Está Vd. en

Documento BOE-B-2003-6049

Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, adoptado en su reunión del día 8 de noviembre de 2002, por el que se aprueba la incoación del procedimiento previsto en el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, a "Caja Territorial del Mediterráneo, Sociedad Anónima" (IE/LDI-4/2002).

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2003, páginas 126 a 126 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-B-2003-6049

TEXTO

Adoptado por la Comisión Ejecutiva del Banco

de España, en su sesión de 8 de noviembre de 2002,

el acuerdo por el que se aprueba la incoación del

procedimiento previsto en el título II de la Ley

26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención

de las Entidades de Crédito, a "Caja Territorial del

Mediterráneo, Sociedad Anónima", y de

conformidad con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, se procede a dar

publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del acuerdo

de incoación:

"Incoar el procedimiento sancionador previsto en

el título II de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 30), a la mercantil "Caja

Territorial del Mediterráneo, Sociedad Anónima",

que, no habiendo obtenido la preceptiva

autorización del Ministerio de Economía y no figurando

inscrita en los registros especiales, incluye en su

razón social las palabras "Caja" y "Territorial del

Mediterráneo", conducta que, sin perjuicio de otras

que pudieran resultar de la instrucción, constituirían

presuntas infracciones de las prohibiciones

establecidas en el artículo 28 de la citada Ley, según el

cual ninguna persona física o jurídica, nacional o

extranjera, podrá, sin haber obtenido la preceptiva

autorización y hallarse inscrita en los

correspondientes registros, ejercer en territorio español las

actividades legalmente reservadas a las entidades

de crédito, o utilizar las denominaciones genéricas

propias de éstas. Y todo ello a fin de que se proceda

al esclarecimiento de los hechos referidos y se

adopten, en su caso, las medidas establecidas en los

artículos 29 y siguientes de la Ley referida.

A efectos de instruir y tramitar el correspondiente

expediente, se nombra Instructor a don Juan Pablo

Martín de Castro, Letrado asesor del Servicio

Jurídico del Banco de España, y Secretario a doña

Paloma García Galocha, Secretario de Expedientes,

quienes podrán ser recusados en los casos y del modo

previsto en los artículos 28 y 29, respectivamente,

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Admnistraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial

del Estado" del 27).

Una vez sea notificado el correspondiente pliego

de cargos, la entidad expedientada dispondrá de un

plazo de veinte días durante el cual podrá aportar

al expediente cuantos documentos o alegaciones

estime convenientes, así como proponer la práctica

de prueba concretando los medios de que pretenda

valerse.

Formulada que sea la propuesta de resolución,

la expedientada dispondrá igualmente de un plazo

de veinte días para formular alegaciones a la misma,

transcurrido el cual el Instructor remitirá dicha

propuesta junto con el expediente a la Comisión

Ejecutiva para que se adopte por el órgano competente

la resolución que proceda."

Madrid, 3 de diciembre de 2002.-El Secretario

general, José Antonio Alepuz Sánchez.-56.705.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid