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Documento BOE-A-2024-2084

Resolución de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Belchite, de 13,5 MW de potencia instalada, y su hibridación con el parque eólico existente Belchite, de 47,85 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza".

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 3 de febrero de 2024, páginas 13947 a 13954 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-2084

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 19 de julio de 2023, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta Solar Fotovoltaica Belchite, de 13,5 MW de potencia instalada, y su hibridación con el parque eólico existente "Belchite", de 47,85 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza», promovido por EDP Renovables España, SLU, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras la subsanación de la documentación de inicio presentada por el promotor, se efectúa el análisis de la misma y se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto consiste en la hibridación de una estructura solar sobre la que se instalarán los módulos fotovoltaicos, con el Parque Eólico (PE) Belchite, de 49,5 MW de potencia nominal y en fase de explotación desde junio de 2006. La planta solar fotovoltaica (PSFV en lo sucesivo), de 13,5 MW de potencia instalada en los inversores, se ubicará en una superficie vallada de 21,89 ha y 2.065 m de perímetro vallado. La evacuación de la energía generada se realizará en la Subestación Eléctrica Transformadora (SET) «Belchite» 20/220 kV, ya en funcionamiento. El punto de conexión a la red de transporte es la Subestación Eléctrica (SE), «Fuendetodos» 220 kV propiedad de REE. La evacuación desde la PSFV hasta la SET «Belchite» se realizará a través de una línea subterránea de media tensión (LSMT) de 20 kV de tensión nominal y 450 m de longitud.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6.3.b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

El emplazamiento de la planta no presenta coincidencia territorial con espacios incluidos en la Red Natura 2000. La ZEPA «Estepas de Belchite-El Planerón-La Lomaza» (ES0000136) y el ZEC/LIC «Planas y estepas de la margen derecha del Ebro» (ES2430091) se localizan a unos 4,3 km al norte del proyecto. El Espacio Natural Protegido (ENP) más próximo, es el ENP-ES 243002, «Reserva Natural dirigida de los Sotos y Galachos del Ebro», a más de 24 km al norte del emplazamiento de la planta.

El área de implantación de la PSFV y la LSMT, se ubica fuera de teselas cartografiadas según el Atlas de Hábitats de Interés Comunitario (HIC), situándose el más cercano a 88 m al norte del emplazamiento de la planta; en concreto, se trata del HIC prioritario 1520 Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia) que no se verá afectado por el proyecto.

Los montes de utilidad pública (MUP) más cercanos son «El Montecillo», a 6 km al suroeste y «Boqueras» a 6,1 km al sur del emplazamiento de la planta. Ambos pertenecen al Ayuntamiento de Lécera.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

El hábitat prioritario en la zona de estudio son pseudoestepas cerealistas con fuerte presión de las labores agrícolas, que incluyen una continua roturación de los escasos barbechos, evitando que estos puedan tener una cobertura vegetal desarrollada. El área de influencia del proyecto no afecta a especies de flora amenazada con regímenes especiales de protección y planes de acción establecidos por el Gobierno de Aragón, como la Al‐Arba (Krascheninnikovia ceratoides), Borderea (Borderea chouardii), Crujiente aragonés (Vella pseudocytisus subsp. Paui) y zapatito de dama (Cypripedium calceolus). Tampoco hay presencia de especies de flora incluidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) ni en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE) del Real Decreto 139/2011 (BOE núm. 46) ni especies de flora incluidas en la Directiva 92/43/CEE o Directiva Hábitats (DOCE núm. 206/7) y en el Convenio de Washington o CITES, sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestres.

El promotor aporta información bibliográfica de la cuadrícula UTM 10 x 10 donde se ubica el ámbito de estudio (30TXL97). En dicha cuadrícula se registran 83 especies de vertebrados en las que un 72 % pertenecen al grupo de aves, un 8 % a mamíferos, un 11 % a reptiles, un 5 % a anfibios y un 4 % al grupo de peces continentales.

El estudio de avifauna incluye un ciclo anual completo (noviembre 2021-octubre 2022), con muestreos con una frecuencia quincenal en los periodos de invernada (entre el 1 de diciembre-31 de enero) y reproductor (entre el 15 marzo-15 de junio) y mensual el resto del año.

