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Documento BOE-A-2024-2890

Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2024, páginas 18435 a 18437 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2024-2890

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en uso de las atribuciones conferidas a esta Secretaría de Estado por el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para la provisión de puesto de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado en el anexo I podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de estos.

Segunda.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo de la Castellana, 67 (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a través de la sede electrónica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: https://sede.mitma.gob.es o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercera.

A cada instancia se acompañará el curriculum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Quinta.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, 12 de febrero de 2024.–El Secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Francisco David Lucas Parrón.

ANEXO I

N.º

orden

Denominación del puesto N.º plaza Localidad

NIV

CD

Complemento

específico

Euros

Adscripción Experiencia y conocimientos
            Gr./Sb. Adm. Obs. Titulación
  SECRETARÍA DE ESTADO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA                  
  Secretaría General de Agenda Urbana, Vivienda y Arquitectura                  
  Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura                  
  Subdirección General de Arquitectura y Edificación                  
1

Subdirector/Subdirectora General.

(3772433).

1 Madrid. 30 28.403.34 A1 A3    

– Titulación de Arquitecto/a.

– Experiencia en la coordinación y dirección de equipos de trabajo.

– Experiencia en la gestión presupuestaria y planificación de contratos, convenios y encargos.

– Experiencia en la gestión de subvenciones a la rehabilitación edificatoria.

– Experiencia en el seguimiento de proyectos y obras en edificios de la Administración Pública.

– Experiencia en asistencias técnicas comunitarias y grupos de trabajo internacionales.

– Experiencia en actividades de formación y divulgación.

– Experiencia en la interlocución con otras Administraciones Públicas.

ANEXO II

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