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Documento BOE-B-2009-9567

SEVILLA.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2009, páginas 35977 a 35978 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL
Referencia:
BOE-B-2009-9567

TEXTO

SENTENCIA NÚMERO Nº 113/09

En Sevilla, a cinco de marzo de dos mil nueve.

Vistos por mí Dª NIEVES RICO MÁRQUEZ, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número CUATRO de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre CANTIDAD, seguidos en este Juzgado bajo el número 1047/2.008, promovidos por D. JOSÉ CARRACEDO DÍAZ, asistida por el Letrado D. Marcelino Pérez Álvarez, contra INTELDISA DE LIMPIEZA S.L., que no compareció pese a haber sido citada en legal forma.

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por D. JOSÉ CARRACEDO DÍAZ, contra INTELDISA DE LIMPIEZA S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la empresa a abonar a la actora la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS (2.797 EUROS).

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma, cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al ANUNCIAR EL RECURSO haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de DEPÓSITOS Y CONSIGNACIONES JUDICIALES de este Juzgado en el BANESTO, Oficina 4325 sita en c/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol) de esta Capital, abierta con el nº 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el nº de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al FORMALIZAR EL RECURSO, deberá efectuar el depósito de 150.25 € en la cuenta 4023000068, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Y para que sirva de notificación a la entidad Inteldisa de Limpieza SL, líbrese el presente al B.O.E.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. MAGISTRADO-JUEZ que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en SEVILLA, a cinco de marzo de dos mil nueve.

Lo arriba reseñado concuerda bien y fielmente con su original y para que sirva a los efectos pertinentes, expido y firmo el presente en

Sevilla, 5 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial.

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