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Documento BOE-A-2017-4129

Resolución de 3 de abril de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Memorando de Entendimiento entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España y el Archivo de Serbia Institución Cultural de Interés Nacional, en materia de archivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 2017, páginas 29845 a 29847 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2017-4129

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España y El Archivo de Serbia, Institución Cultural de Interés Nacional, en materia de archivos, han suscrito con fecha 10 de noviembre de 2016, un Memorando de Entendimiento, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 3 de abril de 2017.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Memorando de entendimiento entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España y el Archivo de Serbia Institución Cultural de Interés Nacional en materia de archivos

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España, representado por don Miguel Ángel Recio Crespo, Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, y de Archivos y Bibliotecas, en virtud de Real Decreto 855/2014, de 3 de octubre de 2014 (BOE del 4), en el ejercicio de sus competencias, conforme se dispone en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte («BOE» del 9).

Y el Archivo de Serbia, Institución Cultural de Interés Nacional, representado por su Director, Dr. Miroslav Perišić, nombrado por decreto del Gobierno de la República de Serbia No. 119-10857/2013 del 18 de diciembre de 2013 (Službeni glasnik RS, 113/2013), en el ejercicio de sus competencias, conforme se dispone en la Ley de Cultura (Službeni glasnik RS, 72/2009) y en la Ley de Patrimonio Cultural (Službeni glasnik RS, 71/1994) de la República de Serbia (en adelante denominados «los Signatarios»),

Deseosos de reforzar las relaciones cordiales que existen entre el Reino de España y la República de Serbia y de promover la cooperación en materia de documentación histórica y gestión de documentos y archivos, en el marco de sus competencias y sobre la base de la igualdad y el respeto y beneficio mutuos,

Deseosos de establecer una cooperación bilateral más amplia entre las instituciones archivísticas y culturales de los dos ámbitos territoriales,

Han convenido en lo siguiente:

1

Los Signatarios fomentarán la cooperación en los siguientes campos:

1. Gestión de documentos y archivos.

2. Uso de tecnología en la conservación y restauración de archivos.

3. Identificación, descripción y reproducción de documentos de interés para ambos países.

Los Signatarios podrán acordar por vía diplomática que se añadan otros ámbitos de cooperación.

2

Los Signatarios promoverán el intercambio de cursos de formación, visitas de expertos y difusión de publicaciones, estudios e investigaciones científicas en los ámbitos de cooperación contemplados en el Artículo 1 del presente Memorando,

3

Los Signatarios llevarán a la práctica el presente Memorando conforme al principio de reciprocidad y con arreglo a la legislación aplicable en cada país.

4

Los Signatarios realizarán los estudios e investigaciones necesarios e intercambiarán copias de documentos de archivo y de instrumentos descriptivos con el fin de completar sus recursos archivísticos.

5

Los Signatarios cooperarán en la organización de cursos, actividades de formación, congresos y exposiciones sobre archivos, para las cuales facilitarán copias de materiales de sus respectivos archivos.

6

Con el fin de aplicar el presente Memorando, los Signatarios firmarán programas ejecutivos detallados y acordados anteriormente, de conformidad con las prioridades de cada Signatario, que especificarán los gastos financieros de la aplicación de cualquier programa. Los Signatarios podrán firmar tantos programas como resulte necesario. Los gastos derivados del presente Memorando serán sufragados por cada Signatario de acuerdo con la legislación de su país y estarán sujetos a las disponibilidades presupuestarias anuales.

7

El presente Memorando no incluye gastos de inversión.

8

El presente Memorando podrá ser modificado en cualquier momento mediante consentimiento mutuo por escrito de los Signatarios por vía diplomática.

9

El presente Memorando de Entendimiento no afectará a las actividades derivadas de acuerdos bilaterales entre los dos países.

10

Cualquier diferencia que surja sobre la interpretación o aplicación del presente Memorando de Entendimiento se solventará mediante negociaciones amistosas entre los Signatarios. El presente Memorando no es jurídicamente vinculante ni está sometido al Derecho Internacional.

11

El presente Memorando se aplicará desde la fecha de su firma por un periodo de un (1) año. Podrá prorrogarse por períodos sucesivos similares previo acuerdo por escrito entre las partes. La expiración del Memorándum no afectará a las actividades y proyectos en curso o ya realizados.

El presente Memorando fue firmado en Madrid, el 10 de noviembre de 2016 en dos originales en español, serbio e inglés siendo todos los textos igualmente auténticos.–En representación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España, don Miguel Ángel Recio Crespo, Director General de Bellas Artes y Bienes Culturales, y de Archivos y Bibliotecas.–En representación de Archivo de Serbia, Dr. Miroslav Perišić, Director de Archivo de Serbia.

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