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Documento BOE-B-2008-80102

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto del acuerdo de inicio del procedimiento sancionador número PS/00132/2008 por imposibilidad de notificación en su domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 2 de abril de 2008, páginas 4009 a 4010 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2008-80102

TEXTO

Desconociéndose el domicilio actual de Edugama Asociados, S.L., procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26/11, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13/01, que la modifica.-En consecuencia, a continuación se transcribe, para que sirva de notificación, extracto del acuerdo de inicio de fecha 24/03/2008, del procedimiento sancionador n.º PS/00132/2008.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos acuerda: Iniciar procedimiento sancionador a Edugama Asociados, S.L., con arreglo a lo dispuesto en el artículo 18.1 del Real Decreto 1332/1994, de 20/06, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, que continúa en vigor, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica 15/1999, de 13/12, de Protección de Datos de Carácter Personal, por la presunta infracción del artículo 6.1 de dicha norma, tipificada como grave en el artículo 44.3.d) de la citada Ley, pudiendo ser sancionada con multa de 60.101,21 € a 300.506,06 €, de acuerdo con en el artículo 45.2 de la misma. Notificar el presente Acuerdo a Edugama Asociados, S.L., C/ Pallars, 84-88, entlo. 4 C, 08018 Barcelona, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que formule las alegaciones y proponga las pruebas que considere convenientes en defensa de su derecho, de acuerdo al artículo 18.3 del Real Decreto 1332/1994. De no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación de este procedimiento, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993. Conforme al artículo 107 de la Ley 30/1992, no cabe recurso alguno contra el presente acto. Lo que se comunica para conocimiento de Edugama Asociados, S.L., que podrá dirigirse a las oficinas de la Agencia Española de Protección de Datos en Calle Jorge Juan 6, de Madrid, para conocer el texto íntegro del mencionado acto.

Madrid, 31 de marzo de 2008.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

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