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Documento BOE-A-2024-3210

Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Inclusión, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 19 de febrero de 2024, páginas 19928 a 19934 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2024-3210

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría General de Inclusión y la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes han suscrito, con fecha 8 de febrero de 2024, una adenda al Convenio de 19 de septiembre de 2022, entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Conforme a los hitos 350 y 351 establecidos para el componente 23, inversión 7 «Fomento del crecimiento inclusivo mediante la vinculación de las políticas de inclusión social al Ingreso Mínimo Vital», previstos en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, así como de acuerdo con sus indicadores de seguimiento y los mecanismos de verificación establecidos en el Anexo II de las Disposiciones Operativas del Plan de Recuperación acordadas por el Gobierno de España y la Comisión Europea, se procede a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de febrero de 2024.–La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, P.D. (Orden ISM/419/2021, de 26 de abril), la Secretaria General de Inclusión, Mónica Martínez Bravo.

ANEXO
Adenda al Convenio de 19 de septiembre de 2022 entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

En Madrid, firmado electrónicamente.

REUNIDAS

De una parte, doña Mónica Martínez Bravo, Secretaria General de Inclusión, nombrada por Real Decreto 35/2024, de 9 de enero, en virtud del artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de la delegación de competencias regulada en el artículo catorce de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y de las disposiciones segunda y tercera del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Y de otra, don Juan Antonio Segura Lucas, en calidad de Director General de la entidad Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, con CIF número G73600553 y con domicilio social en calle Luisa Muñoz, número 6, CP 28019 de Madrid, actuando en nombre y representación del mismo de conformidad con lo dispuesto en la Escritura de poder otorgada en fecha 4 de agosto de 2017 ante el Notario de Murcia don Agustín Navarro Núñez, obrante al número 1418 de su orden de protocolo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Primero.

Que de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 102.036.066 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con fecha 19 de septiembre de 2022 las partes suscribieron el Convenio para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 1 de octubre de 2022 (BOE núm.236).

Segundo.

Que de acuerdo con el apartado 2 del artículo 8 del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo, las entidades subvencionadas podrán solicitar, con carácter excepcional, modificaciones del contenido de la resolución basadas en la aparición de circunstancias que alteren o dificulten el desarrollo del programa, o que afecten a la forma y plazos de ejecución o de justificación de los gastos del proyecto, y podrán ser autorizadas siempre que no dañen derechos de tercero. Las solicitudes de modificación deberán fundamentar suficientemente dicha alteración o dificultad y presentarse, ante la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, con anterioridad, en todo caso, al momento en que finalice el plazo de ejecución del proyecto, determinado en el propio convenio y resolución de concesión.

Tercero.

Que con fecha 5 de febrero del 2024 se resuelve la autorización para realizar modificaciones basadas en la aparición de circunstancias que han alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de ejecución por Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, entidad beneficiaria de la subvención en el marco del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.

Que procede trasladar dichas modificaciones al Anexo I del convenio suscrito, adaptando su redacción a las mismas.

Por cuanto antecede, y reconociéndose capacidad legal suficiente, las partes suscriben la presente adenda al convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

La presente adenda al convenio suscrito entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, tiene por objeto:

La adaptación del Anexo I del convenio a la resolución de autorización para realizar modificaciones en el proyecto basadas en la aparición de circunstancias que han alterado y/o dificultado el desarrollo del programa, y han afectado a la forma y plazos de ejecución.

Segunda. Modificación del Convenio.

a) El contenido del apartado 1 (Titulo del proyecto) del Anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«+ que Emple-A. Proyecto para la validación de modelos metodológicos de itinerarios de inclusión complementarios a la percepción de Ingreso Mínimo Vital (IMV) o Renta Básica de Inserción (RBI) de mujeres migrantes en la Región de Murcia.»

b) Al haberse modificado el perfil de las personas participantes, las referencias al mismo (mujer/es migrante/s extracomunitaria/s) realizadas en los apartados 2 (Objetivo del proyecto), 3 (Resumen del proyecto), 4 (Hipótesis de partida a contrastar en la evaluación) 7 (Descripción de la muestra) y 9 (Número previsto de unidades en cada grupo) del Anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», se entienden realizadas con carácter general a «mujer/es migrante/s», eliminando el término «extracomunitaria/s».

c) El contenido del apartado 5 (Descripción de los tratamientos) del Anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Todas las actuaciones a realizar, de manera directa con las participantes del proyecto, serán desarrolladas por profesionales de la Fundación Cepaim.

En el concreto de las actividades se realizarán las siguientes:

1) Realización de diagnóstico inicial desde el trabajo social en los ámbitos de: recursos materiales (recursos económicos y hábitat/vivienda), relaciones sociales y salud (unidad de convivencia, salud e integración social), factores psicosociales (percepción de la situación, autoestima, hábitos y cultura), capacidades y competencias (competencias laborales y sociales). Horas estimadas a la realización de esta actividad: 8-10 horas.

2) Elaboración y firma de documento de acuerdo de tratamiento total. Horas destinadas: 1 hora.

3) Incorporación a actividad: análisis de la situación económica (recursos económicos, vivienda) y derivación en caso de: detección de posible situación de violencia de género, protección de menores, corte de suministros o riesgo de desahucio. Horas estimadas 2-4 horas.

4) Incorporación a actividad: taller "resolución de conflictos desde la mediación intercultural". Horas estimadas: 9 horas.

5) Incorporación a actividad: mediación lingüística. Horas estimadas: 2-4 horas, dependiendo de la necesidad.

6) Incorporación a la actividad: taller "conociendo mi barrio". Horas estimadas 10,5 horas.

7) Incorporación a actividad individual: sesiones individuales de apoyo psicosocial e indagación apreciativa. Horas estimadas: 3 horas.

8) Incorporación a actividad grupal: taller "creando soluciones". Horas estimadas: 8 horas.

9) Incorporación a espacios de ciudadanía: inclusión digital: e-Media (servicios de dotación y préstamo de larga duración de dispositivos y conectividad), e-Guía; (servicios de orientación y definición de itinerarios de capacitación) y e-Comparte (espacios de libre acceso a dispositivos con conectividad y mentores de apoyo). Horas estimadas 24,5 horas.

10) Incorporación a espacios de ciudadanía: formación permanente: Uso de la información en el contexto digital: Herramientas digitales básicas (Informarse en internet, Identificarse en internet, Cómo escribir correctamente en un entorno digital y Ciberseguridad), Uso de recursos digitales para tu vida en España: Herramientas útiles (Vivienda, Salud, Servicios sociales y seguridad ciudadana, Familia y Trabajo), Uso de recursos digitales en contextos de la vida: Internet y desarrollo personal (Cómo hacer un currículum, Formación online para seguir aprendiendo, Economía y banca móvil y Desconexión digital) y Desarrollo y ejercicio ciudadano en el contexto digital: Aplicaciones para simplificar tu día a día (Manejo y gestión de documentos digitales, Redes sociales, Economía colaborativa y Participación social). Horas estimadas: 20 horas.

11) Incorporación a espacios de ciudadanía: espacios de encuentro: e-Activa (acciones de fomento de la participación ciudadana en el contexto digital), e-Desactiva (acciones cuyo eje central permita desmontar estereotipos, luchar contra la desinformación y construir relatos alternativos a mensajes de odio), e-Memoria (acciones dirigidas a la difusión, conocimiento y conservación de la historia local y la memoria histórica a través de fuentes como archivos y bibliotecas digitales). Horas estimadas: 8-10 horas.

12) Seguimiento de la participación en las diferentes actividades propuestas:

a. Sesiones de intervención psicosocial (trabajo social y atención psicológica) (6-8 horas de participación).

b. Sesiones seguimiento "E-ciudadanía desde la mediación intercultural" (8 horas estimadas de participación).

13) Gestión de incentivos por objetivos vinculados al proyecto. Horas estimadas: 2 horas.

14) Evaluación individual de la participación en el tratamiento total. Horas estimadas de participación: 4 horas.

Para complementar la intervención realizada en el grupo de tratamiento y fomentar la participación continuada de las mujeres participantes en el mismo, se ha diseñado un sistema de incentivos económicos.

Se prevé que entre los motivos por lo que es posible la salida del grupo de tratamiento se encuentran la interrupción de la participación por baja voluntaria y otras dificultades que impiden continuar con la intervención u observación, tales como el cambio de residencia a otra Comunidad. No obstante, no saldrían de este grupo por derivación a un organismo público en caso de detección de posible situación de violencia de género, protección de menores, corte de suministros o riesgo de desahucio o por obtención de un empleo, aunque pierda su condición de perceptora de IMV o RBI.

En este sentido, se debe tener en cuenta que ante el posible abandono de las personas destinatarias de la participación activa que el proyecto requiere, se prevé la preparación de un protocolo de reposición que se deberá convenir con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social hasta enero de 2023. A partir del 15 de mayo de 2023, no habrá nuevas incorporaciones al tratamiento por resultar imposible realizar determinadas actividades propuestas durante los meses restantes de ejecución de actividad (hasta septiembre 2023).»

d) El contenido del apartado 6 (Descripción de qué servicios recibirá el grupo de control) del Anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«En este grupo, las actividades podrán realizarse entre la Fundación Cepaim y la Universidad de Murcia, consistiendo únicamente en las siguientes:

1) Sesión informativa sobre su participación en el proyecto. Horas estimadas: 2 horas.

2) Firma del acuerdo de participación en el grupo control. Horas estimadas: 1 hora.

3) Realización de diagnóstico inicial: en los ámbitos de: recursos materiales (recursos económicos y hábitat/vivienda). relaciones sociales y salud (unidad de convivencia, salud e integración social), factores psicosociales (percepción de la situación, autoestima, hábitos y cultura) y capacidades y competencias (competencias laborales y sociales). Horas estimadas: 4 horas.

4) Gestión de incentivos a la participación. Horas estimadas: 2 horas.

5) Evaluación final de la situación individual y las variaciones que se hayan producido durante el periodo de observación. Horas estimadas: 4 horas.

