Ante la imposibilidad de notificar, por dos veces, al interesado, se hace saber que:
A don Antonio Delgado de Austria, en relación con la contratación para la explotación del servicio de la actividad comercial de restauración en el terminal del aeropuerto de Córdoba, se le comunica: En relación al contrato firmado el 16 de octubre de 2001, suscrito entre la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) y usted, por el que se formalizó la concesión de la actividad comercial de restauración en el terminal del aeropuerto de Córdoba, dentro del Expediente número ODB-001/01, titulado «Restauración en el aeropuerto de Córdoba».
Que, por orden de la Dirección de Espacios y Servicios Comerciales de Aena, se le inicia expediente de penalización, con incautación de la fianza depositada, por incumplimiento de la cláusula 2.4.7 del pliego de bases que rigió tal adjudicación, así como la cláusula 2 del contrato de referencia.
Por todo ello, se le concede un plazo de diez días hábiles, desde la recepción de esta comunicación, para que presente cuantas alegaciones, documentos y justificantes estime oportunas, todo ello de acuerdo con lo preceptuado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, en la Secretaría General Técnica (Asesoría Jurídica), calle Arturo Soria, 109, 28043 Madrid.
Madrid, 7 de abril de 2008.-El Director General de Aena, por autorización de fecha 29 de abril de 2003, la Directora de Espacios y Servicios Comerciales, María Dolores Izquierdo Losada.
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