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Documento BOE-A-2018-2870

Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Mugardos (A Coruña), sobre las condiciones de la cesión del uso de un local de propiedad municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 2018, páginas 25389 a 25391 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-2870

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 28 de diciembre de 2017 el Convenio entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Mugardos (A Coruña) sobre las condiciones de la cesión del uso de un local de propiedad municipal sito en la calle Apelón s/n de la localidad de Mugardos, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 20 de febrero de 2018.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, P. S. (Real Decreto 770/2017, de 28 de julio), el Vicesecretario General Técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza Gómez.

ANEXO
Convenio entre Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de Mugardos (A Coruña) sobre las condiciones de la cesión del uso de un local de propiedad municipal sito en la calle Apelón, s/n, de la localidad de Mugardos

En Mugardos (A Coruña), 28 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, D. José Antonio Nieto Ballesteros, como Secretario de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 497/2016, de 18 de noviembre («BOE» n.º 280, de 19 de noviembre de 2016) en nombre y representación de la citada Institución, de acuerdo con lo previsto en artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y

De otra parte, D.ª Pilar Díaz Otero, Alcaldesa del Ayuntamiento de Mugardos (A Coruña), en representación de dicho Ayuntamiento, autorizada para la firma del presente documento mediante acuerdo plenario de fecha 27 de enero de 2017 del que se adjunta copia al presente. Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para ceder y aceptar, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que la Guardia Civil tiene encomendadas dentro del Ayuntamiento de Mugardos (A Coruña), funciones relativas a la Seguridad Ciudadana, prevención y averiguación de delitos, orden público, conservación de la naturaleza y el medio ambiente, entre otras.

II. Que el Ayuntamiento tiene el deber de velar por los intereses, bienestar y comodidad de sus ciudadanos, así como de las empresas y organismos asentados en el mismo.

III. El Ayuntamiento dispone de un edificio municipal, sito en la calle Apelón, s/n, antiguo Colegio, por lo que teniendo en cuenta la confluencia de intereses entre ambas instituciones y con la finalidad de mejorar las condiciones y la calidad del servicio prestado por la Guardia Civil, ha ofrecido su colaboración para que utilicen dichas instalaciones.

IV. Que a tales fines, el ente público ha acordado la cesión directa de las citadas dependencias a la Guardia Civil, tal y como se aprobó en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 27 de enero de 2017 y de la que se adjunta copia a la presente.

A la vista de lo expuesto, ambas partes en la representación que ostentan, acuerdan la firma del presente convenio, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto determinar las condiciones de la cesión gratuita de uso de las instalaciones que se detallan a continuación, titularidad del Ayuntamiento de Mugardos con destino a los servicios de la Dirección General de la Guardia Civil (afectación al Ministerio del Interior) del Edificio del antiguo Colegio sito en la calle Apelón, s/n, constando el mismo de una planta baja y primera planta así como recinto cerrado circundante.

Segunda. Compromisos por parte de la DGGC.

La Dirección General de la Guardia Civil quedará obligada a conservar los locales cedidos en perfecto estado de utilización, limpieza, higiene y estética, realizando a su cargo las reparaciones ordinarias y extraordinarias que sean precisas, a partir de que se haga efectiva la concesión demanial.

La realización de obras de conservación o mantenimiento de las instalaciones objeto de cesión, deberá contar con la previa y expresa autorización del Ayuntamiento.

La Guardia Civil será responsable del mantenimiento y conservación del local objeto de la cesión de uso, asumiendo los gastos de funcionamiento, así como cualquier otro tipo de gastos, tributos, impuestos y tasas que se deriven del uso, mantenimiento y conservación de las instalaciones, así como las obras de reparaciones ordinarias o extraordinarias que fuesen necesarias en los locales desde que se produzca el traslado y ocupación efectiva de los mismos por parte de la Dirección General de la Guardia Civil. Los costes serán asumidos con los créditos asignados al Presupuestos de Guardia Civil sin que supongan un gasto extraordinario no previsto en los mismos.

La Dirección General de la Guardia Civil se compromete a utilizar las instalaciones objeto del presente Convenio para el uso establecido del mismo. En el caso de que la Guardia Civil destinara el inmueble cedido a otros fines se produciría la resolución del Convenio en los términos que establece la Cláusula Quinta y la retrocesión de las instalaciones al Ayuntamiento.

Tercera. Compromisos por parte del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Mugardos se compromete a que la concesión demanial, se otorgue por un plazo de veinticinco años, desde que se suscriba el acta de entrega y aceptación de la concesión demanial de las instalaciones objeto del presente Convenio, conforme a los artículos 21.1 y 93 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones públicas, y de acuerdo con la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Asimismo, el Ayuntamiento de Mugardos se compromete a entregar las instalaciones objeto del presente Convenio en las condiciones establecidas en el proyecto de obra redactado por el arquitecto técnico Juan Alberto González Riobó, en fecha marzo 2017, con un presupuesto de 63.961,88 euros IVA incluido.

Una vez que se produzca la ocupación efectiva, en ningún caso será responsable de las obligaciones contraídas por Guardia Civil, ni de los daños o perjuicios causados por ésta a terceros.

Cuarta. Vigencia.

El presente Convenio tendrá eficacia a partir de su inscripción en el Registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación del sector público estatal, extendiendo su vigencia por un plazo máximo de cuatro años, que podrá ser prorrogable por otros cuatro años de acuerdo con el artículo 49 letra h de la Ley 40/2015, salvo renuncia expresa con una antelación al menos de tres meses.

Quinta. Resolución de las condiciones de la cesión de uso.

Que no se llegue a cabo la concesión demanial será causa de resolución del presente Convenio, no obstante, también serán causas de resolución:

Vencimiento del plazo de vigencia.

Que las instalaciones cedidas resulten incompatibles con nuevas obras o planes aprobados con posterioridad a la firma del presente.

El incumplimiento grave acreditado por alguna de las partes.

La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin objeto del mismo.

Por mutuo acuerdo de las partes.

Sexta. Naturaleza Jurídica y Resolución de Conflictos.

El presente Convenio se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Igualmente, por aplicación del artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, este Convenio queda excluido del ámbito de aplicación de dicha Ley.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso–Administrativo. No obstante, ambas partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pueda surgir en el desarrollo de la presente cesión de uso, siempre que sea posible.

El Pleno faculta a la Alcaldesa-Presidenta para la firma del acta para la cesión de uso de la planta baja del local sito en la calle Apelón, s/n.

En prueba de conformidad, se firma por duplicado el presente Convenio en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros–La Alcaldesa-Presidenta, Pilar Díaz Otero.

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