Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-9403

Resolución de 22 de junio de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre Dirección General de Industrias Culturales y del Libro y la Fundación Bancaria "La Caixa", para promover la proyección de la película "Lo que dirán" de Nila Núñez, en el marco del Programa Cultural de los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 5 de julio de 2018, páginas 67902 a 67906 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-9403

TEXTO ORIGINAL

La Dirección General de Industrias Culturales y del Libro (Ministerio de Cultura y Deporte) y la Fundación Bancaria «La Caixa» han suscrito, con fecha 7 de junio de 2018, un Convenio, para promover la proyección de la película Lo que dirán de Nila Núñez, en el marco del Programa Cultural de los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 22 de junio de 2018.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio entre la Dirección General de Industrias Culturales y del Libro (Ministerio de Cultura y Deporte) y la Fundación Bancaria «La Caixa» para promover la proyección de la película «Lo que dirán» de Nila Núñez, en el marco del Programa Cultural de los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018

En Barcelona y Madrid, el día 7 de junio de 2018.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Francisco Javier Bertolín, actuando en nombre y representación de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, «la Caixa» (en adelante, Fundación Bancaria «la Caixa» u Obra Social «la Caixa»), en su calidad de Director del Área Comercial y Educativa, entidad domiciliada en Palma (Islas Baleares), Plaza Weyler, 3, código postal 07001, y con N.I.F. G-58899998.

De otra, el Sr. Óscar Sáenz de Santa María Gómez-Mampaso, actuando en nombre y representación del Ministerio de Cultura y Deporte, en su calidad de Director General de Industrias Culturales y del Libro (en adelante, «la DGICL»), en virtud del Real Decreto 45/2017, de 27 de enero, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el Real Decreto 284/2017, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con la disposición transitoria única del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Las Partes se reconocen mutua y recíprocamente, en la condición en la que actúan, capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que la Fundación Bancaria «la Caixa» contempla entre sus objetivos la realización de obras benéficas y sociales, propias o en colaboración con instituciones del país, atendiendo las diferentes necesidades de la sociedad.

La misión de la Fundación Bancaria «la Caixa» es construir una sociedad mejor y más justa, dando más oportunidades a las personas que más lo necesitan.

La Fundación Bancaria «la Caixa» desarrolla programas sociales, de fomento de la investigación y el conocimiento, culturales y educativos con una vocación transformadora.

II. Que al Ministerio de Cultura y Deporte le han sido atribuidas, entre otras, las competencias de la promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español, de los museos estatales y de las artes, del libro, la lectura y la creación literaria, de las actividades cinematográficas y audiovisuales y de los libros y bibliotecas estatales, y la promoción y difusión de la cultura en español.

El Ministerio de Cultura y Deporte, aporta al programa cultural de Los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018 una propuesta de actividades culturales cuyos fines son poner en valor el patrimonio histórico de Tarragona, destacar el diálogo intercultural, la paz y la solidaridad como valores intrínsecos de los Juegos, y mostrar las diferentes culturas que confluyen en el Mar Mediterráneo.

III. Que es voluntad de las partes establecer un marco de colaboración en que se promueva la proyección de la película Lo que dirán de Nila Núñez, que forma parte del ciclo «En el centro, el Mediterráneo», organizado por el Ministerio de Cultura y Deporte, con la finalidad de promover el diálogo y la reflexión sobre la integración cultural y en concreto en el desarrollo, por ésta, del programa mencionado en la anterior manifestación.

De conformidad con las anteriores manifestaciones y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio sujeto a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer el marco de la colaboración entre la Obra Social «la Caixa» y DGICL del Ministerio de Cultura y Deporte para favorecer la proyección, por parte de esta última, de la película Lo que dirán de Nila Núñez, en el marco de sus actividades. Esta actividad se incluye en el ciclo de proyecciones que ha organizado en la ciudad de Tarragona, en el marco del Programa Cultural de los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018 y que van dirigidas al público escolar y adolescente con la finalidad de sensibilizar sobre las problemáticas sociales que atraviesan la realidad de los países mediterráneos: migraciones, integración y diálogo entre culturas.