En un área de influencia del proyecto de 5 km, se identificaron 9 especies de aves relacionadas con ambientes esteparios; alondra ricotí (Chersophilus duponti), chorlito carambolo (Charadrius morinellus), aguilucho cenizo (Circus pygargus), ganga ibérica (Pterocles alchata), ganga ortega (Pterocles orientalis), cernícalo primilla (Falco naumanni), chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax), aguilucho pálido (Circus cyaneus) y alcaraván común (Burhinus oedicnemus).

Hay que destacar que la práctica totalidad de las aves identificadas están catalogadas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (artículo 46 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad) en peligro de extinción o vulnerables.

La alondra ricotí está catalogada en «peligro de extinción» en el Catálogo de Regional de Especies Amenazadas de Aragón (Decreto 129/2022) (en lo sucesivo CREA) y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011) (en adelante, CEEA). Catalogadas «vulnerables» en ambos catálogos: chorlito carambolo, aguilucho cenizo, ganga ibérica y ganga ortega. El cernícalo primilla y la chova piquirroja están catalogadas como «vulnerables» en el CREA. Las otras especies de aves observadas sin estatus de protección ni en el CEEA ni en el CREA fueron el aguilucho pálido y el alcaraván común.

En relación a la alondra ricotí, se observaron dos ejemplares en una sola ocasión, en concreto el 22 de marzo de 2022, a unos 5 km al suroeste de la planta proyectada. No hubo más contactos durante los muestreos realizados en el ciclo anual de avifauna.

A principio de mes de abril y de mayo de 2022, se identificó un grupo de chorlitos carambolos, ambos en el límite este del área de estudio. En la primera ocasión el grupo contaba con 16 individuos y la segunda, con 11, por lo que no es descartable que se tratase del mismo grupo. En las dos situaciones las aves se encontraban posadas en el suelo.

La evolución mensual del índice kilométrico de abundancia (IKA) de aguilucho cenizo en los distintos transectos realizados en el estudio de avifauna, no superó el valor de 1, en los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2022, sin haber contactos en todos los transectos. Sin embargo, si hubo un registro más cercano de un ejemplar joven volando en las proximidades de la turbina n.º 5 del PE «Belchite», a 500 m de la localización del emplazamiento de la planta.

La ganga ibérica es una especie residente todo el año en el área de estudio, aunque su abundancia mensual es variable. Los valores más bajos se registraron entre los meses de marzo y septiembre de 2022, donde los contactos no superaron la docena de ejemplares por mes. Por el contrario, durante los meses de octubre de 2021 a febrero de 2022, los avistamientos se volvieron más frecuentes (18 observaciones frente a 11) y en bandos muy numerosos, destacando el mes de noviembre con dos bandos de 300 y 120 ejemplares. Aunque no hubo evidencias directas de nidificación (nidos o pollos de corta edad), probablemente se reproduzca dentro del ámbito de estudio, dadas las características del hábitat y la presencia casi ininterrumpida de ejemplares durante el período reproductor. La localización preferente se identificó al este del emplazamiento de la planta a distancias superiores a 2 km al mismo, sobre campos de cultivo en barbecho.

La ganga ortega también se observó en el área de estudio durante todo el ciclo anual. Sin embargo, sus avistamientos resultaron más discontinuos, sin citas en los meses de julio, septiembre y octubre de 2022. El resto del año se detectaron parejas o pequeños grupos de entre 5-14 ejemplares, salvo en noviembre de 2021, que se registraron un total de 52 individuos. Ninguno de los avistamientos tuvo lugar en las proximidades a la poligonal del emplazamiento de la planta, de hecho, sólo se produjeron en uno de los transectos considerados.

