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Documento BOE-A-2024-2900

Resolución de 2 de febrero 2024, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2024, páginas 18466 a 18468 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2024-2900

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el uso de las atribuciones propias de esta Dirección, se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios y funcionarias que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos en la relación de puestos de trabajo aprobada por la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y que se especifican en el anexo I.

Segunda.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes, ajustadas al modelo publicado como anexo II de esta resolución, se dirigirán a la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos y se presentarán en la sede electrónica de la AEPD (https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/).

Los funcionarios y las funcionarias que se encuentran en situaciones distintas a la de servicio activo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran realizar electrónicamente su solicitud, podrán presentarla, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En ningún caso podrá presentarse de forma no electrónica una solicitud complementaria de una solicitud electrónica.

En el supuesto de que una misma persona solicitante optase por dos o más puestos de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberá formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando el orden de preferencia en el que los mismos se solicitan y acompañar los documentos que se mencionan en la base siguiente.

Tercera.

Los/as aspirantes acompañarán, junto con la solicitud, en la que harán constar sus datos personales y número de Registro de Personal, su currículum vitae, en el que figuren títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.

Cuarta.

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

Quinta.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del/de la funcionario/a; o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación del nombramiento derivado de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Sexta.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el apartado 5 de la Disposición Adicional 4.ª de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses.

Madrid, 2 de febrero de 2024.–La Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España Martí.

ANEXO I
Agencia Española de Protección de Datos
N.º de orden Código Centro directivo/puesto de trabajo/localidad

Grupo

Subgrupo

Nivel CD

Ad/Agrupaciones Cuerpo

Compl. específ. anual

Euros

    SECRETARÍA GENERAL        
1 3631841 Secretario/Secretaria General. Madrid. A1 30 AE 33.551,70
    S. G. de Promoción y Autorizaciones        
2 3831189 Vocal Asesor/Vocal Asesora. Madrid. A1 30 AE 28.403,34
3 5497974 Vocal Asesor/Vocal Asesora. Madrid. A1 30 AE 28.403,34
ANEXO II

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