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Documento BOE-A-2024-2053

Decreto de 25 de enero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Vigilancia Penitenciaria en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria a doña Emilia Amparo Quesada de la Torre.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 3 de febrero de 2024, páginas 13878 a 13879 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-2053

TEXTO ORIGINAL

El 10 de enero de 2023 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado escrito de igual fecha remitido por la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el que propone la designación de la fiscal, doña Emilia Amparo Quesada, como Fiscal Delegada de Vigilancia Penitenciaria, en la citada Fiscalía.

Hechos

Primero.

Con motivo de la renuncia de la anterior fiscal encargada de vigilancia penitenciaria, respecto de la que no constaba decreto de nombramiento, la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para atender la delegación, comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Ante la ausencia de candidatos la Fiscal Superior propone a doña Emilia Amparo Quesada de la Torre por su experiencia y el cupo de trabajo asignado.

Segundo.

El Fiscal de Sala Delegado de Vigilancia Penitenciaria ha informado favorablemente la propuesta. El Consejo Fiscal no formuló objeción a su designación.

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4). En el presente caso no se ha efectuado solicitud alguna.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en que el Delegado de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano.

Tercero.

El artículo 62.2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:

«Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.

[…]

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.»

Cuarto.

Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cantabria avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

Nombrar a doña Emilia Amparo Quesada de la Torre, Fiscal Delegada de Vigilancia Penitenciaria en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Notifíquese lo acordado al Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que trasladará copia del presente decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla y a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.

Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Cumpliméntese lo acordado.

Madrid, 25 de enero de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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