El término municipal de Belchite está incluido en el ámbito de aplicación del Plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla en Aragón (Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un nuevo régimen de protección para la conservación del cernícalo primilla (Falco Naumanni) y se aprueba el plan de conservación de su hábitat). De hecho, el emplazamiento de la planta se ubica dentro de una de las áreas críticas establecidas por el gobierno de Aragón para dicha especie. Según información proporcionada por la administración aragonesa al promotor de acuerdo con datos de 2016, hay dos colonias de cría de la especie en el radio de 5 km al proyecto solar. A unos 3,6 km del proyecto en dirección este, se localizaría la colonia de Monís con dos parejas. Roca Pañarroya, con una pareja, está más alejada del área del proyecto. Durante el estudio de avifauna el promotor no pudo constatar la reproducción del cernícalo primilla y las edificaciones más próximas no mostraron indicios de uso por estas aves. La mayor presencia de la especie coincidió con el periodo de paso postnupcial.

Durante los muestreos de aves nocturnas y crepusculares, se identificaron un total de cuatro especies distintas, ninguna de ellas catalogada en «peligro de extinción» o «vulnerable» en el CREA y CEEA). La más abundante de ellas fue el alcaraván común (Burhinus oedicnemus insularum) con un total de siete registros. El resto de especies identificadas fueron el búho campestre (Asio flammeus), mochuelo europeo (Athene noctua) y lechuza común (Tyto alba). Para todos ellos, las citas obtenidas fueron escasas con sólo un ejemplar en todos los casos (el 7 de marzo de 2022 para el búho campestre, 16 de mayo de 2022 para el mochuelo europeo y el 25 de enero de 2022 para la lechuza común).

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

El proyecto se ubica en la Cuenca del Ebro sin afectar al dominio público hidráulico (DPH) ni a zonas de servidumbre o policía.

En referencia a la hidrología superficial, los cauces más importantes de la zona de estudio son el río Aguas Vivas, que discurre a 1,7 km al suroeste del emplazamiento de la planta, el arroyo El Regadío, a 495 m al oeste y el barranco de Valdecimentoria a unos 2 km al noreste.

En relación a la hidrología subterránea, el proyecto se ubica sobre la masa subterránea ES091079-«Campo de Belchite», definida en el Plan Hidrológico del Ebro 2015-2021, en una zona sin restricciones.

A 490 m al suroeste del proyecto, se localiza un pozo de captación de agua subterránea para riego y uso agrario, ubicado en la parcela 62 del polígono 505 de Belchite.

Atendiendo a la cartografía del Sistema nacional de Cartografía de Zonas inundables (SNCZI), el emplazamiento de la planta se sitúa fuera de zonas inundables asociadas a los cuatro periodos de retorno estudiados (10, 50, 100 y 500 años). Además, el proyecto no coincide con ningún tramo clasificado como «Área con riesgo potencial significativo de inundación» (ARPSIs).

Según el Mapa de Susceptibilidad de Riesgo de Inundaciones a escala 1:50.000 de Aragón, el proyecto se localiza en la hoja 440‐Belchite, ocupando áreas con susceptibilidad de riesgo de inundación media, relacionada con superficies aluviales de segundo orden.

Por el tipo de actividad, los posibles vertidos que se pudiesen producir serian de tipo accidental, relacionados con los aceites y grasas con los que se opera en la fase de mantenimiento de la maquinaria. Con una probabilidad de ocurrencia baja y ligada a episodios accidentales no es probable que diesen lugar a contaminación de aguas subterráneas por lixiviación.

4. Afección por generación de residuos

Dadas las características del proyecto, la mayor parte de los residuos que se generarán son de construcción y demolición (RCD) y, en consecuencia, en la fase de la construcción de la planta solar.

El promotor ha clasificado los residuos generados en las categorías con código LER 17.05.04-«Tierras limpias y materiales pétreos» y 17.01.01-«Hormigón». El movimiento de tierras estimado en las operaciones de cimentación y excavaciones (código LER 17.05.04) es de 2.643 m3, de los cuales el 90 % será reutilizado, y el 10 % restante (264,3 m3) será transportado a vertedero. En referencia al consumo de hormigón (código LER 17.01.01), el promotor estima 14,47 m3, de los cuales, el 1 % (1,45 m3) será residuo. Los volúmenes de RCD indicados no consideran factor de esponjamiento.

