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Documento BOE-A-2017-9543

Resolución de 4 de agosto de 2017, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se declara desierto puesto de trabajo de libre designación, convocado por Resolución de 12 de junio de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 2017, páginas 80090 a 80090 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2017-9543

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 12 de junio de 2017 («BOE» de 15 de junio de 2017) se anunció para su cobertura por el sistema de libre designación el puesto de Consejero/a de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en la República Popular de China-Beijing.

Como consecuencia de la abstención del Subsecretario por concurrir una de las causas previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ministra de Empleo y Seguridad Social, mediante Resolución de 25 de julio de 2017, ha designado suplente en este procedimiento al Secretario de Estado de Empleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.1 de la citada Ley 40/2015.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en relación con el artículo 56.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y lo previsto en el artículo 8.2 del Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establece la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regula su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo, una vez acreditada la observancia del proceso debido y tras el examen detallado de las solicitudes y de los currículos concurrentes a la misma, ninguno de los candidatos ha acreditado convenientemente el cumplimiento de los requisitos de idoneidad establecidos en la convocatoria.

En virtud de todo lo anterior, esta Secretaría de Estado ha dispuesto declarar desierto el puesto de trabajo de Consejero/a de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en la República Popular de China-Beijing.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contados a partir de la fecha de su notificación al amparo de lo establecido en los artículos 9.a) y 10.i), en relación con el artículo 14, todos ellos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 4 de agosto de 2017.–El Secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo Figuerola-Ferretti.

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