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Documento BOE-A-2024-1456

Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Extremadura, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Extremadura, Subdelegación del Gobierno en Badajoz y Subdelegación del Gobierno en Cáceres.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2024, páginas 9673 a 9675 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2024-1456

TEXTO ORIGINAL

El Rector en nombre y representación de la Universidad de Extremadura y el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática en nombre y representación de la Administración General del Estado-Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, han suscrito una Adenda de Modificación al Convenio para la realización de prácticas académicas externas en la Delegación del Gobierno en Extremadura y en las Subdelegaciones del Gobierno en Badajoz y Cáceres, por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en esta Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios para una futura incorporación al mundo laboral.

La Adenda ha sido inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal el día 15 de enero de 2024, fecha en que ha comenzado su vigencia.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la referida Adenda al Convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 16 de enero de 2024.–El Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.

ANEJO
Adenda de modificación del Convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universidad de Extremadura para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de Grado y Máster de dicha Universidad en la Delegación del Gobierno en Extremadura, Subdelegación del Gobierno en Badajoz y Subdelegación del Gobierno en Cáceres

REUNIDOS

De una parte, don Agustín Torres Herrero, Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 283/2020, de 4 de febrero, y conforme a la delegación conferida por el apartado Decimoquinto de la Orden TER/950/2022, de 4 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias, por la que el Secretario de Estado de Política Territorial del Ministerio de Política Territorial, delega las competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye en cuanto a la formalización de convenios (artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público) y acuerdos dentro del ámbito de los servicios territoriales de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y Direcciones Insulares, en gestión patrimonial y demás materias.

Y, de otra parte, don Pedro M. Fernández Salguero, Rector de la Universidad de Extremadura, como representante de ésta, según lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y el Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la citada Universidad, así como el Decreto 166/2022, de 30 de diciembre, de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura por el que se nombra Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura.

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y en su virtud, exponen:

Que con fecha 17 de febrero de 2021 fue suscrito un convenio entre la Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universidad de Extremadura, al amparo de lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicho convenio se suscribió para la realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, en la Delegación del Gobierno en Extremadura, Subdelegación del Gobierno en Badajoz y Subdelegación del Gobierno en Cáceres, por parte de los estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado y Máster en dicha Universidad, que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.

Considerando que el citado convenio inició sus efectos con su inscripción en fecha 17 de febrero de 2021 en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), siendo su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 26 de febrero de 2021 y que de acuerdo con su Cláusula Decimoquinta se suscribió con una duración inicial de cuatro años, a la fecha de firma del presente documento de Adenda el convenio se encuentra plenamente vigente y desplegando sus efectos.

En consecuencia ambas partes acuerdan:

Primero.

La letra e) de la cláusula séptima incorpora esta nueva redacción: «e) Cumplir con todas las obligaciones en materia de Seguridad Social que la normativa vigente establece respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.»

Segundo.

El párrafo tercero de la cláusula octava incorpora esta nueva redacción: «Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia de Seguridad Social que deriven de la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, pactándose expresamente que el cumplimiento de todas las obligaciones en materia de Seguridad Social respecto de los estudiantes en prácticas corresponden a la Universidad –y no a la Administración General del Estado–.»

Tercero.

Las restantes cláusulas del convenio mantienen su validez.

Cuarto.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Adenda al citado convenio resultará eficaz con su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, fecha en que comenzará a computarse su duración. Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente Adenda al Convenio, entendiéndose como fecha de firma la del último de los firmantes.–Por el Ministerio de Política Territorial, el Director General de la Administración General del Estado en el Territorio, Agustín Torres Herrero.–Por la Universidad de Extremadura, el Rector, Pedro M. Fernández Salguero.

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