El promotor no aporta datos sobre otro tipo de RCD como metal, madera, vidrio, plástico y papel y cartón, si bien indica que en el caso de superar las cantidades establecidas en el artículo 5.5 del Real Decreto 105/2008 para proceder a su separación en fracciones y posterior valoración, la segregación no podrá realizarse en origen por falta de espacio y lo realizará un gestor autorizado.

No se dispone del dato de estimación de la cantidad de residuos generados con código LER 20 03 04, «Lodos procedentes de baños químicos y fosa séptica estanca». En caso de haberlos, deberán ser eliminados por un gestor de residuos no peligrosos.

Otras acciones para gestionar los residuos consistirán en la instalación de contenedores para los diferentes tipos de residuos (pétreos, plásticos, papel), zonas para el lavado de canaletas/cubetas de hormigón y contenedores y contenedores para residuos urbanos. La planta contará con un punto limpio durante las obras.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los recursos naturales afectados son, principalmente, el suelo, por la ocupación de terreno de las instalaciones proyectadas, y, el agua, por el consumo que de la misma se realizará para abastecimiento de agua potable, servicios higiénicos y limpieza de los paneles fotovoltaicos.

Las afecciones directas sobre el suelo se producirán en la superficie cercada (21,89 ha). El promotor estima que el 90 % del suelo ocupado será de naturaleza temporal durante la fase de ejecución de las obras. Durante la vida útil del proyecto, la proyección de las estructuras fotovoltaicas supondrá un 25,93 % de ocupación y los viales, cables en zanjas, pilares de seguidores y edificios prefabricados producirán una ocupación permanente del 3,32 %.

De acuerdo con el Mapa de Series de Vegetación a escala 1:400.000 de Salvador Rivas Martínez (1987), la vegetación potencial estimada en el ámbito de estudio corresponde a la serie mesomediterránea aragonesa, murciano‐ manchega, murciano‐almeriense y setabense semiárida de la coscoja, sin embargo, actualmente sólo hay campos de cultivo y la vegetación natural es inexistente.

Aunque la pérdida de suelo por erosión hídrica laminar en la zona considerada es muy baja, en el rango 0-5 Tm/ha/año, según el Mapa de Estados Erosivos del Ministerio para la Transición Energética y Reto Demográfico (MITECO), el promotor asegura que evitará la pérdida de suelo por éste fenómeno, manteniendo en buen estado las superficies restauradas (regeneración de la vegetación adventicia), con una cobertura herbácea que permita reducir la generación de polvo y, en la medida de lo posible, favorecer la creación de un biotopo que pueda albergar comunidades florísticas y faunísticas propias de las zonas existentes en el entorno, promoviendo al mismo tiempo la integración ambiental y paisajística de las instalaciones.

La retirada de cobertura vegetal se ejecutará en la totalidad del área ocupada por el vallado perimetral durante las diferentes acciones del proyecto (construcción de los viales interiores, la apertura de zanjas y demás movimientos de tierras) y se conservará en áreas destinadas a tal efecto en zonas donde no exista compactación por el paso de maquinaria, al objeto de poder ser utilizada de nuevo en el interior de las instalaciones para las labores de restitución de las áreas afectadas por las obras. Los acopios de la cobertura vegetal se realizarán en montículos o carballones en una altura nunca superior a los 2 metros.

En la fase de construcción, el consumo de agua estará asociado, fundamentalmente, a las diversas labores de hormigonado/cimentado en la obra y al riego de pistas y accesos para evitar las nubes de polvo asociadas al movimiento de la maquinaria. En esta fase, el promotor ha estimado un volumen de consumo de agua en las instalaciones temporales de higiene en torno a los 2.000-3.000 m3. Durante el funcionamiento, el consumo de agua estará relacionado con las dotaciones de agua de aseos, de oficina y de limpieza de módulos, y podrá ser suministrada a través de un depósito y un camión cisterna.

6. Afección al patrimonio cultural

En el estudio de patrimonio cultural presentado por el promotor se han identificado todos los yacimientos y hallazgos contenidos en el Sistema de Información de Patrimonio Cultural Aragonés (SIPCA) correspondientes al término municipal de Belchite.