La descripción, objetivos, plan de actuación y calendario del proyecto se detallan en el Anexo a este convenio.

Segunda. Compromisos de la DGICL.

La DGICL destinará el uso del espacio cedido gratuitamente por la Obra Social «la Caixa» según se establece en el pacto siguiente, a la proyección de la película «Lo que dirán» que se menciona en la cláusula anterior.

Asimismo, aportará todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a término la proyección objeto de este Convenio y será el único responsable de la acción.

Utilizará correctamente el espacio cedido, salvaguardando las instalaciones y los equipamientos utilizados. En consecuencia, responderá de los daños o desperfectos que se puedan producir durante la proyección y a causa de ésta, bien por circunstancia fortuita bien por circunstancia provocada. Una vez finalizada la misma, dejará el espacio en perfectas condiciones, de manera que quede listo para poder acoger nuevas actividades.

Tercera. Compromisos de la Obra Social «la Caixa».

Para el cumplimiento de las finalidades mencionadas en el pacto anterior, la Obra Social «la Caixa» realizará una cesión gratuita de espacio, concretamente, el Auditorio de CaixaForum Tarragona.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento del desarrollo de este convenio, se podrá constituir una comisión paritaria mixta, integrada por representantes de cada una de las partes firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento. A esta comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:

Velar por el correcto desarrollo del proyecto y las necesidades que puedan surgir en la implementación del mismo.

Evaluar el cumplimiento de los objetivos.

Realizar el control y seguimiento y velar por la correcta aplicación de la aportación económica efectuada por la Obra Social «la Caixa».

Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.

Evaluar el resultado del proyecto y de la colaboración.

Y en general, todas aquellas que se desprenden del presente Convenio y o que las partes estimen convenientes.

La comisión de Seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las Partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

Quinta. Tratamiento de datos de carácter personal.

5.1 Los datos personales incluidos en este Convenio (datos de los intervinientes) serán tratados por la otra Parte con la finalidad de gestionar la relación de colaboración, siendo la base del tratamiento el cumplimiento de dicha relación y se conservarán durante todo el tiempo en que ésta subsista y aún después, hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Finalizados dichos plazos de prescripción, los datos serán eliminados o, alternativamente, anonimizados. Los intervinientes se dan por informados de lo siguiente:

a) Los respectivos Responsables del tratamiento de datos de carácter personal, son las partes firmantes y los datos de contacto del delegado de protección de datos (DPD) o del responsable de seguridad de cada una de ellas son los siguientes:

Datos del delegado de protección de datos de Fundación Bancaria «la Caixa»: E-mail: dpd@fundacionlacaixa.org; Dirección postal: Avenida Diagonal, 621-629, 08028 Barcelona.

Datos del delegado de protección de datos o, en su caso, del responsable de seguridad de la Secretaría de Estado de Cultura: Dirección postal indicada en el encabezamiento.

b) Los datos personales de los intervinientes no serán cedidos a terceras entidades, ni serán objeto de decisiones automatizadas.

c) En el caso de que las Partes precisaran contratar los servicios de proveedores ubicados en países que no disponen de normativa equivalente a la europea para el tratamiento de sus datos, dicha contratación se realizaría previo cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa de protección de datos, y aplicando las garantías y salvaguardas necesarias para preservar su privacidad. Para más información pueden contactar con los delegados de protección de datos o, en su caso el responsable de seguridad, a través de las direcciones indicadas.

d) Tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexactos, solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios, solicitar la oposición o limitación del tratamiento de los mismos o solicitar su portabilidad, enviando un mensaje al delegado de protección de datos, o en su caso, al responsable de seguridad, según corresponda, en las direcciones indicadas.

e) Si consideran que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, pueden presentar una reclamación al delegado de protección de datos o al responsable de seguridad, según corresponda, o ante la Agencia Española de Protección de Datos.

