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Documento BOE-A-2024-4322

Resolución 420/38064/2024, de 28 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas" y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster y estancias de doctorado.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 5 de marzo de 2024, páginas 26628 a 26630 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2024-4322

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 23 de febrero de 2024, la Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster y estancias de doctorado por parte de estudiantes de dicha Universidad en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 28 de febrero de 2024.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.

ANEXO
Adenda de modificación al Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster y estancias de doctorado por parte de estudiantes de dicha universidad

En Torrejón de Ardoz a 23 de febrero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Julio Ayuso Miguel, Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), cargo por el que fue designado por Real Decreto 362/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación del citado Instituto, con domicilio en Carretera de Ajalvir, km 4,5, 28850 Torrejón de Ardoz, Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 925/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del INTA.

De otra, don Javier Ramos López, Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, nombrado por Decreto 59/2021, de 7 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM 8 de abril de 2021), en nombre y representación de la misma, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por los Estatutos de la citada universidad, aprobados por Decreto 22/2003, de 27 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (BOCM número 54, de 5 de marzo de 2003), y modificados por Decreto 28/2010, de 20 de mayo, del citado Consejo de Gobierno (BOCM número 137, de 10 de junio de 2010), domiciliada en Móstoles (Madrid), CP 28933, calle Tulipán, s/n, y con CIF Q2803011B.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 24 de marzo de 2023 se suscribió el Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad Rey Juan Carlos para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster y estancias de doctorado, publicado mediante Resolución 420/38138/2023, de 29 de marzo de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa.

Segundo.

Que con fecha 17 de marzo de 2023, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. Dicho real decreto-ley consta de un artículo único que modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y en cuyo apartado treinta y cuatro se añade una nueva disposición adicional quincuagésima segunda sobre la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.

Tercero.

Que el apartado 4.b) de dicha disposición adicional quincuagésima segunda establece que, en el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución, entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster y estancias de doctorado.

El Convenio entre el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas, así como la realización del trabajo de fin de grado/máster y estancias de doctorado, suscrito el 24 de marzo de 2023, queda modificado como sigue:

«Cláusula quinta. Financiación.

La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes.

En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional quincuagésima segunda «Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación», del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, de 30 de octubre, el cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la Universidad Rey Juan Carlos, cuando se trate de prácticas curriculares y de prácticas extracurriculares no remuneradas.

Respecto de los convenios especiales previstos en el apartado octavo de la citada disposición adicional quincuagésima segunda, se concretará cómo llevarlos a cabo, una vez se desarrolle la forma en la que tendrán que realizarse.

La estimación de la valoración de los medios que el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA) utiliza para la formación de los alumnos en prácticas, cuya estancia máxima será de seis meses y un máximo de 900 horas, se relaciona en el apartado de impacto económico cuantificado de la memoria justificativa de este convenio.»

Segunda. Eficacia de la adenda.

La presente adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda electrónicamente en el lugar indicado.–El Director General del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA), Julio Ayuso Miguel.–El Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

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