Doña Laura Fojón Chamorro, Secretaria del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de los de Arganda del Rey.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 348/09 se ha dictado la siguiente sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Juicio de faltas: 348/09.
Sobre: Hurto.
Sentencia: 133/09
Juez que la dicta: Juan Antonio Lara Domínguez.
Lugar: Arganda del Rey.
Fecha: 21 de mayo de 2009.
Denunciante: Carrefour.
Denunciado: Ismael Benamar Ben Allal.
Interviene el Ministerio Fiscal.
Vistos y examinados en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas sobre hurto en los que son parte las personas arriba reseñadas, se ha dictado la presente resolución con los siguientes,
FALLO
Que debo condenar y condeno a Ismael Benamar Ben Allal como autor de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de 6 días de localización permanente y al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer ante este Juzgado y en el plazo de cinco días recurso de apelación del que conocerá la ilustrísima Audiencia Provincial, mediante escrito motivado acompañando tantas copias como partes a las que hubiere de conferirse el traslado.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Ismael Benamar Ben Allal, actualmente en paradero desconocido, expido el presente.
Arganda del Rey, 8 de octubre de 2009.- Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos.
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