5.2 Queda expresamente convenido que todos los datos o información que la DGICL comunique a la Fundación Bancaria «la Caixa» en relación con el proyecto o programa objeto de este Convenio serán datos disociados, es decir, aquellos que no permiten la identificación de persona física alguna y, por tanto, estarán excluidos de la aplicación de la normativa de protección de datos. En particular, mantendrá informada a la Fundación Bancaria «la Caixa» de la evolución del proyecto mediante datos de carácter cuantitativo, numérico y/o porcentual.

La DGICL no tendrá acceso ni tratará datos de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria «la Caixa», durante el desarrollo del presente Convenio. En el supuesto de que, durante la vigencia del presente Convenio, tuviera acceso a algún dato de carácter personal de los que sea responsable Fundación Bancaria «la Caixa», deberá comunicarlo inmediatamente a la misma, aplicando las medidas de seguridad oportunas y procediendo ambas partes a adoptar cuantas medidas y/o acciones pudieran ser necesarias de conformidad con la normativa en materia de protección de datos.

5.3 La DGICL declara que cumplirá, bajo su única y total responsabilidad, con todas las obligaciones que le sean exigibles en aplicación de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal. Asimismo, se compromete a aplicar las medidas de seguridad necesarias, manteniendo indemne a la Fundación Bancaria «la Caixa» de cualesquiera indemnizaciones y/o sanciones reclamadas por cualquier tercero, incluidas las autoridades y organismos competentes.

Sexta. Difusión.

La DGICL, previo consenso con la Obra Social «la Caixa», se compromete a difundir la colaboración de la misma en los documentos y actos de difusión de las actividades realizadas con cargo a la dotación efectuada por ésta, y en su Memoria Anual. La Obra Social «la Caixa» deberá aprobar previamente, en su caso, la utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público.

Por su parte, la Obra Social «la Caixa» podrá realizar la difusión que estime conveniente de la colaboración regulada mediante este convenio, previa aprobación de la Secretaría de Estado de Cultura en lo que se refiere al correcto uso de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos.

Séptima. Vigencia del convenio.

De conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, el presente convenio resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El convenio estará en vigor hasta el 9 de junio de 2018.

Octava. Régimen de modificación.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

Novena. Causas de resolución anticipada.

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución anticipada del presente Convenio las siguientes:

El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las Partes.

El mutuo acuerdo de las Partes.

La denuncia de cualquiera de las Partes.

La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.

No se prevén consecuencias ni indemnizaciones entre las partes en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio.

Décima. Cesión.

Este Convenio es personal entre las Partes y no podrá ser cedido, total o parcialmente, por ninguna de ellas sin el consentimiento por escrito de la otra parte.

Undécima. Ley aplicable y sumisión.

El presente Convenio se interpretará de conformidad con la legislación española.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse del presente Convenio se resolverán entre las Partes, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los tribunales del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo competentes.

Y para dejar constancia de lo convenido, las partes firman el presente documento por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, el Director General de Industrias Culturales y del Libro, Óscar Sáenz de Santa María Gómez Mampaso.–Por la Fundación Bancaria «La Caixa», el Director del Área Comercial y Educativa, Francisco Javier Bertolín.

ANEXO 1
Caixaforum Tarragona

Programa: Sesiones de cine para público escolar y adolescente sobre las problemáticas sociales que atraviesan la realidad de los países mediterráneos: migraciones, integración, diálogo entre culturas.

Organiza: Ministerio de Cultura y Deporte en el marco del Programa Cultural de los Juegos Mediterráneos Tarragona 2018.

Proyección:

Viernes 8 de junio. 17:30 h.

Lo que dirán (Barcelona, 2017), dirigida por Nila Núñez.

Producción: UAB-Máster en Teoría y Práctica del Documental Creativo.

Con la presencia de Nila Núñez y Eulàlia Iglesias durante la proyección, para posterior coloquio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid