0,1531%

946

Armadores del Puerto de Santa María (conjunta).

23192

El Tonino.

0,1459%

25558

Gema Jesús Dos.

0,1439%

24658

Juan Pareja.

0,1452%

26476

Matías y Josefa.

0,1507%

26960

Mi Manuela.

0,1474%

25603

Nuevo Adelín.

0,1499%

23908

Nuevo Rocío.

0,1915%

24959

Nuevo Rosi.

0,1439%

24073

López Jesús.

0,1529%

26973

Vélez Muñoz.

0,1439%

24318

Nuevo Ángel López.

0,1440%

25370

De la Morena.

0,4433%

1.938

Asoisamar 1 (conjunta).

25615

Carrymar Primero.

0,2226%

26634

Hermanos Gómez Medero.

0,1439%

25585

Hermanos Neto.

0,1439%

26424

Narcisa y Antonio.

0,2495%

24242

Nuevo Amanecer Dos.

0,9828%

25647

Rodríguez Concepción Tercero.

0,6415%

25930

Rodríguez Concepción Segundo.

0,7188%

25187

Segundo Blanca Prieto.

0,1439%

25933

Dulce Paola Primero.

0,1609%

1.424

Asoisamar 2 (conjunta).

22159

Segundo Hermanos Vázquez.

0,1439%

25383

Hermanos Carrillo Victoria.

2,4039%

27062

Martín Estévez.

0,1408%

1.351

Asoisamar 3 (conjunta).

26055

Segundo Antonio Juana.

2,2710%

24052

Nuevo Valverde.

0,1562%

25474

Ana Vázquez.

0,1439%

1.315

Asoisamar 4 (conjunta).

26100

Santa María Segundo.

2,8374%

26872

Hermanos Reyes Segundo.

0,1609%

158

Asoisamar 5 (conjunta).

24566

Pérez Alonso.

0,1408%

25478

Casado Martín.

0,8534%

449

Individual.

25902

Hermanos Vázquez Ponce.

0,2414%

127

Individual.

25750

Mataró Tercero.

2,3939%

0

Individual.

26347

Mercedes y Manuel.

0,1408%

74

Individual.

25319

Nuevo Tío Paco.

0,2515%

132

Individual.

23802

Segundo Anita Mari.

0,1408%

74

Individual.

25663

Cortes Gutiérrez.

0,5145%

270

Individual.

26051

El Martiño.

0,2512%

132

Individual.

24634

Garrido Cazorla Segundo.

0,1439%

75

Individual.

25168

Juan López.

0,7892%

415

Individual.

25751

Nuevo Pateque.

0,1439%

75

Individual.

25036

Ortega Primero.

0,1444%

76

Individual.

25737

Ortega Segundo.

0,1439%

75

Individual.

25149

Hermanos Gómez Martín.

0,2223%

117

Individual.

24637

Lobo Mar Primero.

1,3870%

730

Individual.

25350

Nuevo Fray Escoba.

0,2088%

109

Individual.

26034

Isabel y Paco.

4,4094%

2.321

Individual.

26846

Ana Prin.

2,1044%

1.107

Individual.

25719

Antonia y Ana.

1,9909%

1.048

Individual.

25095

Manolín El Cano.

3,2452%

1.534

Individual.

11023

Manuel y Amalia.

0,4183%

220

Individual.

25138

Nuevo María Ruibal.

5,1009%

2.685

Individual.

25671

Nuevo Príncipe.

0,1439%

75

Individual.

25139

Nuevo Andresín.

5,3586%

2.820

Individual.

24622

Nuevo Estrella Polar.

0,1454%

76

Individual.

26351

Hermanos Galloso.

0,1865%

98

Individual.

25004

Nuevo Flor María.

0,1465%

77

Individual.

25443

Nuevo Río Cartuja.

0,1482%

78

Individual.

24479

Yegua López.

0,1439%

75

25039

Galán Castellano.

0,2392%

125

26142

Rupertín.

0,1486%

0

25774

Cortés Canales.

0,1448%

76

25211

María y Alicia.

2,4591%

1.294

26393

Mariano y José.

0,1445%

76

4230

La Niña María.

0,1458%

76

23592

Segundo Alonso Aguado.

0,1453%

76

25810

López Santana.

0,1787%

94

25278

Ana y Rafael.

0,1852%

97

26182

Cristo de Luz.

0,3361%

176

23564

Hermanos López Martín.

1,1246%

591

25487

Juan Prin.

1,0425%

548

24613

Riera Fernández.

3,8139%

2.007

23964

Nuevo Paco José.

2,0236%

1.065

9831

Noray.

0,8197%

431

26563

Nuevo Gran Poder.

0,1440%

75

24865

Rumbo al Mar *.

0,1440%

75

26067

Valentina y Amelly**.

0,2968%

156

25140

Azul Celeste.

0,1487%

78

5352

Rosa de los Vientos***.

0,1440%

75

25273

Andalucía Segundo***.

0,1440%

75

* Baja provisional, aportado para nueva construcción. No puede usar su cuota hasta que no regularice su situación.

** Baja provisional por exportación temporal. No puede usar su cuota hasta que no regularice su situación.

*** Baja provisional. No puede usar su cuota hasta que no regularice su situación.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/03/2017
  • Fecha de publicación: 12/04/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 18 de abril de 2017 (Ref. BOE-A-2017-4441).
Materias
  • Buques
  • Cádiz
  • Censos de buques
  • Cuota de pesca
  • Mariscos
  • Material de pesca
  • Pesca marítima

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