En las proximidades al emplazamiento de la planta, aunque a una distancia superior a 1 km, se localizan varios bienes patrimoniales catalogados y delimitados pertenecientes a la Guerra Civil:

– Número 46: Aeródromo de El Saso: Utilizado por ambos bandos, actualmente se conserva muy parcialmente alguno de los edificios.

– Número 38: Paridera de El Saso. Compleja posición defensiva levantada por el ejército sublevado con trincheras fortificadas en hormigón y puestos de tiro y artillería ligera. Controla el flanco norte de la meseta de El Saso.

– Números 53 y 54: Posición defensiva y nido de ametralladora de El Saso Fortín subterráneo de hormigón con nido ametralladora anexa. Controla el flanco sur de la meseta de El Saso.

Tras la revisión de la documentación bibliográfica y la prospección arqueológica superficial realizada se confirmó la no existencia de yacimientos arqueológicos ni monumentos conocidos que se sitúen próximos al área del proyecto y sean susceptibles de ser afectados.

Si se identificó una cabaña, cabaña El Saso, con posible valor etnológico por la presencia de pintadas en sus paredes, probablemente realizadas durante la guerra civil. El estado de la cabaña es semirruinoso.

Las vías pecuarias más próximas al proyecto sin verse afectadas por él son la de la Cañada de Las Moreras (a 3,8 km al oeste), Colada de la Naranjeta (a 3,4 km al Noreste) y Vereda de Belchite a Albalate del Arzobispo (6,2 km al sur).

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

El proyecto se ubica a unos 4 km al oeste de Belchite. El número de habitantes empadronados en el municipio, según datos del Instituto Nacional de Estadística, a 1 de enero de 2021, era de 1.540, de los que una cifra cercana al 30 % era mayor de 65 años. En cuanto a la estructura productiva, destaca el sector servicios que ocupa al 52 % de la población activa.

La superficie del término municipal de Belchite es de 273,7 km2. La superficie ocupada por el emplazamiento de la planta representará una cifra cercana al 8 % del área total del término municipal. De acuerdo con la información del Sistema de Información Urbanística de Aragón (SIUA), ese terreno está clasificado como Suelo No Urbanizable Genérico (SNU-G). La instalación de las placas solares e infraestructuras asociadas producirá un cambio de uso del suelo, actualmente dedicado a cultivos, pero compatible con el Plan General de Ordenación Urbana de Belchite, aprobado con fecha 20 de marzo de 2014.

En lo relativo a la posible contaminación acústica provocada por el proyecto se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, sus Reglamentos de Desarrollo (Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre y el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero). Durante la fase de funcionamiento se cumplirá con los objetivos de calidad acústica del epígrafe 4 del artículo 14 de la Ley 37/2003, que para sectores del territorio con predominio de suelo de uso industrial es de 70 dB(A).

Según la Orden DRS/1521/2017 de 17 de julio, por la que se clasifica el territorio de Comunidad Autónoma de Aragón en siete zonas en función del riesgo de incendio forestal y se declaran zonas de alto y de medio riesgo de incendio forestal, el proyecto se ubica en «Zonas de Tipo 7», que se caracterizan por su bajo-medio peligro e importancia de protección baja.

En referencia a los niveles máximos del campo magnético que pueden alcanzarse en el entorno de la planta fotovoltaica debido a su actividad, el promotor afirma que se cumple con los límites establecidos en la normativa vigente (Real Decreto 1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas) en términos de límites técnicos, en relación con las condiciones de protección a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria establecidas en dicha normativa. A la frecuencia industrial de trabajo, 50 Hz, los campos eléctricos y magnéticos que se producen desaparecen a corta distancia de la fuente que los genera. En el estudio realizado por el promotor se indica que en los campos electromagnéticos generados en ningún caso se superan los valores máximos establecidos en el Real Decreto 1066/2001 (100μT), por lo que no presentarían riesgo para la salud pública.

