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Documento BOE-B-2003-60124

Anuncio del Tribunal Económico-Administrativo Central por el que se hace pública la providencia de puesta de manifiesto en el expediente RG-2328/02, por no encontrarse al interesado en el domicilio que señalada a efectos de notificaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2003, páginas 1917 a 1917 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2003-60124

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo

uno del artículo 90 del Reglamento de

Procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas,

se ha acordado poner de manifiesto en esta vocalía,

por término de quince días hábiles, el expediente

de reclamación promovido por Fuente Aguilar,

Eugenio, a fin de que dentro del plazo citado formule

el escrito de alegaciones, pudiendo acompañar con

el mismo los documentos que estime convenientes,

y poner pruebas en la forma que se establece en

el artículo 94, párrafos dos y tres, del indicado

Reglamento, que más adelante se transcriben:

Expediente del Departamento de Aduanas e

Impuestos Especiales número CT-157-01

-Infracción administrativa de Contrabando" para verlo

dirigirse a la calle Génova, 29, segunda planta, 28004

Madrid (RS-120/02).

Artículo 94.dos. El interesado podrá completar

o ampliar lo que resulte del expediente de gestión

acompañando al escrito de alegaciones todos los

documentos públicos o privados que puedan

convenir a su derecho. A este efecto será admisible

la aportación de dictamen de técnicos, actas de

constatación de hechos o declaraciones de terceros. Y,

en general, de documentos de todas clases, cuya

fuerza de convicción será apreciada por el Tribunal

al dictar resolución.

Tres. En el escrito de alegaciones podrá además

proponer el interesado cualquier medio de pruebas

admisible en derecho. Los Vocales del Tribunal

Central y los Secretarios de los Tribunales Regionales

o Locales dispondrán lo necesario para la

evacuación de las pruebas propuestas o, en su caso,

denegarán su práctica mediante providencia.

Madrid, 24 de febrero de 2003.-El Vocal-Jefe,

Adolfo Carlos González Armengol-495.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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