El Juzgado de lo Mercantil número uno de Teruel, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 403/2008 referente al concursado Euroquince, Sociedad Anónima, por auto de fecha 1 de Octubre de 2009 ha acordado lo siguiente:
Primero.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de fecha 15 de Junio de 2009, por no haberse presentado ninguna propuesta de convenio.
Segundo.- Dejar sin efecto, consecuentemente el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 2 de Octubre de 2009.
Tercero.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
Cuarto.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
Quinto.- Se declara disuelta la sociedad Euroquince, Sociedad Anónima, cesando en su función los administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
Sexto.- Publíquese este Auto conforme a lo previsto en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal.
Séptimo.- Requiérase a la Administración Concursal para que en el plazo de quince días desde la notificación de esta resolución presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso conforme al 148 LC.
Octavo.- Se comunica que dentro de los diez días siguientes a la última resolución cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Teruel, 1 de octubre de 2009.- El/La Secretario Judicial.
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