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Documento BOE-A-2017-7365

Resolución de 7 de junio de 2017, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de turno libre y concurso-oposición, plaza para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 27 de junio de 2017, páginas 53714 a 53726 (13 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2017-7365

TEXTO ORIGINAL

En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el «BOJA» de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades, y en virtud de lo dispuesto en la Orden de 4 de abril de 2016 del Consejero de Economía y Conocimiento, por la que se autoriza a la Universidad de Cádiz para la convocatoria de plazas de personal de administración y servicios, en ejecución de la oferta de empleo público del año 2015 y conforme a las Bases de Convocatoria aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz en su sesión de 24 de mayo de 2017 («BOUCA» de 5 de junio), resuelvo convocar proceso selectivo para cubrir, por el sistema de turno libre y concurso-oposición, una plaza para el ingreso en la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, con sujeción a las bases que se acompañan como Anexo I.

Cádiz, 7 de junio de 2017.–El Rector, P. D. de firma (Resolución de 20 de abril de 2015), el Gerente, Alberto Tejero Navarro.

ANEXO I
Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz por el sistema de turno libre.

1.2 El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y a las bases de la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las siguientes fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III de esta convocatoria.

1.5 La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios será de ciento ochenta días naturales a contar desde la finalización del primer ejercicio.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.1.2 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.3 Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.1.5 Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura universitaria o titulación equivalente.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, podrán presentar su solicitud a través del procedimiento telemático establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la Oficina Virtual https://oficinavirtual.uca.es/oficinaVirtual/jsp/index.jsf

Igualmente podrán presentar su solicitud mediante modelo oficial disponible en la página Web del Área de Personal en la siguiente dirección: http://www.uca.es/personal/convocatorias, a través del Registro General de la Universidad de Cádiz (c/ Ancha, 16- 11001 Cádiz), así como en las Oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (Edificio junto a Facultad de Ciencias de la Educación), Jerez de la Frontera (Edificio de Servicios Generales), Bahía de Algeciras (Administración Campus-Escuela Politécnica Superior- Primera Planta) y Cádiz (Edificio «Andrés Segovia»), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 Documentación. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI, Pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea en vigor.

b) Fotocopia de la titulación académica exigida en la convocatoria.

Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar junto con la solicitud, instancia en la que harán constar aquellos méritos que consideren oportunos de los relacionados en el Anexo II.B. Dicha instancia se encuentra disponible en la página Web del Área de Personal en la siguiente dirección: http://www.uca.es/personal/convocatorias.

Así mismo, podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de convocatoria.

3.4 Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.5 Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios.

3.6 A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen.

Los derechos de examen serán de 24 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «Proceso selectivo de ingreso en la escala Técnica de Gestión». En el resguardo deberá figurar el sello de la entidad bancaria, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunales

5.1 De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, debido a los cambios producidos tras la reciente publicación de la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad de Cádiz, la composición del Tribunal calificador se hará pública junto con la resolución a que se refiere la base 4.1 anterior.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria según establece el artículo 13 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3 Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página Web del Área de Personal, Resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos correspondientes.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.6, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.8 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, número 10, 11001 Cádiz, teléfono (956) 015039 y en la siguiente dirección electrónica: planificacion.personal@uca.es.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con este proceso selectivo.

5.10 El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría primera de las recogidas en el artículo 20 y en el anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre Indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

5.11 En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo aquí establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición no se celebrará antes del día 1 de octubre de 2017. La fecha y hora del primer ejercicio se hará pública junto con el listado provisional de admitidos y excluidos.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los mismos se iniciará, según la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 18 de abril de 2017 (Boletín Oficial del Estado de 20 de abril), por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ». En el supuesto de que no exista ningún aspirante, cuyo primer apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración de los siguientes ejercicios, se efectuará en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en la siguiente dirección de Internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Cádiz, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la Resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

6.6 Contra la resolución del Tribunal en la que se publique el listado de aspirantes que han superado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, se podrá interponer reclamación al citado órgano en el plazo que se establezca en dicha resolución, sin perjuicio de lo establecido en la base siguiente.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en el Rectorado, así como en la siguiente dirección de Internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones, la relación provisional única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por orden de puntuación alcanzada. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición, desglosando esta última en cada uno de los ejercicios celebrados.

