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Documento BOE-B-2017-21790

VENDRELL (EL)

Publicado en:
«BOE» núm. 83, de 7 de abril de 2017, páginas 25825 a 25826 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2017-21790

TEXTO

EDICTO

Letrada de la Adm. de Justicia

En El Vendrell, a seis de marzo de dos mil diecisiete

Se hace saber::Que en este Juzgado y con el num. 102/2016 se sigue a instania de Jaume Mila Vives expediente para la declaración de ausencia de Alfredo Mila Vives, quien se ausentó de su último domicilio no teniéndose noticias de él, ignorándose su paradero.

Lo que se hace público para que los que tengan noticias del/de la desparecido/a puedan ponerlas en conocimiento en el Juzgado. En este procedimiento se ha dictado resolución cuyo texto literal es el siguiente:

"Juzgado de Primera Instancia 1 El Vendrell (UPAD), Francesc Riera, 13 El Vendrell Tarragona Tel: 977 924201 núm. cuenta bancaria del Juzgado iban ES 423700 N.I.G.:43163-42-1-2016-8031020 Procedimiento Jurisdicción voluntaria. General 10272016 Sección A OBJETO DEL JUICIO: Civil Parte demandante Jaume Mila Vives Causante Alfredo Mila Vives

DECRETO

Letrada de la Adm. de Justicia Mercé Molins Solé. En El Vendrell, a 7 de septiembre de 2016

ANTECEDENTES DE HECHO Único. D. Jaume Mila Vives, ha presentado solicitud sobre Jurisdicción Voluntaria personas- Declaración de fallecimiento, respecto de Alfredo Mila Vives y con domicilio en C. VILAFRANCA DEL PENEDES 37 43881 CUNIT (TARRAGONA) FUNDAMENTOS DE DERECHO Asimismo tiene legitimación, y, en su caso, la postulación, suficiente para promover el expediente conforme al art. 68.2.4 y 70.1 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (LJV) PARTE DISPOSITIVA Admito la solicitud presentada por D. Jaume Mila Vives, sobre Jurisdicción Voluntaria- Declaración de fallecimiento, respecto de Alfredo Mila Vives, con domicilio en C. VILAFRANCA DEL PENEDES 37 43881 CUNIT (TARRAGONA) Conforme a lo dispuesto en el art. 70.2 LJV, acuerdo publicar dos veces la presente resolución mediante edictos, con un intervalo mínimo de ocho días, en el Boletín Ofcial del Estado (BOE) y en el tablón del Ayuntamiento de Cunit. En el edicto se hará constar que puede intervenir en la comparecencia cualquier personas que pueda tener interés en la declaración de ausencia. A tal efecto, la publicación en el BOE se esfectuará a través de la Letrada del demandante Dª María Esther Otero Castro, y líbrese oficio al Ayuntamiento de Cunit para la publicación de la presente demanda.Conforme a lo dispuesto en el Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Caracter Personal, hago saber a las partes que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter confidencial y únicamente para el cumplimiento de la labor que tiene encomendada y bajo la salvaguarda y la responsabilidad de la misma y en donde serán tratados con la máxima diligencia.Modo de Impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Adm. de Justicicia sust., mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC)

Lo acuerdo y firmo.Letrada de la Adm. de Justicia"

El Vendrell, 6 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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