Según los Mapas de Paisaje de Aragón, el ámbito del proyecto se encuentra dentro de la unidad de paisaje BEE 13. El Saso de Belchite, perteneciente al tipo de paisaje «Llanuras aterrazadas con campiñas» del gran dominio de paisaje «Terrazas fluviales escalonadas». El resultado de la valoración de la calidad del paisaje realizado por el promotor es un valor bajo, 1, coincidente con la valoración realizada en los Mapas de Paisaje de Aragón (escala, de 1 a 10, siendo 1 valor bajo y 10, alto).

El análisis de la cuenca visual se realizó considerando un área de radio 10 km con centro el proyecto, concluyendo que desde el 79,6 % de la cuenca visual analizada sería perceptible alguna de las infraestructuras del mismo, aunque el promotor señala que, dado el número de parques eólicos y plantas solares existentes en las proximidades, el impacto visual ocasionado por el proyecto no sea excesivo.

En Belchite, se ubica el coto privado San Martín, de caza mayor y menor (Fuente: INACOTOS - Dpto. Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón). Durante la fase de construcción, puede producirse una disminución cinegética en el entorno.

La construcción y funcionamiento de la planta solar constituirá una fuente de empleo directo e indirecto y conllevará la recaudación de tasas e impuestos municipales. Asimismo, la explotación de la planta producirá un efecto beneficioso por el aprovechamiento de una energía renovable que evita la emisión de contaminantes y gases de efecto invernadero.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

En el radio de 10 km a la planta solar proyectada, se ubican dos parques eólicos en funcionamiento: el PE Belchite, que cuenta con 30 turbinas y una potencia nominal total de 49,5 MW, localizándose la más próxima a la PSFV proyectada a 148 m y el PE «San Agustín», a 7,5 km del proyecto en dirección noroeste, con 10 turbinas y potencia nominal total de 34,65 MW.

Con declaración de impacto ambiental favorable, pero aún no está construido, a 3,3 km al sureste del proyecto, se ubica el PE «Arbequina» con 12 turbinas y una potencia nominal total de 50 MW.

En relación a instalaciones solares en funcionamiento, a 6,9 km al este del proyecto se localiza el Centro Solar Enerland. Otras PSFVs con declaración de impacto ambiental favorable pero aún no construidas son la PSFV de Belchite, de 1,63 MW de potencia nominal, muy próxima al proyecto (200 m al oeste), la PSFV «Elawan Fuendetodos 1 y 2» (cada una con 21.75 MWn) a 8 km al noreste del proyecto y la PSFV «Campo de Belchite 1, 2 y 3» (30 MWn, 30 MWn y 29,36 MWn, respectivamente), a 9,4 km también en la misma dirección. En tramitación a una distancia entre los 5 y 10 km se ubican las PSFVs «Belchitense» y «Calzapreta» y el PE «Sikitita».

El desarrollo de los diversos proyectos dentro de la zona de estudio, junto con las instalaciones e infraestructuras existentes puede llegar a generar efectos de tipo sinérgico y/o acumulativo sobre algunos factores del medio, especialmente sobre la fauna y el paisaje.

Sobre la fauna puede producirse deterioro o pérdida de hábitats faunísticos y la reorganización de los territorios de las distintas especies que podría ocasionar cambios en los procesos demográficos y genéticos asociados a una nueva distribución de las poblaciones.

Para evaluar el efecto acumulativo y sinérgico sobre el paisaje el promotor ha realizado un estudio de accesibilidad visual considerando la cuenca visual sin y con proyecto, incluyendo el PE Belchite con el que se hibrida, y otros proyectos existentes, en tramitación o autorizados, así como redes de distribución y transporte de energía del entorno, concluyendo que desde el 82,4 % del territorio analizado será visible alguna de las infraestructuras consideradas, porcentaje que no varía con la instalación de la PSFV proyectada.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica "Belchite", de 13,5 MW de potencia instalada, y su hibridación con el parque eólico existente Belchite, de 47,85 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza», continuase con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) y a la Dirección General de Medio Natural, del Departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón el 18 de diciembre de 2023, con el fin de que emitiera observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta Solar Fotovoltaica "Belchite", de 13,5 MW de potencia instalada, y su hibridación con el parque eólico existente Belchite, de 47,85 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza», continúe con la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, suspendido en tanto se resuelve el presente procedimiento.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 29 de enero de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

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