7.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de publicación para reclamar ante el Tribunal. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal publicará la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, pudiendo los interesados presentar recurso de Alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde su publicación.

7.3 El Presidente del Tribunal elevará al Rector de la Universidad la propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, los opositores deberán presentar en el Rectorado de la Universidad los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura en el anexo IV que aparece publicado, junto con la convocatoria, en la siguiente dirección de Internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio; este certificado deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirán por las Delegaciones de Salud de la Junta de Andalucía.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

8.2 Quienes tuvieren la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocarte, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionario de carrera, mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

8.5 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados, deberá realizarse en el plazo de siete días, a partir de la publicación del nombramiento de funcionarios de carrera en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa oferta de los mismos.

8.6 La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del nombramiento de funcionario de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO II
Ejercicios y valoración

A) Ejercicios.

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, que tendrán carácter eliminatorio, conforme se indica más adelante.

Primer ejercicio. De carácter teórico. Consistirá en contestar un cuestionario de 90 preguntas, con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas en los bloques I al VI. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección:

Total = Aciertos – [Errores/(Número de alternativas – 1)]

Segundo ejercicio. De carácter práctico. Consistirá en la resolución de un supuesto práctico o prueba situacional a elegir entre dos propuestos por el Tribunal, en el que el interesado deberá emitir una propuesta o un informe en los términos indicados en el supuesto o prueba. Los supuestos o pruebas planteados abarcarán varios de los bloques temáticos en el que está divido el temario. Los criterios de valoración de este ejercicio serán: el conocimiento técnico de la materia, la correcta resolución del supuesto o prueba planteado, la capacidad de expresión escrita, la visión integral del temario y de la universidad y la calidad de la presentación. En la resolución del supuesto se podrá utilizar procesador de textos u hoja de cálculo, utilizando al efecto, en su caso, MS Office 2010 o LibreOffice 4.4. El tiempo máximo para la realización de esta parte será de cuatro horas.

Tercer ejercicio. Consistirá en desarrollar un tema o epígrafe de tema a elegir entre tres propuestos por el Tribunal. El tiempo de realización de esta prueba será de tres horas. Los criterios de valoración de este ejercicio serán: el conocimiento técnico de la materia, la capacidad de síntesis, la capacidad de expresión escrita y la calidad de la presentación. Finalizado el ejercicio, el Tribunal entregará una fotocopia de su ejercicio para preparar el siguiente, en caso de superar el mismo.

Cuarto ejercicio. Consistirá en la exposición del examen realizado en el ejercicio anterior, utilizando para ello la aplicación Powerpoint de MS Office 2010 o su equivalente en software LibreOffice 4.4. Al término de la exposición el Tribunal planteará preguntas a los aspirantes sobre el contenido de la misma. Entre la publicación de las notas del tercer ejercicio y la realización del cuarto ejercicio deberán pasar un mínimo de tres días laborables. Los criterios de valoración de este ejercicio serán: el conocimiento técnico de la materia, la capacidad de síntesis, la capacidad de expresión y comunicación y la calidad de la presentación. El tiempo máximo para la exposición será de 20 minutos y para las preguntas de 10 minutos.

B) Valoración.

Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para realizar el siguiente ejercicio haber obtenido la puntuación mínima en el anterior que se señala a continuación. Los tres primeros ejercicios se calificarán de cero a veinte puntos, siendo necesario para superar cada uno de ellos, obtener una puntuación mínima de diez puntos. Las respuestas erróneas en el primer ejercicio puntuarán negativamente conforme a la fórmula tradicional de penalización de las respuestas erróneas: Total = Aciertos – [Errores/(Número de alternativas – 1)]. El cuarto ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

Será necesario para superar la fase de oposición obtener un mínimo de treinta y cinco puntos entre los cuatro ejercicios, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Sólo podrá sumarse la puntuación de la fase de concurso a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Fase de concurso. La valoración de los méritos en esta fase se realizará de la siguiente manera:

a) Experiencia en el Grupo A (subgrupo A1). La experiencia de los candidatos en puestos de cuerpos o escalas de administración general encuadrados en el subgrupo A1 de las Universidades y Administraciones Públicas se valorará hasta un máximo de 18 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, a razón de 1/365 puntos por día. Se valorará igualmente el tiempo de servicios prestados en las Universidades y Administraciones Públicas con la puntuación indicada, como personal laboral en categorías de grupos de clasificación equivalentes al subgrupo A1, con funciones de administración general correspondientes a la escala convocada y distintas de las especialidades de escala establecidas en la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad de Cádiz.

b) Cursos de formación recibidos. Se valorará la suma total de horas de formación recibida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de puestos del subgrupo A1 de administración general, organizado y/u homologado por organismo oficial, en los que se haya expedido diploma y certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento se otorgará la siguiente puntuación:

• De 1 a 100 horas: Un punto.

• De 101 a 200 horas: Dos puntos.

• De 201 a 300 horas: Tres puntos.

• Más de 300 horas: Cuatro puntos.

Solamente se valorarán aquellos cursos que se hayan realizado en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Los cursos en cuyo certificado no aparezca el número de horas se valorarán con una hora. Si el curso tiene certificado de aprovechamiento se multiplicará el número de horas del mismo por 1,5.

c) Cursos de formación impartidos. Se valorará la suma total de horas de formación impartida en aquellos cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las funciones propias de los puestos del subgrupo A1 de administración general, organizado y/u homologado por organismo oficial, se otorgará la siguiente puntuación:

• De una a 50 horas: Un punto.

• De 51 a 100 horas: Dos puntos.

• De 101 a 150 horas: Tres puntos.

• Más de 150 horas: Cuatro puntos.

Solamente se valorarán aquellos cursos que se hayan realizado en los 10 años inmediatamente anteriores a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

d) Nivel de formación académica. Se valorará la posesión de las siguientes titulaciones académicas:

• Titulación de Máster oficial: Un punto.

• Titulación de Doctor: Dos puntos.

El Tribunal calificador puntuará sólo la titulación de mayor nivel de las señaladas anteriormente.

e) Nivel de formación en idioma inglés. Por tener título reconocido del idioma inglés, se valorará según la siguiente escala:

• Nivel B1: 0,5 puntos.

• Nivel B2: Un punto.

• Nivel C1: 1,5 puntos.

• Nivel C2: Dos puntos.

El Tribunal calificador puntuará sólo la acreditación de mayor nivel de las señaladas anteriormente.

En el plazo máximo de diez días, a contar desde la publicación de los resultados del cuarto ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal publicará la lista provisional de aspirantes con la puntuación obtenida en los distintos apartados de la fase de concurso. Transcurrido un plazo de diez días para la presentación, en su caso, de reclamaciones, se publicará la lista definitiva con la puntuación total de la fase de concurso. Ambas listas, serán publicadas en el Rectorado y en la siguiente dirección de Internet: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones.

Proceso selectivo: La determinación del número de aspirantes que han superado el proceso selectivo se realizará sumando la puntuación obtenida en los cuatro ejercicios de la fase de oposición de aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso, por aquellos aspirantes que hayan superado el mencionado proceso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición.

ANEXO III
Programa

I. Gerencia pública y organización de la administración

1. La administración por objetivos: dirección por objetivos y programación de proyectos. Administración para la calidad. Modelos de gestión: el modelo EFQM. Los sistemas de certificación y acreditación.

2. El factor humano en la organización. El liderazgo: estilos y competencias del líder. El grupo en la organización: dinámicas de trabajo, el trabajo en equipo. La motivación. La comunicación interna.

3. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Gestión de los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional.

