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Documento BOE-B-2008-158076

COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE HUELVA (COAH)

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 1 de julio de 2008, páginas 8057 a 8057 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2008-158076

TEXTO

Comisión Nacional de la Competencia

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, con fecha 26 de febrero de 2008, ha dictado la siguiente Resolución en el expediente 629/07, Colegio de Arquitectos Huelva (2584/06 del Servicio de Defensa), iniciado por denuncia de don F.P.P. y don F.P.V. contra el Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva (COAH), por supuestas prácticas restrictivas de la competencia, prohibidas por la Ley 16/89, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, consistiendo en la exigencia de aplicar con carácter obligatorio el «Método para el cálculo simplificado de los presupuestos estimativos de ejecución material de los distintos tipos de obras», con los costes de ejecución de tipos de edificaciones y módulos que dicho método establece, a todos lo Proyectos que se visan en la Provincia de Huelva. La parte dispositiva de dicha resolución dice:

«Primero.-Considerar acreditada la existencia de una práctica restrictiva de la competencia prohibida por el artículo 1 de la Ley 16/89, de Defensa de la Competencia (LDC), consistente en la elaboración del "Método para el cálculo simplificado de los presupuestos estimativos de ejecución material de los distintos tipos de obras" cuya difusión entre los colegiados así como la necesidad de justificar la "excepcionalidad" cuando el presupuesto de la obra es inferior al que se deduce de la aplicación del PEM, supone una recomendación colectiva de precios, que tiene por efecto restringir la competencia, de la cual se considera responsable al Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva.

Segundo.-Imponer una multa de setenta mil euros al Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva. Tercero.-Intimar al Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva para que se abstenga en lo sucesivo de realizar prácticas semejantes, intimación extensiva a otros Colegios Profesionales que puedan realizarlas. Cuarto.-Ordenar al Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva, que publique a su costa, en el plazo de un mes, a partir de la fecha de la notificación, la parte dispositiva de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y en la Sección de Economía de un periódico de ámbito nacional y que difunda entre sus colegiados el texto íntegro de la misma.

Quinto.-Por cada día de retraso en el cumplimiento de la obligación de publicación se impondrá una multa diaria de trescientos euros.»

Huelva, 25 de marzo de 2008.-Antonio López Domínguez, Secretario del Colegio Oficial de Arquitectos de Huelva.-42.346.

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