Para apoyar las actividades de evaluación y seguimiento que se realizarán con el grupo control y fomentar la participación continuada de las mujeres participantes en el mismo, se ha diseñado un sistema de incentivos económicos.

Se prevé que entre los motivos por lo que es posible la salida del grupo de control se encuentran la interrupción de la participación por baja voluntaria y otras dificultades que impiden continuar con la intervención u observación, tales como el cambio de residencia a otra Comunidad. No obstante, no saldrían de este grupo por derivación a un organismo público en caso de detección de posible situación de violencia de género, protección de menores, corte de suministros o riesgo de desahucio o por obtención de un empleo, aunque pierda su condición de perceptora de IMV o RBI.

En este sentido, se debe tener en cuenta que ante el posible abandono de las personas destinatarias de la participación activa que el proyecto requiere, se prevé la preparación de un protocolo de reposición que se deberá convenir con la SGOPIP hasta enero de 2023. A partir del 15 de mayo de 2023, no habrá nuevas incorporaciones al grupo B (control).»

e) El contenido del apartado 10 (Principales variables que se utilizarán para medir el resultado y diferencia esperada en estas variables entre el grupo de tratamiento y el de control) del Anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Para la medición del impacto de los tratamientos experimentales en las participantes se utilizarán escalas previamente validadas en la literatura científica y que han demostrado ser fiables en su aplicación. Para que la comparación entre los distintos escenarios del estudio se pueda llevar a cabo, es necesario disponer de información sobre las mismas variables en todas las condiciones, así como al inicio y al final del proyecto.

De forma más específica, las variables a utilizar en el inicio de este proyecto serán las siguientes, sin detrimento de las que se incorporen posteriormente si es necesario:

• Bloque 1. Datos sociodemográficos.

• Bloque 2. Variables para evaluar el nivel de inclusión social:

– Percepción sobre la situación de pobreza y/o exclusión social.

– Ingreso Mínimo Vital (este punto solo se analizará en el post test).

– Acompañamiento individualizado (este punto solo se analizará en el post test).

– Capacitación (este punto solo se analizará en el post test).

– Necesidades individualizadas (este punto solo se analizará en el post test).

– Pobreza Energética (este punto solo se analizará en el post test).

• Bloque 3. Competencias digitales:

– Trámites con la administración electrónica.

• Bloque 4. Bienestar personal y familiar:

– Autoestima.

– Satisfacción con la vida.

– Relaciones intrafamiliares.

– Confianza en sí mismo.

– Bienestar psicológico.

– Relaciones familiares.

– Condiciones de vida (este punto solo se analizará en el post test).

• Bloque 5. Participación comunitaria:

– Área de salud.

– Área administrativa.

– Área educativa.

– Área de cultura-ocio y tiempo libre.

– Área de seguridad ciudadana y transportes.

– Autonomía y dignidad (este punto solo se analizará en el post test).

Los resultados esperados están en línea con la hipótesis de trabajo. Así, se espera demostrar que una intervención sobre las personas en riesgo de exclusión social, mujeres migrantes más específicamente, tiene un efecto positivo respecto a una situación de no intervención en la que solo se las dota de una prestación económica mínima. En particular, se espera una mejora en las tres dimensiones identificadas, a saber, el nivel de inclusión social, las competencias digitales y la situación psicosocial. Se espera que la intervención contribuya a una mejora en la percepción de inclusión social (disminución percepción de exclusión social, aumento de la percepción de empleabilidad, mayor confianza en una misma y mayor satisfacción con su vida en general), una mejora en la evaluación de sus competencias digitales (mayor habilidad digital y actitud más favorables hacia el uso de competencias digitales en su entorno social) y una mejora en la situación psicosocial de las participantes (aumento de la autoestima y del bienestar psicológico, mayor uso de la parentalidad positiva en la interacción con sus hijos y mayor calidad de las dinámicas familiares).

Además, para cada una de las variables propuestas de análisis, diagnóstico y evaluación de la situación de inclusión social de las mujeres participantes se tendrán en cuenta escalas normalizadas en cada una de las temáticas y cuando se considere necesario se elaborarán herramientas de medición "ad hoc".»

f) El contenido del apartado 15 (Cronograma o calendario previsto) del Anexo I «Descripción del proyecto objeto de la subvención», queda redactado del modo siguiente:

«Se prevé un plazo de ejecución del proyecto entre septiembre de 2022 y finales de noviembre de 2023, mientras que la evaluación se podrá desarrollar desde el mes de noviembre de 2023 a marzo de 2024.»

Tercera. Vigencia de la Adenda.

Esta Adenda se perfeccionará con la firma de las partes y resultará de aplicación hasta la finalización de la duración prevista para el Convenio.

Cuarta. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio de 19 de septiembre de 2022.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente Adenda, seguirá en vigor y será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 19 de septiembre de 2022, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, se firma electrónicamente la presente Adenda de modificación al convenio arriba indicado.–Por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Secretaria General de Inclusión, Mónica Martínez Bravo.–Por la Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes, en calidad de Director General, Juan Antonio Segura Lucas.

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