4. La gestión por competencias: concepto y tipos de competencias. El análisis y descripción de puestos de trabajo. La evaluación del desempeño.

5. Los Sistemas de Información. La atención al público. La comunicación con el usuario.

6. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. La Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su Estatuto. Funciones. El Reglamento sobre transparencia de la Universidad de Cádiz.

7. El Segundo Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz. Vigencia, misión y valores. Diagnóstico Institucional. Alcance y Objetivos Estratégicos.

II. Derecho Constitucional. Comunidad Autónoma de Andalucía. Unión Europea

1. La Constitución Española de 1978. Características Generales. Valor normativo. Reforma Constitucional.

2. Valores superiores y principios inspiradores de la Constitución Española. Derechos y deberes. Libertades públicas. Garantías y restricciones.

3. Los poderes del Estado en la Constitución de 1978: su regulación.

4. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo y sus formas. La Casa Real: estructura y funciones.

5. Las Cortes Generales: Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funcionamiento. Órganos y funcionamiento de las Cámaras. La función legislativa. La función de control del Gobierno. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

El Gobierno del Estado. Composición. Funciones. Designación, remoción y responsabilidades de sus miembros y de su Presidente.

6. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. La Organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias.

7. El Tribunal Constitucional: composición y funciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos constitucionales.

8. La representación política en España: los partidos políticos. El sistema electoral español, Organización del sufragio y procedimiento electoral.

9. La Administración pública: regulación constitucional. Tipología de la Administración pública en España.

10. La Organización territorial del Estado en la Constitución Española. Las organizaciones sindicales y empresariales en España.

11. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Derechos y deberes. Principios rectores. Competencias de la Comunidad Autónoma.

12. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Principios de organización y funcionamiento. Organización general. Tipos de órganos. Órganos centrales y territoriales. Estatuto de los altos cargos de la Administración.

13. Organización institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía: El sistema electoral. Función legislativa y ejecutiva.

14. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Organización y funcionamiento.

15. La Unión Europea. Los tratados. Instituciones comunitarias.

16. El Derecho comunitario. Tipología de fuentes. Aplicación y eficacia del Derecho Comunitario en los países miembros. El presupuesto de la Unión Europea y sus fuentes de financiación.

17. Las libertades básicas del sistema Comunitario. Libre circulación de mercancías y política comercial común. Libre circulación de trabajadores y política social y de empleo. Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios. Libre circulación de capitales.

18. La política regional comunitaria. La cohesión económica y social: los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. Los demás instrumentos financieros.

III. Derecho Administrativo

1. La Administración pública española. Los principios constitucionales. Las fuentes del Derecho Administrativo: concepto y clases. La Constitución y las leyes: clases. Disposiciones normativas con fuerza de ley. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases; límites a la potestad reglamentaria. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

2. La actividad del Sector Público. Del servicio público en sentido estricto al servicio de interés general. La gestión de los servicios públicos: gestión directa y gestión indirecta.

3. El patrimonio de las Administraciones Públicas: Régimen jurídico.

4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Disposiciones generales. Los órganos de las Administraciones Públicas.

5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Funcionamiento electrónico del sector público. La Administración Electrónica.

7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Organización y funcionamiento del sector público institucional.

8. La Ley 40/2015, de 1 de octubre. Principios generales de las relaciones interadministrativas. La colaboración y cooperación entre Administraciones Públicas. Relaciones electrónicas entre Administraciones.

9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los interesados. La actividad de las Administraciones Públicas: normas generales.

10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. La ejecutoriedad. Revisión, anulación y revocación.

11. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. La responsabilidad de las Administraciones Públicas. Consideraciones generales, presupuestos, requisitos temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y personal.

12. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. El procedimiento administrativo: concepto y clases. Los sujetos del procedimiento administrativo. Iniciación del procedimiento. Instrucción: alegaciones, informes y prueba. El trámite de audiencia. Cómputo y alteración de los plazos. Terminación del procedimiento administrativo. Los procedimientos administrativos especiales en la legislación española.

13. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. Revisión de los actos. Revisión de oficio. Anulación y revocación. Los recursos administrativos. Clases de recursos y su regulación.

14. La Ley 39/2015, de 1 de octubre. Los recursos administrativos. Actos que ponen fin a la vía administrativa. La resolución de los recursos: la «reformatio in peius».

15. Concepto de Administración Publica a efectos del recurso contencioso-administrativo. Los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Reglas determinantes de sus respectivas competencias: la distribución de competencias de las Salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El procedimiento contencioso administrativo. La sentencia y los recursos contra las mismas.

IV. Gestión de personal y seguridad social

1. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El EBEP. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. La oferta de empleo pública. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo. Análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo. La formación del personal.

2. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Ingreso en los cuerpos y escalas de las Administraciones Públicas. La provisión de puestos de trabajo.

3. Situaciones de los funcionarios: supuestos y efectos de cada una de ellas.

4. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de retribuciones e indemnizaciones. Las incompatibilidades: regulación general y excepciones.

5. Régimen disciplinario: faltas, sanciones y tramitación.

6. Los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios: su regulación en la LOU. El Profesorado contratado.

7. El Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz: su regulación en la LOU y en los Estatutos.

8. El Derecho del Trabajo. Su especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.

9. Los convenios colectivos de trabajo. Concepto, naturaleza y régimen jurídico. Especial referencia al Convenio Colectivo del PAS Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

10. El contrato de trabajo. Concepto y naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico. Extinción. Modalidades del contrato de trabajo.

11. Condiciones de trabajo. El salario. Garantías del salario. El Fondo de Garantía Salarial. Impugnación de los actos en material laboral.

12. Jurisdicción Social y Administración laboral.

13. Derecho sindical. La libertad sindical: contenido. La participación de los trabajadores en la empresa. Representación sindical. Régimen electoral.

14. El sistema español de seguridad social. El Régimen General. La acción protectora. Tipos y características de las prestaciones. Campo de aplicación. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores. Altas y bajas. Cotización. Acción protectora. Régimen jurídico de las prestaciones: concepto, clases y caracteres.

15. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. La MUFACE. Los derechos pasivos. El Mutualismo administrativo.

16. Prevención de riesgos laborales. Funciones y competencias de la Administración. Obligaciones de los empresarios.

V. Gestión Financiera y contratación administrativa

1. El presupuesto, concepto y clases. Principios presupuestarios. El ejercicio presupuestario. Estructura del presupuesto: clasificación orgánica, funcional y económica. El ciclo presupuestario.

2. La Universidad de Cádiz. Créditos presupuestarios. Modificaciones de los créditos iniciales. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de tesorería. Créditos ampliables. Transferencias de crédito. Ingresos que generan crédito. Remanentes de crédito.

3. Estado de ingresos del presupuesto. Ingresos presupuestos. Créditos presupuestos y remanentes de crédito.

Devoluciones de ingreso. Minoraciones de ingreso. Contraído, formalización. Tesorería, rentas públicas y gastos públicos.

4. El Plan General de Contabilidad Pública. Ámbito de aplicación y contenido del Plan. Normas de valoración Las Cuentas Anuales.

5. La Universidad de Cádiz. Ordenación del gasto y ordenación del pago: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio. Control del gasto público. Clases. Especial referencia del control de legalidad. La Cámara de Cuentas de Andalucía. El Tribunal de Cuentas.

6. La Universidad de Cádiz. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos financieros. Gastos de transferencia: corrientes y de capital. Gastos de inversión.

7. La Universidad de Cádiz. Pagos: concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos en firme y a justificar. Justificación de libramientos. Sistemas de pago.

8. El sistema tributario español. Características. Estructura del Sistema de Imposición directa. Obligaciones tributarias de la UCA. El IRPF: naturaleza, características, hecho imponible y sujetos pasivos. Rentas exentas. Tratamiento de las retribuciones de personal, becas y ayudas. Retenciones a cuenta del impuesto.

9. Estructura del Sistema de Imposición indirecta. El IVA: naturaleza y objeto. Tasas y exacciones parafiscales. Especial referencia a la Ley de Tasas y Precios Públicos. Precios públicos de servicios universitarios.

10. Nociones básicas sobre la contratación en el sector público. Principios inspiradores del procedimiento de contratación pública. La Ley de Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación de la Ley. Concepto de contratos del sector público: distinción entre contratos administrativos y contratos privados; calificación de los contratos del sector público; contratos sujetos a una regulación armonizada. Régimen jurídico aplicable a los contratos del sector público y orden jurisdiccional.

11. Requisitos de los contratos del sector público: racionalidad y consistencia de la contratación del sector público; libertad de pactos y contenido mínimo del contrato; perfección y forma del contrato. Partes en el Contrato: organización administrativa para la gestión de la contratación; la posición jurídica del contratista. Contenido del contrato: el objeto del contrato; precio y su revisión. Garantías de la contratación: garantía definitiva; garantía provisional; garantía complementaria; garantía global.

12. Expediente de contratación: tramitación ordinaria; tramitación abreviada. Procedimientos de adjudicación: normas generales; procedimiento abierto; procedimiento restringido; procedimiento negociado; diálogo competitivo. Racionalización Técnica de la Contratación. Efectos, cumplimiento, modificación y extinción de los contratos: efectos de los contratos; ejecución de los contratos; pago del precio; modificación del contrato; extinción de los contratos; cesión de los contratos y subcontratación. Normas especiales para los contratos del sector público. Régimen de invalidez. Régimen especial de revisión de decisiones en materia de contratación.

13. Gestión de subvenciones y transferencias. Conceptos generales. Nociones básicas sobre la Ley y el Reglamento de subvenciones. Legislación estatal y legislación de la Comunidad Autónoma Andaluza.

14. Incidencia de las leyes de estabilidad presupuestaria en el proceso de elaboración, aprobación y ejecución del Presupuesto.

VI. Gestión universitaria

1. El Espacio Europeo de Educación Superior. Plan Bolonia. Horizonte 2020.

2. La ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El Plan Propio de la UCA.

3. Real Decreto para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. Reglamento de admisión y matriculación en la UCA.

4. Reglamento UCA sobre contratos del artículo 83 de la LOU.

5. La autonomía universitaria: Ley Orgánica de Universidades. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. El gobierno de las Universidades. El Consejo de Universidades. El estudio en la Universidad.

6. Desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Universidades (1). El régimen del profesorado universitario. Artículo 83. Los concursos para la provisión de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.

7. Desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Universidades (2). Convenio colectivo del PDI laboral de las Universidades andaluzas.

8. Desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Universidades (3). El acceso y permanencia en la Universidad. Los procedimientos para el ingreso en los Centros universitarios.

9. Desarrollo reglamentario de la Ley Orgánica de Universidades (4). La regulación de los estudios de Doctorado.

10. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (1). Naturaleza, fines y estructura general de la Universidad de Cádiz. Los Departamentos Universitarios: constitución, competencias y órganos de gobierno. Las Facultades y Escuelas: creación, funciones y órganos de gobierno.

11. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (2). Los órganos colegiados de gobierno en la Universidad de Cádiz. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno.

12. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (3). Los órganos unipersonales de gobierno. El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario General. El Gerente.

13. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (4). Docencia e investigación. Los estudiantes.

14. Los Estatutos de la Universidad de Cádiz (5). La Administración universitaria y los servicios. Los Servicios universitarios.

15. El Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz.

16. Código ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver).

17. Igualdad de Género. Conceptos generales: genero, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación por razón de sexo: discriminación directa e indirecta, discriminación salarial. Acoso por razón de sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre mujeres y hombres igualdad de derechos, de trato y de oportunidades.

18. Normativa sobre igualdad. La igualdad de género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Normativa para la promoción de la igualdad de género y para la prevención y protección integral contra la violencia de género.

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