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Documento BOE-A-2024-4129

Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Universitat Jaume I y la Intervención General de la Administración del Estado, para la realización de prácticas académicas externas.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 2 de marzo de 2024, páginas 25344 a 25346 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-4129

TEXTO ORIGINAL

El Interventor General de la Administración del Estado y la Rectora Magnífica de la Universitat Jaume I han suscrito, con fecha 7 de febrero de 2024, una adenda de modificación del Convenio entre la Universitat Jaume I y la Intervención General de la Administración del Estado, para la realización de prácticas académicas externas.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio. Como anejo a la presente resolución.

Madrid, 23 de febrero de 2024.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.

ANEJO
Adenda de modificación del Convenio entre la Universitat Jaume I y la Intervención General de la Administración del Estado, para la realización de prácticas académicas externas

En Madrid, a 7 de febrero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Pablo Arellano Pardo en su condición de Interventor General de la Administración del Estado, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 618/2018, de 22 de junio de 2018 (BOE número 152, de 23 de junio); que actúa, por delegación en virtud del apartado séptimo.2.a).3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, doña Eva Alcón Soler, Rectora Magnífica de la Universitat Jaume I, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le autoriza su nombramiento, efectuado por el Decreto 60/2022, publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» de 23 de mayo de 2022, actuando en ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 71.1.i) del Decreto 95/2021, de 9 de julio, y de acuerdo con las competencias que le otorga el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,

EXPONEN

I. Con fecha 17 de enero de 2023 (BOE de 23 de enero del mismo año) se suscribió el Convenio entre la Universitat Jaume I y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.

II. La cláusula undécima del citado convenio establece que la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.

De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes,

ACUERDAN

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula sexta del convenio.

Segunda. Modificación de la cláusula sexta del Convenio entre la Universitat Jaume I y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.

La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:

«La Universitat Jaume I y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.

En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, se acuerda que la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social corresponde a la Universitat Jaume I y no a la IGAE.»

Tercera. Eficacia.

La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universitat Jaume I y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarta. Condiciones de colaboración.

Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y condiciones excepto lo dispuesto en la cláusula sexta que se modifican mediante la presente adenda.

De conformidad con cuanto antecede, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda al convenio anteriormente indicado.–Por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), P. D. [apartado séptimo.2.a).3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre], el Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.–Por la Universitat Jaume I, por el Decreto 60/2022, publicado en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» de 23 de mayo de 2022, la Rectora magnífica de la Universitat Jaume I, Eva Alcón Soler.

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