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Documento BOE-A-2024-1579

Decreto de 18 de enero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada para la protección y tutela de las víctimas en el proceso penal en la Fiscalía Provincial de Teruel a doña Ester Ventura Cantón.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 29 de enero de 2024, páginas 10553 a 10554 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-1579

TEXTO ORIGINAL

En fecha 4 de diciembre de 2023, ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel, por el que propone el nombramiento como Fiscal Delegada para la protección y tutela de víctimas en el proceso penal de esta Fiscalía a favor de la abogada fiscal doña Ester Ventura Cantón. Su recepción determinó la apertura del presente expediente gubernativo.

Hechos

Primero.

Con motivo de la renuncia del anterior fiscal encargado de la protección y tutela de las víctimas en el proceso penal, respecto de la que no constaba decreto de nombramiento, la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel, para atender la delegación, comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. La única solicitud fue la de doña Ester Ventura Cantón quien venia asumiendo dichas funciones desde la renuncia del anterior fiscal encargado de la materia.

Segundo.

Mediante escrito de fecha 8 de enero de 2024 la Fiscal de Sala Delegada para la protección y tutela de las víctimas en el proceso penal no formuló objeción a su nombramiento, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 del Real Decreto 437/1983).

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4). Esto último no es aplicable al presente caso, al haber sido doña Ester Ventura Cantón la única solicitante.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en que el Delegado de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano.

Tercero.

El artículo 62.2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:

Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.

[...]

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.

Cuarto.

Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

Nombrar a doña Ester Ventura Cantón, Fiscal Delegada para la protección y tutela de las víctimas en el proceso penal en la Fiscalía de la Fiscalía Provincial de Teruel.

Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Teruel, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla y a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.

Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Cumpliméntese lo acordado.

Madrid, 18 de enero de 2024.–El Fiscal General del Estado, P. S. (Ley 50/1981, de 30 de diciembre), la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde.

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